Norma Legal Oficial del día 14 de noviembre del año 2008 (14/11/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano MORDAZA, viernes 14 de noviembre de 2008

NORMAS LEGALES
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Vista la Carta de fecha 3 de noviembre de 2008, del Presidente de la Asociacion de Exportadores y del Presidente de Directorio del Banco de Credito del Peru. CONSIDERANDO:

Que, la Asociacion de Exportadores y el Banco de Credito del Peru, con el apoyo de las instituciones del sector publico vinculadas al comercio exterior, realizan anualmente la "Ceremonia de Premiacion a los Exportadores mas destacados"; habiendo programado la ceremonia de premiacion a los exportadores mas destacados durante el ano 2007, para el dia 18 de noviembre en curso; Que, dicho evento tiene por objeto reconocer y distinguir a las empresas exportadoras que con su labor, esfuerzo y creatividad, contribuyen a la generacion de divisas, apertura de nuevos mercados y la generacion de puestos de trabajo en un contexto de responsabilidad social; Que, con tal motivo los organizadores del evento han solicitado al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo MINCETUR, como organismo rector de comercio exterior y responsable en materia de promocion de las exportaciones, la oficializacion de dicho evento; Que, es politica del MINCETUR apoyar las iniciativas dirigidas a promover el comercio exterior y las exportaciones, en especial las no tradicionales y aquellas con mayor valor agregado, y reconocer la contribucion de las empresas exportadoras al desarrollo creciente y sostenido del pais; De conformidad con la Ley N° 29158 - Ley Organica del Poder Ejecutivo y la Ley N° 27790 - Ley de Organizacion y Funciones del MINCETUR; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Dar caracter oficial a la "Ceremonia de Premiacion a los Exportadores mas destacados 2007", que se realizara en la MORDAZA de MORDAZA, el dia 18 de noviembre de 2008, organizada por la Asociacion de Exportadores y el Banco de Credito del Peru. Articulo 2°.- Al termino del evento, los organizadores informaran al MINCETUR acerca de sus resultados. Articulo 3°.- La presente Resolucion no irrogara gasto alguno al Pliego Presupuestal del MINCETUR. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ARAOZ MORDAZA Ministra de Comercio Exterior y Turismo

no remunerativos materia de unificacion no ha requerido de mayores recursos al tesoro publico que los considerados en los presupuestos asignados a cada unidad ejecutora; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29075, Ley que establece la naturaleza juridica, funcion, competencias y estructura organica basica del Ministerio de Defensa, en el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2008-DE/ SG y en el Decreto Supremo Nº 011-2007-DE/SG; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la Directiva Nº 017-2008-MINDEFVPD/DGPPID/04 "Disposiciones que regulan el otorgamiento del concepto denominado Asignacion al Personal Militar por funciones administrativas y de apoyo en el Pliego 026: Ministerio de Defensa", la misma que en anexo forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo 2º.- La directiva MORDAZA mencionada se publicara en el MORDAZA web institucional del Ministerio de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ARAOZ E. Ministro de Defensa

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ECONOMIA Y FINANZAS
Disponen la publicacion del proyecto de Reglamento del Regimen Aduanero Especial de Envios de Entrega Rapida en el MORDAZA institucional del Ministerio
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 026-2008-EF/15.01
MORDAZA, 13 de noviembre de 2008 CONSIDERANDO: Que el inciso b) del articulo 5.7 del Capitulo 5 del Acuerdo de Promocion Comercial suscrito entre el Peru y los Estados Unidos aprobado mediante Resolucion Legislativa Nº 28766 senala que se debe establecer un procedimiento aduanero separado y MORDAZA para los envios de entrega rapida; Que, mediante el Decreto Legislativo Nº 1053, se aprobo la Ley General de Aduanas; Que de conformidad con el inciso c) del Articulo 98º de la Ley General de Aduanas, el ingreso o salida de envios de entrega rapida transportados por empresas del servicio de entrega rapida, tambien denominados "courier", se rige por su Reglamento; Que mediante Decreto Supremo Nº 017-2007-EF y modificatorias se aprobo el Arancel de Aduanas; Que es necesario aprobar el reglamento del regimen aduanero especial de envios de entrega rapida e incluir disposiciones sobre envios de entrega rapida en el arancel de aduanas vigente; Que, en el MORDAZA de lo dispuesto en el Manual para el Analisis Economico y Legal de la Produccion Normativa en el Ministerio de Economia y Finanzas, aprobado por la Resolucion Ministerial Nº 639-2006-EF/67, corresponde prepublicar los proyectos de normas para recabar los comentarios del publico; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 2º de la Resolucion Ministerial Nº 639-2006-EF/67; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Dispongase la publicacion en el MORDAZA institucional del Ministerio de Economia y Finanzas (www.mef. gob.pe, seccion novedades), el proyecto de Reglamento del Regimen Aduanero Especial de Envios de Entrega Rapida, de conformidad con el inciso c) del Articulo 98º de la Ley General de Aduanas aprobada por Decreto Legislativo Nº 1053, hasta por un plazo MORDAZA de siete (7) dias calendario, para recoger las opiniones, comentarios y observaciones del publico. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA Viceministro de Economia

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DEFENSA
Aprueban Directiva "Disposiciones que regulan el otorgamiento del concepto denominado Asignacion al Personal Militar por funciones administrativas y de apoyo en el Pliego 026: Ministerio de Defensa"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1398-2008/DE/SG MORDAZA, 12 de noviembre de 2008 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 28944, Ley de Ordenamiento de Ingresos de miembros de las Fuerzas Armadas que desempenan funciones en el Ministerio de Defensa, faculto al Ministerio de Defensa para que mediante Decreto Supremo, refrendado por el Ministro de Defensa y sin demandar recursos adicionales al Tesoro Publico, unifique en un solo concepto los ingresos no remunerativos otorgados mediante MORDAZA expresa, al personal militar que desarrolla funciones administrativas y de apoyo en el Ministerio de Defensa; Que, mediante Decreto Supremo Nº 011-2007-DE/SG de fecha 20 de junio del 2007, se aprobo la unificacion de ingresos no remunerativos, dispuesto en la Ley Nº 28944; Que, de acuerdo a lo previsto en el Articulo 6º del Decreto Supremo MORDAZA mencionado, es preciso que mediante Resolucion Ministerial del Ministro de Defensa se apruebe la directiva que regule operativamente lo dispuesto en el Decreto Supremo indicado; Que, desde la publicacion de la Ley Nº 28944 y del Decreto Supremo Nº 011-2007-DE/SG, la atencion de los ingresos

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