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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 6 de noviembre de 2008 382920 ANEXO A LA RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1372-2008/DE/SG a. MOTIVO Autorizar el ingreso al territorio de la República de dos (02) O fi ciales de la Armada Nacional de Colombia, del 06 al 08 de noviembre de 2008, para participar en la IX Reunión Bilateral de Capitanes de Puerto de Leticia e Iquitos, dentro del proceso de intercambio entre la Marina de Guerra del Perú y la Armada Nacional de Colombia b. IDENTIFICACION DEL PERSONAL MILITAR DE LA ARMADA NACIONAL DE COLOMBIA, SIN ARMAS DE GUERRA, QUE INGRESARÁ AL TERRITORIO DE LA REPÚBLICA: 1. CAPITAN DE FRAGATA MARCO AURELIO PRADA SFI (CMDTE. GUARDACOSTAS DEL AMAZONAS) 2. TENIENTE FRAGATA JAVIER BENAVIDES CANO (CAPITAN PTO. LETICIA) c. TIEMPO DE PERMANENCIA Del 06 de noviembre al 08 de noviembre de 2008. 274191-3 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1373-2008/DE/SG Lima, 4 de noviembre de 2008 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DGS) Nº 1221 de fecha 27 de octubre de 2008, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de la República de Chile, sin armas de guerra; Que, en la VI Reunión de Jefes de Estado Mayor General de la Fuerza Aérea del Perú y de la Fuerza Aérea de Chile, realizada en la ciudad de Lima el día martes 02 de octubre del año 2007, se estableció realizar un Ejercicio Combinado para enfrentar Desastres Naturales en la ciudad de Tacna, denominado “SAR ANDINO 2008”; Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27856, modifi cado por Ley Nº 28899, establece que “el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia eh el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores”; Con opinión favorable de la Fuerza Aérea del Perú y e conformidad con la Ley Nº 27856 y la Ley Nº 28899. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República nueve (09) efectivos militares de la República de Chile, cuyos nombres se indican en el Anexo que forma parte de la presente Resolución, del 09 al 14 de noviembre de 2008, para realizar un Ejercicio Combinado para enfrentar Desastres Naturales en la ciudad de Tacna, denominado “SAR ANDINO 2008”. Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5º de la Ley Nº 27856, modifi cado por Ley Nº 28899.Regístrese, comuníquese y publíquese. ANTERO FLORES ARÁOZ E. Ministro de Defensa ANEXO A LA RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1373-2008/DE/SG a. MOTIVO Autorizar el ingreso al territorio de la República nueve (09) efectivos militares de la República de Chile, cuyos nombres se indican en el Anexo que forma parte de la presente Resolución, del 09 al 14 de noviembre de 2008, para realizar un Ejercicio Combinado para enfrentar Desastres Naturales en la ciudad de Tacna, denominado “SAR ANDINO 2008” b. IDENTIFICACION DEL PERSONAL MILITAR DE LA REPUBLICA DE CHILE, SIN ARMAS DE GUERRA, QUE INGRESARÁ AL TERRITORIO DE LA REPÚBLICA: 1. CDTE GRUPO HUGO RODRIGUEZ GONZALEZ 2. TENIENTE HECTOR HERRERA IBAÑEZ 3. SUBTENIENTE PABLO HERBIAS MELLA 4. CABO 1º MANUEL TABILO GAHONA5. CABO 1º MARCELO GARATE ESCOBAR 6. TENIENTE GONZALO ZALAZAR MAHUZIER 7. TENIENTE BERNARDITA ASTUDILLO HERNANDEZ8. SARGENTO CRISTIAN ARAYA BOSQUES 9. CABO 1º FRANCISCO ZAMORA CACERES c. TIEMPO DE PERMANENCIA Del 09 de noviembre al 14 de noviembre de 2008. 274191-4 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1374-2008/DE/SG Lima, 4 de noviembre de 2008 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DGS) Nº 1222 de fecha 27 de octubre de 2008, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de América; Que, personal militar de los Estados Unidos de América ingresará al territorio Nacional para realizar reuniones de coordinación con la Infantería de la Marina de Guerra del Perú; Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27856, modifi cado por Ley Nº 28899, establece que “el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores”; Con la opinión favorable de la Marina de Guerra del Perú y de conformidad con la Ley Nº 27856 y la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República un (1) efectivo militar de la Fuerza de Infantería Descargado desde www.elperuano.com.pe