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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 3 de noviembre de 2008 382810 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO NUEVO Exoneran de proceso de selección la contratación del servicio de elaboración del Proyecto Construcción del Mercado del Distrito de Pueblo Nuevo ACUERDO DE CONCEJO Nº 040-A-MDPN/2008 Pueblo Nuevo, 22 de octubre de 2008EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO NUEVO VISTO:En Sesión Ordinaria del Concejo de fecha 21 de octubre de 2008, con los antecedentes del Informe Técnico Nº 04549-2008/DO-MDPN de fecha 27/09/08 y el Informe Legal Nº 034-AL/MDPN de fecha 29/09/08, sobre la Exoneración del Proceso de Selección para la Contratación del Servicio de Elaboración del Proyecto Construcción del Mercado del Distrito de Pueblo Nuevo y CONSIDERANDO: Que, es de conocimiento público la difícil situación y la gravedad que atraviesan las localidades del departamento de Ica, por efectos del sismo acaecido el pasado 15 de Agosto del presente año. Que, mediante Decreto Supremo Nº 068-2007- PCM, modifi cado mediante D.S. Nº 076-2007-PCM, se declara en Estado de Emergencia el Departamento de Ica y la Provincia de Cañete, por los efectos del fuerte sismo registrado el 15 de Agosto del presente año, así mismo mediante Decreto Supremo Nº 054/2008-PCM de fecha 9 de Agosto del 2008 se prorroga el estado de emergencia en el Departamento de Ica por el término de 60 días a partir del 11 de Agosto, habiéndose prorrogado dicha situación mediante Decreto Supremo Nº 068-2008-PCM de fecha 9 de Octubre por 60 días más a partir del 10 de Octubre Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, señala que las municipalidades son los órganos de gobierno local y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que el artículo VIII la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades señala que los gobiernos locales están sujetos a las leyes y disposiciones que, de manera general y de conformidad con la Constitución Política del Perú, regulan las actividades y funcionamiento del Sector Público; así como a las normas técnicas referidas a los servicios y bienes públicos, y a los sistemas administrativos del Estado que por su naturaleza son de observancia y cumplimiento obligatorio. Que, de acuerdo al artículo 32º de la Ley 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades es inherente a su gestión la función de brindar los servicios asegurando el equilibrio presupuestario de la Municipalidad. Que, los art. 19º, 20º y 22º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y 142º, 146º, 147º y 148º de su reglamento, establecen las medidas a adoptar para prever la atención y satisfacción de la necesidad sobrevenida por situaciones de emergencia siendo procedente que las entidades estatales adquieran bienes y/o contraten servicios o ejecución de obras por exoneración del Proceso de Selección Correspondiente. Que el Informe Técnico Nº 04549-2008/DO-MDPN de fecha 27/09/08, da cuenta de la carencia de un Centro de Abastos apropiado para el expendio de productos de primera necesidad para la población afectada, la misma que viene siendo atendida en condiciones que ponen en riesgo la salud de la población afectada especialmente de los menores de edad. Que, mediante informe de Abastecimiento Nº 017- 2008-ABAST/MDPN de fecha 03/10/08, se remite las cotizaciones que sustentan el Valor referencial para la Contratación del Servicio de elaboración del Proyecto Construcción del Mercado del Distrito de Pueblo Nuevo por un Monto de S/. 52,460.00 Nuevos Soles. Que mediante Informe Legal Nº 034-AL/MDPN de fecha 29/09/08, opina sobre la viabilidad a través de Acuerdo ce Concejo según lo dispuesto en lo artículos 19º, 20º y 22º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y los artículo Nº 142, 146º, 147º y 148º de su Reglamento, que establece que las medidas a adoptar deben prever la atención y satisfacción de la necesidad sobrevenida. Que, ante esta situación el marco legal vigente en materia de contrataciones y Adquisiciones del Estado, permite adecuarse a la exoneración de Procesos de Selección a través de la declaratoria de Situación de emergencia, y estando al amparo de las citadas normas es procedente que el Concejo Municipal, apruebe la Contratación del Servicio de elaboración del Proyecto Construcción del Mercado del Distrito de Pueblo Nuevo hasta por un Monto de S/. 52,460.00 Nuevos Soles. Estando a lo expuesto y de conformidad con los artículo 9º, 32º y 74º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, y lo previsto en los artículos 19º, 20º y 22º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y los artículo 142º, 146º, 147º y 148º de su Reglamento; y demás normas pertinentes con el voto Unánime de los miembros del Concejo y con la dispensa del trámite de la lectura y aprobación del acta. SE ACORDÓ:Artículo 1º.- Se declare en situación de emergencia la Contratación del Servicio de elaboración del Proyecto Construcción del Mercado del Distrito de Pueblo Nuevo por un período de 60 días. Artículo 2º.- En ejecución de las acciones que corresponde adoptarse por el Estado de emergencia a nivel del ámbito distrital de Pueblo Nuevo , declarar de urgente necesidad la Contratación del Servicio de elaboración del Proyecto Construcción del Mercado del Distrito de Pueblo Nuevo, que permita la pronta ejecución de la Obra correspondiente a través del programa FORSUR, por el período precisado en el artículo primero de esta norma. Artículo 3º.- Exonerar del Proceso de Selección que corresponda a la Contratación del Servicio de elaboración del Proyecto Construcción del Mercado del Distrito de Pueblo Nuevo hasta por un Monto de S/. 52,460.00 (Cincuenta y Dos Mil Cuatrocientos Sesenta y 00/100 Nuevos Soles) que se efectuarán conforme a los procedimientos establecidos en los artículos 19º, 20º y 22º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, y con cargo a los fondos de Nº 18 – Canon y Sobrecanon, Regalías, Renta de Aduanas y Particiones; el Monto señalado incluye el IGV. Artículo 4º.- Autorizar a la Ofi cina de Abastecimiento de la Municipalidad Distrital de Pueblo Nuevo realizar todas las acciones y trámites conducentes a la formalización y ejecución de la Contratación descrita en el numeral 2º del presente Acuerdo conforme a los procedimientos establecidos en los artículos 19º, 20º y 22º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y los artículo 142º, 146º, 147º y 148º de su Reglamento Artículo 5º.- Encargar a la Secretaría de la Municipalidad Distrital de Pueblo Nuevo, la publicación del presente Acuerdo en el Diario Ofi cial El Peruano conforme lo dispone el inciso c) del artículo 20º del Decreto Supremo Nº 03-2004-PCM, y se remita una copia del mismo y los Informes que lo sustentan a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Adquisiciones y Contrataciones del Estado dentro de los plazos establecidos en la Ley. Regístrese, comuníquese, cúmplase y publíquese. LUCIO JUAREZ OCHOA Alcalde 272200-1Descargado desde www.elperuano.com.pe