Norma Legal Oficial del día 10 de noviembre del año 2008 (10/11/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano MORDAZA, lunes 10 de noviembre de 2008

NORMAS LEGALES
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383169

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA EL MORDAZA
Regulan el Registro Unico Organizaciones Sociales - RUOS
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 172-MVES MORDAZA El MORDAZA, 11 de agosto del 2008 EL CONCEJO MUNICIPAL DE MORDAZA EL SALVADOR;

POR CUANTO: El Concejo Municipal de MORDAZA El MORDAZA en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha; Visto: El Dictamen Nº 001-MVES proveniente de la Comision de Salud y Medio Ambiente, Comision de Promocion de Desarrollo Economico Local y la Comision de Educacion, Cultura, Deporte y Juventud de la Municipalidad de MORDAZA El MORDAZA, referido al Comite de Gestion del Plan Distrital Concertado de Accion por la Infancia y Adolescencia de MORDAZA El MORDAZA del 2007 al 2021, elaborado sobre la base del proyecto de Ordenanza para la conformacion de la instancia de articulacion y coordinacion denominada Comite Distrital de la Estrategia Nacional CRECER en MORDAZA El MORDAZA de lucha contra la pobreza y desnutricion cronica infantil, presentado por el Regidor MORDAZA Nerio Vilchez; asi como la propuesta de modificatoria al Dictamen presentada por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de esta Municipalidad; CONSIDERANDO: Que, los Municipios Distritales emanan de la voluntad popular, son personas juridicas de derecho publico con autonomia politica, economica y administrativa, conforme se establece en el articulo 2º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, en concordancia con lo previsto en el articulo 191º de la Constitucion Politica del Estado, modificado por la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV, sobre Descentralizacion; y en articulo 8º de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion; Que, de conformidad a lo dispuesto en el articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestacion de los servicios publicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armonico de su circunscripcion; Que, la mision de los Gobiernos Municipales, es organizar y conducir la gestion publica provincial y/o distrital de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas, para lo cual debera mantener relaciones de coordinacion, cooperacion y de apoyo mutuo entre el gobierno nacional y los gobiernos locales, articulando el interes nacional con los de las regiones y localidades conforme a lo senalado en la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, en concordancia con lo senalado en el articulo 49º de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion; Que, dentro de sus competencias exclusivas del Gobierno Local, esta la de planificar el desarrollo integral de su jurisdiccion y ejecutar los programas socio economicos correspondientes, en MORDAZA con los planes nacionales de desarrollo; acorde a lo establecido en la Ley Organica de Municipalidades; Que, el numeral 2) del articulo 84º de Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, establece como funciones especificas exclusivas de las Municipalidades Distritales, organizar, administrar y ejecutar los programas locales de lucha contra la pobreza y desarrollo social; organizar, administrar y ejecutar los programas locales de asistencia, proteccion y apoyo a la poblacion en riesgo y otros que coadyuven al desarrollo y bienestar de la poblacion; establecer MORDAZA de concertacion entre los vecinos y programas sociales, entre otros; Que, la Direccion General de Salud de las Personas del Ministerio de Salud a traves de la Oficina General de Comunicaciones el 10 de febrero del 2007, puntualiza que la desnutricion y la anemia no solo trae consigo problemas en el plano fisico en los ninos, como perdida de oportunidad de una mayor talla y disminucion de la capacidad estructural corporal, sino tambien dano de las capacidades funcionales nobles del cerebro, tales como la abstraccion, la integracion, el analisis, el pensamiento matematico, la capacidad de respuesta ante situaciones no estructuradas, alteraciones afectivas y emocionales. Tambien se expresa de manera nociva perpetuando el circulo vicioso de pobreza y la exclusion, expresandose en el plano social por la apatia y debilidad, que afecta el dinamismo y las actividades de socializacion y la capacidad productiva familiar y comunal. De alli que invertir en la prevencion temprana de cualquier retraso en el desarrollo de los ninos es la decision mas sabia que un MORDAZA puede hacer para obtener resultados de largo plazo. Despues de esta edad los esfuerzos para recuperar las oportunidades perdidas seran costosos, dificiles y tendran

de

CONSIDERANDO: Que, es politica de la institucion municipal promover la participacion ciudadana y la consolidacion de las organizaciones sociales en el MORDAZA del Plan Integral de Desarrollo Concertado de MORDAZA El MORDAZA, para lo cual es fundamental actualizar y modernizar la MORDAZA que regula el registro y reconocimiento de las diversas organizaciones sociales; Que, la Comision de Participacion Ciudadana e Integracion Social correspondiente al ano 2007 en coordinacion con la sugerencia de la Sub Gerencia de Participacion Ciudadana ha elaborado el proyecto de actualizacion de la Ordenanza Municipal de Registro Unico de Organizaciones Sociales; Que, el proyecto de actualizacion de la Ordenanza Municipal de Registro Unico de Organizaciones Sociales cuenta con opinion favorable de la Oficina de Asesoria Juridica mediante Informe Nº 180-2008-OAJ-MVES. Asi tambien el mencionado proyecto de ordenanza ha recogido los aportes de la Gerencia de Promocion y Bienestar Social mediante Informe Nº 014-2008-SGPC-GPBS-MVES; Que, el proyecto de ordenanza en mencion ha sido revisado por la Comision de Participacion Ciudadana e Integracion Social correspondiente al ano 2008, la misma ha recibido aportes de representantes de la sociedad civil en la reunion de trabajo realizada el 14 de MORDAZA en la Sala de Regidores. Habiendo la misma Comision proyectado la presente version final que consta de cuarenta y tres (43) articulos y seis (06) Disposiciones Finales y Transitorias; Que, la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, en su numeral 2.2., articulo 84º senala que es funcion especifica y exclusiva de las municipalidades distritales, el reconocer y registrar a las instituciones y organizaciones que realizan accion y promocion social concertada con el gobierno local; Estando a lo expuesto, y en uso de las atribuciones conferidas en el Art. 9º, asi como el Art. 40º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, contando con el MORDAZA Unanime del Concejo Municipal, se expide la siguiente; ORDENANZA: Articulo 1º.- Aprobar la Ordenanza que regula el Registro Unico de Organizaciones Sociales (RUOS) del distrito de MORDAZA El MORDAZA, la misma que consta de once (11) Titulos, siete (07) capitulos, cuarenta y tres (43) articulos, seis (06) Disposiciones Finales y Transitorias que forman parte de la presente disposicion. Articulo 2º.- Encargar a la Gerencia Municipal en coordinacion con la Gerencia de Promocion y Bienestar Social, a traves de la Subgerencia de Participacion Ciudadana el cumplimiento de la presente Ordenanza. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 275847-1

Conforman el Comite de Gestion del Plan Distrital Concertado de Accion por la Infancia y Adolescencia de MORDAZA El MORDAZA del 2007 al 2021
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 175-MVES MORDAZA El MORDAZA, 14 de octubre del 2008

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