Norma Legal Oficial del día 10 de noviembre del año 2008 (10/11/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, lunes 10 de noviembre de 2008

Admiten a tramite la solicitud de Autorizacion de Cambio de Denominacion de la Universidad Particular de Iquitos por el de "Universidad Cientifica del Peru" con sigla UCP
CONSEJO NACIONAL PARA LA AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO DE UNIVERSIDADES (CONAFU) RESOLUCION Nº 426-2008-CONAFU MORDAZA, 29 de octubre del 2008 VISTOS: La Carta presentada en fecha 06 de octubre del 2008, el Informe Legal Nº 285-2008-CONAFU-CJ de fecha 15 de octubre del 2008, el Acuerdo N° 441-2008CONAFU de la sesion del Pleno del Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades ­ CONAFU llevada a cabo los dias 27 y 28 de octubre del 2008; y, CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26439, se crea el Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades - CONAFU, como organo MORDAZA de la Asamblea Nacional de Rectores, teniendo como una de sus atribuciones: Evaluar los proyectos y solicitudes de autorizacion de funcionamiento de las nuevas universidades a nivel nacional, emitiendo resoluciones autorizando o denegando el funcionamiento provisional; Que, en el Articulo Unico de la Ley Nº 28727 del 10 de MORDAZA del 2006, que modifica el inciso h) del Articulo 2º de la Ley Nº 26439, se establece que: "Son Atribuciones del CONAFU:... h) Autorizar o denegar el cambio de denominacion de las universidades a solicitud de su MORDAZA organo de gobierno, cualquiera que MORDAZA sido el instrumento legal o la fecha de su creacion"; Que, en el Articulo 3º inciso "g" del Estatuto del CONAFU aprobado por Resolucion Nº 189-2006-CONAFU de fecha 13 de MORDAZA del 2006, se establece que: "Son atribuciones del Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades:... g) Autorizar o denegar el cambio de denominacion de las universidades a solicitud de su MORDAZA organo de gobierno, cualquiera que MORDAZA sido el instrumento legal o la fecha de su creacion"; Que, en el Articulo 10º inciso "l" del Estatuto del CONAFU, se establece que: "Son atribuciones del Pleno del Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades:... l) Autorizar el cambio de nombre de las Universidades, conforme a la Ley Nº 28727"; Que, por Carta presentada en fecha 06 de octubre del 2008, el M.As. Ibico MORDAZA MORDAZA, Rector de la Universidad Particular de Iquitos solicita autorizacion de cambio de denominacion de la Universidad Particular de Iquitos por el de "Universidad Cientifica del Peru", con las siglas UCP; Que, considerando que lo solicitado por el administrado, esta sujeto a evaluacion previa, corresponde la verificacion de los requisitos de admisibilidad previstos en el articulo 113° de la Ley del Procedimiento Administrativo General: Ley Nº 27444, asi como los requisitos establecidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del CONAFU; asi tenemos que, se ha verificado la fundamentacion de lo solicitado conforme al inciso 2) del articulo en referencia, lugar, fecha y firma del escrito, la indicacion de la entidad a la cual se dirige, la indicacion de su domicilio y la relacion de documentos y anexos indicados en el numeral 27 del MORDAZA del CONAFU, entre ellos el pago de la Tasa Administrativa; y el Acuerdo del MORDAZA organo de gobierno de la Universidad, siendo en este caso la Asamblea Universitaria; en consecuencia, es procedente admitir a tramite la solicitud de cambio de denominacion presentado por el Rector de la Universidad Particular de Iquitos; Que, por Informe Legal Nº 285-2008-CONAFU-CJ de fecha 15 de octubre del 2008, la Comision Juridica informa al Pleno del CONAFU opinando que debe admitirse a tramite la solicitud de cambio de denominacion de la Universidad Particular de Iquitos;

Que, en sesion de fecha 27 y 28 de octubre del 2008, el Pleno del CONAFU por Acuerdo Nº 441-2008CONAFU acuerda admitir a tramite la solicitud de cambio de denominacion presentado por Rector de la Universidad Particular de Iquitos; Por estas consideraciones; SE RESUELVE:

Articulo Unico.- ADMITIR A TRAMITE la solicitud de Autorizacion de Cambio de Denominacion de la Universidad Particular de Iquitos por el de "Universidad Cientifica del Peru" con sigla UCP, solicitada por el M.As. Ibico MORDAZA MORDAZA, Rector de la Universidad Particular de Iquitos. Registrese, comuniquese, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente JIMS MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General 275316-1

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Autorizan delegacion de funciones registrales a la Oficina Auxiliar de Registros de Estado Civil que funcionara en la Comunidad Alto Chichireni
RESOLUCION JEFATURAL Nº 740-2008-JNAC/RENIEC MORDAZA, 28 de octubre de 2008 VISTOS: El Informe Nº 001059-2008/SGGTRC/ GRC/RENIEC, de la Sub Gerencia de Gestion Tecnica de Registros Civiles y el Informe Nº 000270-2008-GRC/ RENIEC, de la Gerencia de Registros Civiles; y, CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, se aprobo el Reglamento de Inscripciones del RENIEC, segun el cual, el Sistema Registral esta conformado por los organos y personas del Registro que tienen a su cargo la ejecucion de los procedimientos de inscripcion, encontrandose encargadas, las Oficinas Registrales, del procesamiento registral y demas funciones inherentes al Registro de Estado Civil, siendo facultad de la Jefatura Nacional la creacion y autorizacion de las que fueren necesarias; Que, la Comunidad MORDAZA Tres Unidos de Matereni, distrito de Pangoa, provincia de Satipo, departamento de MORDAZA, formalizo el expediente para la delegacion de funciones en la Oficina Auxiliar de la Comunidad de Alto Chichireni, ubicada en la referida Comunidad MORDAZA, el cual ha sido calificado positivamente por la Sub Gerencia de Gestion Tecnica de Registros Civiles y por la Gerencia de Registros Civiles, organo tecnico normativo en materia registral, correspondiendo aprobar la delegacion mencionada, a fin de establecer la vinculacion funcional respectiva; y, Estando a las facultades conferidas por Ley Nº 26497, Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar la delegacion de las funciones registrales establecidas en los literales a, c, i, m, n, o y q del Articulo 44º de la Ley Nº 26497, asi como las acciones administrativas que correspondan, para llevar adelante tal delegacion, a la Oficina Auxiliar de Registros

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