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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2008 (06/11/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 12

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 6 de noviembre de 2008 382918 su realización resulta inferior en términos globales al costo total de los cursos y viajes excluidos; Que, en este orden de ideas es conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Vicealmirante Alberto Manuel LOZADA Frías y Contralmirante César Eduardo Joaquín PRADA Ugás, a partir del 18 al 21 de noviembre de 2008, para asistir al “Primer Simposio Marítimo Contra el Narcotráfi co en el Continente Americano”, a realizarse en la ciudad de Cartagena de Indias - COLOMBIA, del 19 al 21 de noviembre de 2008; por cuanto los conocimientos y experiencias a adquirirse redundarán en benefi cio de la Seguridad Nacional, dentro del ámbito de competencia de la Marina de Guerra del Perú; De conformidad con la Ley N° 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, Ley Nº 29075 - Ley que establece la Naturaleza Jurídica, Función, Competencias y Estructura Orgánica Básica del Ministerio de Defensa, Ley Nº 29142 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002 y Cuarta Disposición Final del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004, modifi cado con Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/SG de fecha 30 de junio de 2004; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Vicealmirante Alberto Manuel LOZADA Frías, CIP. 03738280, DNI. 03501097 y Contralmirante César Eduardo Joaquín PRADA Ugás, CIP. 00754754, DNI. 44890261, a partir del 18 al 21 de noviembre de 2008, para asistir al “Primer Simposio Marítimo Contra el Narcotráfi co en el Continente Americano”, a realizarse en la ciudad de Cartagena de Indias - COLOMBIA, del 19 al 21 de noviembre de 2008. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes: Lima - Cartagena de Indias (COLOMBIA) - Lima US$. 854.83 x 2 personas Viáticos: US$. 200.00 x 4 días x 2 personas Tarifa Única de Uso de Aeropuerto: US$. 30.25 x 2 personas Artículo 3º.- Facultar al Ministro de Defensa para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el Artículo 1°, sin exceder el total de días autorizados. Artículo 4º.- El mencionado Personal Superior deberá cumplir con lo dispuesto en el Artículo 6° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002 y Cuarta Disposición Final del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004, modifi cado con Decreto Supremo N° 008-2004-DE/SG de fecha 30 de junio de 2004. Artículo 5°.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República YEHUDE SIMON MUNARO Presidente del Consejo de Ministros ÁNTERO FLORES-ARÁOZ E. Ministro de Defensa 274602-12Autorizan ingreso al territorio de la República de personal militar de Argentina, Bolivia, Colombia, Chile y EE.UU. RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1370-2008/DE/SG Lima, 4 de noviembre de 2008 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DGS) Nº 1208 de fecha 24 de octubre de 2008, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de las Fuerzas Armadas de Argentina, sin armas de guerra Que, del 05 al 07 de noviembre de 2008 se ha programado realizar la VIII Ronda de Conversaciones de Altos Mandos Militares entre Perú y Argentina; Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27856, modifi cado por Ley Nº 28899, establece que “el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia eh el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores”; y, Con la opinión favorable del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas del Perú y de conformidad con la Ley Nº 27856 y la Ley Nº 28899. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República de seis (06) Ofi ciales de las Fuerzas Armadas de Argentina, cuyos nombres se indican en el Anexo que forma parte de la presente Resolución, del 05 al 07 de noviembre, para participar en la VIII Ronda de Conversaciones de Altos Mandos Militares entre Perú y Argentina. Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5º de la Ley Nº 27856, modifi cado por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANTERO FLORES ARÁOZ E. Ministro de Defensa ANEXO A LA RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1370-2008/ DE/SG a. MOTIVO Autorizar el ingreso al territorio de la República de seis (06) Ofi ciales de las Fuerzas Armadas de Argentina para participar en la VIII Ronda de Conversaciones de Altos Mandos Militares entre Perú y Argentina b. IDENTIFICACIÓN DEL PERSONAL MILITAR DE ARGENTINA, SIN ARMAS DE GUERRA, QUE INGRESARÁ AL TERRITORIO DE LA REPÚBLICA: 1. VICEALMIRANTE JUAN ROBERTO MARIN 2. CONTRALMIRANTE ANTONIO TORRESDescargado desde www.elperuano.com.pe