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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2008 (06/11/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 13

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 6 de noviembre de 2008 382919 3. COMODORO GUILLERMO CARLOS JULIA 4. CORONEL BERNARDO DAY 5. TENIENTE CORONEL VICTOR FRANCISCO CACERES NUÑEZ 6. CAP. DE CORBETA MARIANO HERNAN GARCIA BONINI c. TIEMPO DE PERMANENCIA Del 05 de noviembre al 07 de noviembre de 2008. 274191-1 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1371-2008/DE/SG Lima, 4 de noviembre de 2008 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DGS) Nº 1223 de fecha 27 de octubre de 2008, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de Bolivia, sin armas de guerra; Que, en el marco de la VIII Reunión de Estado Mayores realizada entre la Armada Boliviana y la Marina de Guerra del Perú, se acordó el intercambio académico-profesional para el año 2008, considerándose el embarque de personal de la Armada Boliviana en Unidades de Superfi cie de la Marina de Guerra del Perú; Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27856, modifi cado por Ley Nº 28899, establece que “el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia eh el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores”; Con la opinión favorable de la Marina de Guerra del Perú y de conformidad con la Ley Nº 27856 y la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República de quince (15) efectivos de la Armada Boliviana, cuyos nombres se indican en el Anexo que forma parte de la presente Resolución, del 05 al 20 de noviembre de 2008, para embarcarse en la Unidades de Superfi cie de la Marina de Guerra del Perú. Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5º de la Ley Nº 27856, modifi cado por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANTERO FLORES ARÁOZ E. Ministro de Defensa ANEXO A LA RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1371-2008/DE/SG a. MOTIVO Autorizar el ingreso al territorio de la República de quince (15) efectivos de la Armada Boliviana para embarcarse en las Unidades de Super fi cie de la Marina de Guerra del Perú.b. IDENTIFICACIÓN DEL PERSONAL MILITAR DE BOLIVIA, SIN ARMAS DE GUERRA, QUE INGRESARÁ AL TERRITORIO DE LA REPÚBLICA: 1. TN CGON WILSON SANTOS GALINDO 2. TF CGON RICHARD PADILLA SAAVEDRA3. TF CGON BORIS PATTY RIVERO 4. TF CGON JUAN CARLOS RODRIGUEZ MENDOZA 5. ALF CGON NELSON CUENTAS ALBORTA6. SO1 HUMBERT DIAZ FERNANDEZ 7. SO1 JOSE MONTAÑO GONZALES 8. SOI GERMAN HONORARIO CALLE9. SOI RUBEN RODOLFO MIRANDA CORONI10. SOI HENRY MACHIADO COLQUE 11. SG1 ALFREDO HIDALGO MAYNAZA 12. SG1 JUAN CARLOS CRISPIN ANCASI13. SG1 RICHARD MONJE PEREIRA 14. SGI MARIO MONTE ALMONTE 15. SGI ZENON CORDERO CATUNTA c. TIEMPO DE PERMANENCIA Del 05 de noviembre al 20 de noviembre de 2008. 274191-2 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1372-2008/DE/SG Lima, 4 de noviembre de 2008 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DGS) Nº 1207 de fecha 24 de octubre de 2008, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de la República de Colombia, sin armas de guerra; Que, el personal militar de la República de Colombia, participará en la IX Reunión Bilateral de Capitanes de Puerto de Leticia e Iquitos, dentro del proceso de intercambio entre la Marina de Guerra del Perú y la Armada Nacional de Colombia; Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27856, modifi cado por Ley Nº 28899, establece que “el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia eh el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores”; Con opinión favorable de la Marina de Guerra del Perú y de conformidad con la Ley Nº 27856 y la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República de dos (02) Ofi ciales de la Armada Nacional de Colombia, cuyos nombres se indican en el Anexo que forma parte de la presente Resolución, del 06 al 08 de noviembre de 2008, para participar en la IX Reunión Bilateral de Capitanes de Puerto de Leticia e Iquitos, dentro del proceso de intercambio entre la Marina de Guerra del Perú y la Armada Nacional de Colombia Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que de cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5º de la Ley Nº 27856, modifi cado por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANTERO FLORES ARÁOZ E. Ministro de DefensaDescargado desde www.elperuano.com.pe