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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2008 (14/11/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 7

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 14 de noviembre de 2008 383369 Vista la Carta de fecha 3 de noviembre de 2008, del Presidente de la Asociación de Exportadores y del Presidente de Directorio del Banco de Crédito del Perú. CONSIDERANDO: Que, la Asociación de Exportadores y el Banco de Crédito del Perú, con el apoyo de las instituciones del sector público vinculadas al comercio exterior, realizan anualmente la “Ceremonia de Premiación a los Exportadores más destacados”; habiendo programado la ceremonia de premiación a los exportadores más destacados durante el año 2007, para el día 18 de noviembre en curso; Que, dicho evento tiene por objeto reconocer y distinguir a las empresas exportadoras que con su labor, esfuerzo y creatividad, contribuyen a la generación de divisas, apertura de nuevos mercados y la generación de puestos de trabajo en un contexto de responsabilidad social; Que, con tal motivo los organizadores del evento han solicitado al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, como organismo rector de comercio exterior y responsable en materia de promoción de las exportaciones, la ofi cialización de dicho evento; Que, es política del MINCETUR apoyar las iniciativas dirigidas a promover el comercio exterior y las exportaciones, en especial las no tradicionales y aquellas con mayor valor agregado, y reconocer la contribución de las empresas exportadoras al desarrollo creciente y sostenido del país; De conformidad con la Ley N° 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y la Ley N° 27790 - Ley de Organización y Funciones del MINCETUR; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Dar carácter ofi cial a la “Ceremonia de Premiación a los Exportadores más destacados 2007”, que se realizará en la ciudad de Lima, el día 18 de noviembre de 2008, organizada por la Asociación de Exportadores y el Banco de Crédito del Perú. Artículo 2°.- Al término del evento, los organizadores informarán al MINCETUR acerca de sus resultados. Artículo 3°.- La presente Resolución no irrogará gasto alguno al Pliego Presupuestal del MINCETUR. Regístrese, comuníquese y publíquese.MERCEDES ARAOZ FERNÁNDEZ Ministra de Comercio Exterior y Turismo 278166-1 DEFENSA Aprueban Directiva “Disposiciones que regulan el otorgamiento del concepto denominado Asignación al Personal Militar por funciones administrativas y de apoyo en el Pliego 026: Ministerio de Defensa” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1398-2008/DE/SG Lima, 12 de noviembre de 2008 CONSIDERANDO:Que, la Ley Nº 28944, Ley de Ordenamiento de Ingresos de miembros de las Fuerzas Armadas que desempeñan funciones en el Ministerio de Defensa, facultó al Ministerio de Defensa para que mediante Decreto Supremo, refrendado por el Ministro de Defensa y sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público, unifi que en un solo concepto los ingresos no remunerativos otorgados mediante norma expresa, al personal militar que desarrolla funciones administrativas y de apoyo en el Ministerio de Defensa; Que, mediante Decreto Supremo Nº 011-2007-DE/SG de fecha 20 de junio del 2007, se aprobó la unifi cación de ingresos no remunerativos, dispuesto en la Ley Nº 28944; Que, de acuerdo a lo previsto en el Artículo 6º del Decreto Supremo antes mencionado, es preciso que mediante Resolución Ministerial del Ministro de Defensa se apruebe la directiva que regule operativamente lo dispuesto en el Decreto Supremo indicado; Que, desde la publicación de la Ley Nº 28944 y del Decreto Supremo Nº 011-2007-DE/SG, la atención de los ingresos no remunerativos materia de unifi cación no ha requerido de mayores recursos al tesoro público que los considerados en los presupuestos asignados a cada unidad ejecutora; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29075, Ley que establece la naturaleza jurídica, función, competencias y estructura orgánica básica del Ministerio de Defensa, en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2008-DE/SG y en el Decreto Supremo Nº 011-2007-DE/SG; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la Directiva Nº 017-2008-MINDEF- VPD/DGPPID/04 “Disposiciones que regulan el otorgamiento del concepto denominado Asignación al Personal Militar por funciones administrativas y de apoyo en el Pliego 026: Ministerio de Defensa”, la misma que en anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2º.- La directiva antes mencionada se publicará en el portal web institucional del Ministerio de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese.ANTERO FLORES ARÁOZ E. Ministro de Defensa 277926-1 ECONOMIA Y FINANZAS Disponen la publicación del proyecto de Reglamento del Régimen Aduanero Especial de Envíos de Entrega Rápida en el portal institucional del Ministerio RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 026-2008-EF/15.01 Lima, 13 de noviembre de 2008 CONSIDERANDO: Que el inciso b) del artículo 5.7 del Capítulo 5 del Acuerdo de Promoción Comercial suscrito entre el Perú y los Estados Unidos aprobado mediante Resolución Legislativa Nº 28766 señala que se debe establecer un procedimiento aduanero separado y expedito para los envíos de entrega rápida; Que, mediante el Decreto Legislativo Nº 1053, se aprobó la Ley General de Aduanas; Que de conformidad con el inciso c) del Artículo 98º de la Ley General de Aduanas, el ingreso o salida de envíos de entrega rápida transportados por empresas del servicio de entrega rápida, también denominados “courier”, se rige por su Reglamento; Que mediante Decreto Supremo Nº 017-2007-EF y modifi catorias se aprobó el Arancel de Aduanas; Que es necesario aprobar el reglamento del régimen aduanero especial de envíos de entrega rápida e incluir disposiciones sobre envíos de entrega rápida en el arancel de aduanas vigente; Que, en el marco de lo dispuesto en el Manual para el Análisis Económico y Legal de la Producción Normativa en el Ministerio de Economía y Finanzas, aprobado por la Resolución Ministerial Nº 639-2006-EF/67, corresponde prepublicar los proyectos de normas para recabar los comentarios del público; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2º de la Resolución Ministerial Nº 639-2006-EF/67; SE RESUELVE: Artículo Único.- Dispóngase la publicación en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe, sección novedades), el proyecto de Reglamento del Régimen Aduanero Especial de Envíos de Entrega Rápida, de conformidad con el inciso c) del Artículo 98º de la Ley General de Aduanas aprobada por Decreto Legislativo Nº 1053, hasta por un plazo máximo de siete (7) días calendario, para recoger las opiniones, comentarios y observaciones del público. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO A. MORÓN PASTOR Viceministro de Economía 278298-1Descargado desde www.elperuano.com.pe