Norma Legal Oficial del día 10 de noviembre del año 2008 (10/11/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, lunes 10 de noviembre de 2008

acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas, para lo cual debera mantener relaciones de coordinacion, cooperacion y de apoyo mutuo entre el gobierno nacional y los gobiernos locales, articulando el interes nacional con los de las regiones y localidades conforme a lo senalado en la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, en concordancia con lo senalado en el articulo 49º de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de Descentralizacion; Que, dentro de las competencias exclusivas del gobierno local, esta la de planificar el desarrollo integral de su jurisdiccion y ejecutar los programas socio-economicos correspondientes, en MORDAZA con los planes nacionales de desarrollo; acorde a lo establecido en la Ley Organica de Municipalidades; Que, la Ley Nº 28611, Ley General del Ambiente, en su numeral 01 del articulo 59º, senala que los gobiernos locales ejercen sus funciones ambientales de conformidad con lo que establecen sus leyes organicas y lo dispuesto en dicha Ley; Que, la Ley Nº 28245, Ley MORDAZA del Sistema Nacional de Gestion Ambiental, en su articulo 25º, dispone que las Comisiones Ambientales Municipales son las instancias de gestion ambiental encargadas de coordinar y concertar la politica ambiental municipal, y que mediante ordenanza municipal se aprueba la creacion de la misma, sus funciones, composicion y ambito; Que, por otro lado, la Ley MORDAZA del Sistema Nacional de Gestion Ambiental en su articulo 24º, establece que los gobiernos locales deben implementar un Sistema Local de Gestion Ambiental, sobre la base de los organos que desempenan diversas funciones ambientales que atraviesan el Gobierno Local y con la participacion de la sociedad civil; Que, el Reglamento de la referida Ley MORDAZA aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2005-PCM, precisa que las municipalidades, en el MORDAZA de la autonomia reconocida por ley y sin perjuicio a responsabilidades que corresponde al MORDAZA, promoveran, mediante el Concejo Municipal la creacion de instancias de coordinacion y concertacion ambiental dentro del Sistema Nacional de Gestion Ambiental; Que, la Ley Organica de Municipalidades en su articulo 73º senala en sus numerales 3.1 al 3.5 que entre las materias de competencia ambiental municipal, la planificacion del desarrollo local, ordenamiento territorial y la coordinacion estrategica de los planes integrales de desarrollo distrital, la proteccion y conservacion del ambiente; asi como la formulacion, aprobacion, ejecucion y monitoreo de los planes y politicas locales en materia ambiental en concordancia con las politicas, normas y planes regionales, sectoriales y nacionales; Que, la Municipalidad de MORDAZA El MORDAZA aprobo mediante la Ordenanza Nº 139-MVES del 21 de agosto del 2006, el Plan Integral de Desarrollo Concertado al 2021, instrumento que se ubica en la perspectiva del desarrollo humano, concibiendo al desarrollo como un MORDAZA continuo de ampliacion de las capacidades y MORDAZA de las personas, recuperando la importancia de temas como el de medio ambiente; cuya mejora continua nos ubica en la ruta del Objetivo 7 de los Objetivos de Desarrollo del Milenio, es decir: "Garantizar la sostenibilidad del medio ambiente", el cual fue adoptado por los paises miembros de las Naciones Unidas; Que, El Plan Integral Concertado de MORDAZA El MORDAZA al 2021, define como su Linea Estrategica Nº 2: la de MORDAZA Saludable, estableciendo como vision tematica: "Villa El MORDAZA es una MORDAZA con salud integral para todos, sus ciudadanos viven en MORDAZA con su ambiente, con aires, aguas y suelos limpios, con areas verdes; la poblacion participa activamente en el cuidado de la salud y el ambiente". Asi mismo define como sus objetivos estrategicos: (1). Lograr una salud integral para todos a traves del acceso a servicios de calidad preventivo promocionales, recuperativos y de rehabilitacion; y, (2). Lograr un ambiente saludable y sostenible a traves del manejo adecuado de residuos solidos, el incremento de areas verdes y control de la contaminacion; Que, la Municipalidad de MORDAZA El MORDAZA a traves de la Gerencia de Servicios Ambientales viene realizando importantes esfuerzos en el manejo de residuos solidos, mantenimiento de areas verdes y evaluacion de los mismos, de manera dinamica democratica y participativa. Ello ha permitido definir la actual situacion del Medio Ambiente de MORDAZA El MORDAZA, planteando desarrollar un

