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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2008 (14/11/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 11

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 14 de noviembre de 2008 383373 CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Supremo Nº 005-2008-TR se han establecido disposiciones para la ejecución de la reubicación general como mecanismo de implementación del benefi cio de reincorporación o reubicación laboral a que se refi ere la Ley Nº 27803; Que, en plena ejecución del procedimiento establecido en el Decreto Supremo Nº 005-2008-TR, las entidades y empresas del Estado han suprimido y/o ampliado plazas después de su publicación, ocasionando confusión en el procedimiento, modifi cando las condiciones en cuanto a número de plazas y perfi les, por lo que se hace necesario dictar medidas para la mejor aplicación de la norma y evitar perjuicio a los ex trabajadores inscritos en el Registro Nacional de Trabajadores Cesados Irregularmente; Con la visación del Director General de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 25º de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y el literal d) del artículo 12º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo aprobado por Resolución Ministerial Nº 173-2002-TR y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Corrección o modifi cación de solicitudes presentadas bajo el procedimiento del Decreto Supremo Nº 005-2008-TR Dentro de un plazo de ocho días hábiles contados desde el día siguiente a la publicación de la presente Resolución Ministerial, los ex trabajadores que presentaron solicitudes de reubicación laboral bajo el procedimiento del Decreto Supremo Nº 005-2008-TR, podrán adecuarlas a las plazas que a la fecha aparecen publicadas en la página web del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. Artículo 2º.- Formato de solicitud La Dirección Nacional de Promoción del Empleo y Formación Profesional, el día de publicación de la presente Resolución Ministerial, publica en la página web del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (www.mintra.gob.pe) el formato que emplearán los ex trabajadores para adecuar sus solicitudes de reubicación laboral según lo dispuesto en el artículo 1º de la presente Resolución Ministerial. Dicho formato es presentado en la sede central del Ministerio o en las Direcciones Regionales de Trabajo y Promoción del Empleo de los Gobiernos Regionales. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE ELISBAN VILLASANTE ARANÍBAR Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 278176-1 ORGANISMOS AUTONOMOS REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL Exoneran de proceso de selección la contratación de servicio de alquiler de local institucional para la Sede Operativa RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 773-2008-JNAC/RENIEC Lima, 10 de Noviembre de 2008. VISTOS: El Ofi cio Nº 296-2008-GAF/JNE, de la Gerencia de Administración y Finanzas del Jurado Nacional de Elecciones; los Informes Nos 001972 y 002613-2008/SGLG/GAD/RENIEC de la Sub Gerencia de Logística; los Ofi cios Nos 3008 y 4040-2008/GAD/RENIEC, de la Gerencia de Administración; el Ofi cio Nº 002188-2008/GPP/RENIEC, de la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto; el Informe Nº 001470-2008/SGP/GPP/RENIEC, de la Sub Gerencia de Presupuesto; el Acta Nº 23-2008 del Comité Técnico Económico del RENIEC, el Informe Nº 000922-2008/GAJ/RENIEC, de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y; CONSIDERANDO: Que, con Ofi cio Nº 296-2008-GAF/JNE, la Gerencia de Administración y Finanzas del Jurado Nacional de Elecciones, alcanza su propuesta para el alquiler del local institucional para la sede operativa del RENIEC, ascendente a S/. 9,000.00 (nueve mil y 00/100 nuevos soles) mensuales, por 36 meses con una garantía ascendente a S/. 18,000.00 (dieciocho mil y 00/100 nuevos soles); Que, mediante el Informe Nº 001972-2008/SGLG/GAD/ RENIEC, la Sub Gerencia de Logística, determinó el valor referencial para la contratación del servicio de alquiler del local institucional para la sede operativa, el mismo que asciende a S/. 324,000.00 (trescientos veinticuatro mil y 00/100 nuevos soles) incluido impuestos, por el periodo de tres años; Que, a través del Ofi cio Nº 3008-2008-GAD/RENIEC, la Gerencia de Administración solicitó, a la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto, otorgar la cobertura presupuestal, necesaria para la contratación mencionada por S/. 342,000.00 (trescientos cuarenta y dos mil y 00/100 nuevos soles), precisando que, el monto comprende treinta y seis (36) mensualidades de S/. 9,000.00 y la garantía ascendente a S/. 18,000.00; Que, con Ofi cio Nº 002188-2008/GPP/RENIEC, la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto hizo suyo el Informe Nº 001470- 2008/SGP/GPP/RENIEC, de la Sub Gerencia de Presupuesto, y otorgó la cobertura presupuestaria por el monto de S/. 342,000.00 (trescientos cuarenta y dos mil y 00/100 nuevos soles), necesaria para efectuar la contratación requerida, con cargo a los Recursos Presupuestarios del Pliego 033:RENIEC; Que, al respecto, la Sub Gerencia de Logística emitió el Informe Nº 2613-2008/SGLG/GAD/RENIEC, efectuando la comparación de precios de mercado de alquiler de local para la sede operativa del RENIEC, en concordancia con lo estipulado en los numerales 1 y 2 del artículo 139º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado con D.S. Nº 084-2004-PCM, concluyendo que la propuesta formulada por el Jurado Nacional de Elecciones por el alquiler de su inmueble, por el periodo de tres años, está muy por debajo del valor del mercado de alquiler de locales en la zona de Cercado de Lima; Que, mediante el Ofi cio Nº 4040-2008-GAD/RENIEC, la Gerencia de Administración solicita a la Gerencia de Asesoría Jurídica, la elaboración de la resolución autoritativa de la inclusión en el PAAC 2008, del proceso de selección de Concurso Público para la contratación del servicio de alquiler del local institucional para la Sede Operativa y su exoneración por causal de contratación entre entidades del Sector Público; Que, al respecto, el numeral 2 del punto VI) Disposiciones Especifi cas de la Directiva Nº 005-2003-CONSUCODE/PRE, que regula el procedimiento de elaboración del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, indica que éste debe contener, obligatoriamente, las licitaciones y concursos públicos, así como las adjudicaciones directas públicas y selectivas que se convocarán en el año fi scal; Que, el artículo 23º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, señala que el Plan Anual debe considerar todas las adquisiciones y contrataciones, con independencia del régimen que las regule; Que, en aplicación de los artículos 25º y 26º del aludido Reglamento, la modifi cación del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones debe ser aprobado por el Titular de la Entidad y publicado en el SEACE en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles de modifi cado; Que, adicionalmente, el Plan Anual modifi cado deberá estar a disposición de los interesados en la dependencia encargada de las adquisiciones y contrataciones del RENIEC y en la página web institucional; Que, en relación a la exoneración del proceso de selección, el literal a) del artículo 19º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM establece que, están exonerados de los procesos de selección las adquisiciones y contrataciones que se realicen entre Entidades del Sector Público, de acuerdo a los criterios de economía que establezca el Reglamento; Que, en ese sentido, el artículo 139º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, establece que, la contratación directa entre Entidades, procede en aquellos supuestos en que la adquisición o contratación resulte más favorable y ventajosa en comparación con los precios del mercado, resulte más efi ciente adquirir o contratar con otra Entidad, y que resulte técnicamente idónea y viable;Descargado desde www.elperuano.com.pe