Norma Legal Oficial del día 02 de noviembre del año 2008 (02/11/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, MORDAZA 2 de noviembre de 2008

familia, por ser una institucion natural y fundamental de la sociedad, y por ende tambien corresponde a los Gobiernos Locales, promover y regularizar la situacion convivencial de muchos vecinos del distrito de Cieneguilla, asimismo, es labor funcional administrativa municipal, crear medios para consolidar la familia; Que, el principal objetivo de esta convocatoria es regularizar la situacion convivencial de muchos vecinos cieneguillanos, brindandoles las maximas facilidades al respecto; Que, conforme a lo dispuesto en el articulo 248º y siguiente del Codigo Civil vigente, corresponde al MORDAZA celebrar los matrimonios y demas actos inherentes al mismo; Que, asimismo, estando a lo senalado por el articulo 252º del Codigo Civil sobre dispensa de publicacion de avisos, el MORDAZA puede dispensar la publicacion de los avisos si median causas razonables y siempre que se presenten todos los documentos exigidos en el articulo 248º; De conformidad con los articulos 20, Inc. 6) y 42) de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades, asi como los articulos 248º, 252º y demas concordantes del Codigo Civil vigente; DECRETA: Articulo Primero.- AUTORIZAR la celebracion del "II Matrimonio Civil Masivo", a realizarse el dia viernes 28 de noviembre del 2008, en los Jardines de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla, cuyo cronograma se detalla a continuacion: Inicio de Inscripciones Cierre de Inscripciones Ceremonia Central Lugar Hora : : : : 31 de Octubre del 2008 27 de Noviembre del 2008 Viernes 28 de Noviembre del 2008 Jardines de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla : 11:00 a.m. (hora exacta)

EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MARIA;

Visto, en sesion ordinaria de la fecha, con el MORDAZA unanime de los senores regidores y con dispensa del tramite de Lectura y Aprobacion de Acta; y, CONSIDERANDO

Articulo Segundo.- ESTABLEZCASE como unico pago por Derecho de Matrimonio Civil Masivo, la suma de S/. 30.00 (Treinta y 00/100 Nuevos Soles), debiendo adjuntarse los siguientes requisitos: a) Partidas de Nacimiento actualizadas originales de ambos contrayentes b) Fotografia a color tamano carnet de cada contrayente c) MORDAZA de DNI de ambos contrayentes autenticadas por fedatario municipal. d) MORDAZA de DNI de dos testigos e) Certificado Medico f) Declaracion Jurada Domiciliaria g) Declaracion Jurada de Solteria h) Recibo de pago de la Tasa Unica de S/. 30.00 Articulo Tercero.- AUTORIZAR la dispensa de la publicacion de los Edictos Matrimoniales a los contrayentes del II Matrimonio Civil Masivo, estando a los motivos expuestos en la parte considerativa del presente Decreto. Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal y a la Gerencia de Servicios Comunales y Registro Civil el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldia. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA SCHWARTZ R. MORDAZA 272459-1

Que, el articulo 194 de la Constitucion Politica del Peru, les reconoce a las municipalidades autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el numeral 2 del articulo 2 de la referida Carta establece que toda persona tiene derecho a la igualdad ante la ley y que nadie debe ser discriminado por motivo de origen, raza, sexo, idioma, religion, opinion, condicion economica o de cualquiera otra indole; Que, el articulo 2 de la Declaracion Universal de Derechos Humanos, establece que toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamadas en dicha declaracion sin distincion de raza, color, sexo, religion, opinion politica, o de cualquier otra indole, origen nacional o social, posicion economica, nacimiento o cualquier condicion; Que, en consecuencia, el ordenamiento juridico peruano proscribe frontalmente toda forma de discriminacion, la misma que consiste en un trato desigual y arbitrario a personas sujetas a condiciones o situaciones identicas, bien sea para el otorgamiento de ventajas o en la imposicion de cargas; ello conlleva agravada e injustificable distincion que afecta la dignidad de la persona, lo cual incluso puede llegar al extremo de la negacion de la propia condicion humana; lo que conlleva a consecuencias juridicas de distincion, excepcion, separacion tendientes a menoscabar la dignidad humana, e impedir el pleno goce de los derechos fundamentales o la igualdad de trato en relacion al acceso de oportunidades, lo cual es inaceptable; Que, en un MORDAZA como lo es el Peru, la discriminacion se constituye en una de las practicas viciosas mas absurdas y retrogradas que denotan escasez mental y ausencia de Solidaridad humana, valor este ultimo que nuestro gobierno local promueve; En uso de las facultades conferidas por el numeral 8 del Articulo 9 de la Ley Organica de Municipalidades, y de conformidad con la Constitucion del Peru, el Concejo Municipal aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE PROSCRIBE TODA FORMA DE DISCRIMINACION EN EL DISTRITO DE MORDAZA MORDAZA Articulo 1.- OBJETO Y AMBITO DE APLICACION El objeto de la presente Ordenanza es prohibir y erradicar el ejercicio de practicas discriminatorias, por personas naturales o juridicas, cualquiera sea su forma o modalidad en el distrito de MORDAZA Maria. Articulo 2.- DEFINICION Se entiende por discriminacion a la intencion, accion u omision destinado a excluir de identicas oportunidades u opciones y accesos y/o subestimar a una persona, o grupo de personas, o anular el reconocimiento de sus derechos, en razon de su de raza, genero, religion, condicion economica o social, pensamiento politico, indumentaria, orientacion sexual, condicion fisica, discapacidad, origen, residencia, edad, idioma o de cualquier otra indole que sea propio de su naturaleza o identidad. Articulo 3.- DE LAS ACCIONES La Municipalidad de MORDAZA MORDAZA se compromete a: a) Promover la igualdad real de derechos entre las personas en el distrito de MORDAZA MORDAZA, lo cual implica ejercer acciones de supervision y atencion de denuncias de aquellas personas que se sientan discriminadas. b) Implementar politicas publicas que atiendan las necesidades de todas las personas sin discriminacion.

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Proscriben toda forma de discriminacion en el distrito
ORDENANZA Nº 285-MDJM MORDAZA MORDAZA, 29 de octubre del 2008

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