trabajo mas articulado con los actores locales, regionales y nacionales, siendo para ello importante la creacion de la Comision Ambiental Municipal, como la instancia de gestion ambiental del distrito de MORDAZA El MORDAZA, encargada de coordinar y concertar la politica ambiental local, promoviendo el dialogo y el acuerdo entre los sectores publico, privado y sociedad civil; Que, por consiguiente se hace necesario establecer mecanismos que permitan articular los esfuerzos locales, regionales y nacionales, sentando de este modo las bases de una solida alianza por un ambiente saludable en MORDAZA El Salvador; Estando a lo expuesto, en uso de las atribuciones conferidas en los Art. 9º, asi como el Art. 39º y 40º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, contando con el MORDAZA Unanime del Concejo Municipal, se expide la siguiente; ORDENANZA:

Articulo 1º.- DE LA COMISION AMBIENTAL MUNICIPAL La Comision Ambiental Municipal - CAM, del distrito de MORDAZA El MORDAZA, es el organo de coordinacion y concertacion de las politicas ambientales en el ambito del Distrito, promoviendo el dialogo y el acuerdo entre todos los actores locales. Articulo 2º.- DE SUS FUNCIONES La Comision Ambiental Municipal del distrito de MORDAZA El MORDAZA, tiene las siguientes funciones: a) Es la instancia de concertacion de las politicas ambientales local, regional y nacional. b) Elaboracion participativa del Plan de Accion Ambiental y la Agenda Ambiental Local. c) Promocion de la participacion activa de los sectores; publico, privado y sociedad civil en la gestion ambiental local. d) Promover la evaluacion de los programas ambientales ejecutados en el MORDAZA de las politicas ambientales locales. e) Promocion de la educacion, conciencia y buenas practicas ambientales en todo el ambito del distrito. Articulo 3º.- DE SUS MIEMBROS La Comision Ambiental Municipal del Distrito de MORDAZA El MORDAZA, esta constituida por los siguientes miembros: a) 01 Representante de la Municipalidad, quien la preside. b) 01 Representante de cada ONG que trabajan el tema ambiental en el Distrito. c) 01 Representantes de los comites ambientales. d) 01 Representantes de la Unidad de Gestion Educativa Local Nº 01 SJM . e) 01 Representantes de la Red de Salud de MORDAZA El MORDAZA - Lurin - MORDAZA - Pucusana (MINSA) f) 01 Representantes de las organizaciones de recicladores que participan en el programa municipal "Bono Verde". g) 01 Representante de las universidades interesados en la tematica ambiental. h) 01 Representante de la sociedad civil del Consejo de Coordinacion Local. i) 01 Representante del FUCOMIVES por los comerciantes del distrito. j) 01 Representante de la Red de Municipios Escolares. k) 01 Representante de SEDAPAL. l) 01 Representante de Luz del Sur. m) 01 Representante de aquellas Empresas u Asociaciones con responsabilidad social empresarial que soliciten y sea aprobada su incorporacion. Las instituciones integrantes de la Comision Ambiental Municipal (CAM), deberan designar un representante titular y alterno, mediante comunicacion escrita, la misma que debe ser suscrita por el directivo del mas alto nivel. Articulo 4º.- DEL REGLAMENTO INTERNO Y LAS DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Facultar a la CAM la elaboracion de su propuesta de Reglamento Interno en un plazo de 60 dias, computados a partir de la publicacion de la presente Ordenanza,

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