Norma Legal Oficial del día 10 de noviembre del año 2008 (10/11/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, lunes 10 de noviembre de 2008

productivas que la entidad tiene a su cargo de manera esencial. Dicha situacion faculta a la entidad a la adquisicion o contratacion de los bienes, servicios u obras solo por el tiempo o cantidad necesario para llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda, segun sea el caso; Que, conforme lo dispone el articulo 141º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004PCM, se debe disponer las medidas conducentes al establecimiento de las responsabilidades administrativas a que hubiere lugar, cuya conducta negligente hubiese originado la presencia o configuracion de la situacion de desabastecimiento inminente; Que, en el articulo 148º de la normal legal acotada, se encuentran senalados los procedimientos para los procesos de seleccion exonerados, debiendo la Oficina Regional Oriente Pucallpa sujetarse estrictamente a la MORDAZA indicada para la compra de lo indispensable a fin de paliar la situacion; sin perjuicio de que se realice el MORDAZA de seleccion correspondiente para las adquisiciones definitivas; Estando a lo solicitado por la Oficina Regional Oriente Pucallpa, contandose con las visaciones del Consejo Nacional Penitenciario y de la Oficina de Asesoria Juridica, y; De conformidad con lo establecido en el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 0842004-PCM, Decreto Supremo Nº 009-2007-JUS, y Resolucion Suprema Nº 051-2008-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- DECLARAR, en situacion de desabastecimiento inminente el suministro de alimentos preparados para los internos varones, mujeres, ninos y personal de seguridad que labora 24X48 del Establecimiento Penitenciario de MORDAZA, a partir de la expedicion de la presente Resolucion, por el periodo de sesenta y siete (67) dias calendario, conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa. Articulo 2º.- EXONERAR, a la Oficina Regional Oriente Pucallpa del INPE del correspondiente MORDAZA de seleccion para la contratacion del suministro de alimentos preparados a que se refiere el articulo primero de la presente Resolucion. Articulo 3º.- AUTORIZAR, a la Oficina Regional Oriente Pucallpa del INPE para que a traves del Comite Especial Permanente de Menor Cuantia realice la contratacion del suministro de alimentos preparados para el Establecimiento Penitenciario de MORDAZA, de acuerdo al siguiente detalle:
Nº 1 ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO MORDAZA TOTAL PERIODO 67 DIAS TOTAL S/. 311 818,00 311 818,00

o configuracion de la Situacion de Desabastecimiento que se aprueba. Articulo 6º.- DISTRIBUIR, MORDAZA de la presente Resolucion a la Oficina Regional Oriente Pucallpa del INPE y a las instancias pertinentes para los fines de Ley. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CAPARROS MORDAZA Presidente (e) Consejo Nacional Penitenciario 275392-1

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA

Disponen el embanderamiento general del distrito con ocasion de la realizacion de la XVI Cumbre de Lideres del APEC
DECRETO DE ALCALDIA Nº 024-ALC/MSI San MORDAZA, 5 de noviembre de 2008 EL MORDAZA DISTRITAL DE SAN MORDAZA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 100-2007-PCM, se declaro el ano 2008 como el Ano de las Cumbres Mundiales en el Peru", en razon que nuestro MORDAZA fue sede de la V Cumbre de Jefes de Estado y de Gobierno de MORDAZA Latina y el Caribe - Union Europea (ALC-UE) y sera sede de la XVI Cumbre de Lideres del Foro de Cooperacion Asia-Pacifico (APEC); Que, entre los dias 16 y 23 de noviembre del 2008, se realizara las reuniones finales de la XVI Cumbre de Lideres del "Foro de Cooperacion Asia-Pacifico" (APEC), donde el Peru ejercera la Presidencia del citado evento, la que congregara durante esos dias a los Jefes de Estado de veintiun paises, siendo el Peru el unico miembro representante de la Comunidad Andina; Que, en este contexto, al distrito de San MORDAZA de acuerdo con su mencion honorifica de "Comunidad Internacional", otorgada por Ley Nº 28861 y por su condicion de sede de embajadas y hoteles donde se albergaran a los lideres de Economias y otros visitantes que llegaran al Peru con motivo de las reuniones mencionadas, le corresponde fomentar la manifestacion de valores civicos en nuestra comuna por tan MORDAZA evento, a traves del embanderamiento general de todos los inmuebles de la jurisdiccion; Que, estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por los Articulos 20º, Numeral 6 y 41º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972; DECRETA: Articulo Primero.- Disponer el embanderamiento general de todos los inmuebles del distrito de San MORDAZA, del 15 al 24 de noviembre de 2008, con ocasion de la realizacion de la XVI Cumbre de Lideres del "Foro de Cooperacion Economica MORDAZA Pacifico" APEC. Articulo Segundo.- Encargar el cumplimiento del presente Decreto a las Gerencias de Fiscalizacion y de Seguridad Ciudadana. Registrese, comuniquese y cumplase. E. MORDAZA MEIER CRESCI MORDAZA 274172-1

Dicha autorizacion es por el periodo de sesenta y siete (67) dias calendario, con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, debiendose efectuar la contratacion del servicio mencionado en forma directa mediante acciones inmediatas bajo responsabilidad, con estricta observancia a las disposiciones establecidas en el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, adoptando todas las providencias que permitan asegurar la transparencia del proceso. Articulo 4º.- DISPONER, que la Oficina General de Administracion del INPE comunique a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion. Articulo 5º.- REMITIR, copias al Organo de Control Institucional a fin de que inicie las acciones que correspondan para determinar si existe responsabilidad de funcionarios, cuya conducta hubiese originado la presencia

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