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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2008 (29/11/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 6

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 29 de noviembre de 2008 384120 NRO APELLIDO Y NOMBRE GRADO 47. Walter Antonio Jesus MARCHESI CADETE48. Fernando Jesús MARCOMINI CADETE49. Exequiel Alejandro MARSENGO CADETE50. Lucas Andrés MEGASSINI CADETE51. Marcos Alejandro MOISO CADETE52. Francisco Federico MOYANO SIMONE CADETE53. Iván Mario NUÑEZ BRACCO CADETE54. Santiago OCAMPO CADETE55. David Omar ORTIZ CADETE56. Mario Alejandro ORTIZ CADETE57. Gabriel PELEDROTTI CADETE58. Andrés PIERUCCI CADETE59. Sebastián PONCE CADETE60. Claudio Alejandro RANDO CADETE61. Danilo Luciano Javier RATTI CADETE62. Germán Roberto SANTANDER CADETE63. Lucas Pablo SASONE CADETE64. Juan Manuel SCEPPACUERCIA CADETE65. Pablo SIMPSON CADETE66. Pablo SOMOYA CADETE67. Sergio SOTO CADETE68. César SPRETZ CADETE69. Diego Alejandro VASEK CADETE70. Favio VASEK CADETE71. Federico VILLALBA CADETE72. Gabriel Adrián VITORES SPINETTA CADETE73. Pablo Daniel VIVAS CADETE74. Juan José VALENZUELA GUARDIAMARINA75. Luis Ricardo BONGIANINO SUBTENIENTE76. Francisco Ramón HURTADO VICECOMODORO77. Walter Ariel Vicente CAZZARI VICECOMODORO78. Horacio César ORTEGA VICECOMODORO79. Oscar Alejandro YABLANSECK CAPITÁN80. Alfredo Carlos COMBA PRIMER TENIENTE81. Esteban SAVOIA PRIMER TENIENTE82. Alfredo Saverio PAPAPIETRO SUBOFICIAL MAYOR83. Antonio Nicolás RAMOS SUBOFICIAL MAYOR84. Fabio Ceferino NUÑEZ S U B O F I C I A L PRINCIPAL 85. Luciano Ismael MANGARELLA SUBOFICIAL AUXILIAR86. Luciano César ROMERO CABO PRINCIPAL C.- TIEMPO DE PERMANENCIA Del 28 de noviembre al 02 de diciembre de 2008. 284572-2 ECONOMIA Y FINANZAS Exoneran de proceso de selección la contratación del servicio de mantenimiento preventivo y correctivo de equipos centrales de procesamiento de datos RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 711-2008-EF/43 Lima, 28 de noviembre de 2008Vistos, los Memorandos Nºs. 807 y 1039-2008-EF/42.01 de la Ofi cina General de Informática y Estadística, los Informes Nºs. 302-2008-EF/43.50 y 2362 -2008-EF/60.01 de la Ofi cina General de Administración y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, respectivamente, que sustentan la confi guración del supuesto de servicio que no admite sustituto, previsto en el inciso e) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y modifi catorias para la contratación del Servicio de Mantenimiento Preventivo y Correctivo de Equipos Centrales de Procesamiento de Datos; CONSIDERANDO: Que, según el inciso e) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004- PCM y modifi catorias, están exonerados de los procesos de selección las adquisiciones y contrataciones que se realicen para la prestación de servicios que no admiten sustitutos y exista proveedor único, de acuerdo a lo que establezca el Reglamento; Que, por su parte, el artículo 144º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM y normas modifi catorias, señala que en los casos en que no existan bienes o servicios sustitutos a los requeridos por el área usuaria, y siempre que exista un sólo proveedor en el mercado nacional, la Entidad podrá contratar directamente; Que, dicho dispositivo refi ere que se considerará que existe proveedor único en los casos que por razones técnicas o relacionadas con la protección de derechos, tales como patentes y derechos de autor se haya establecido que existe proveedor único; Que, la necesidad de la contratación del Servicio de Mantenimiento Preventivo y Correctivo de Equipos Centrales de Procesamiento de Datos marca IBM que posee el Ministerio se sustenta en que los equipos de cómputo central cumplen una misión crítica, pues allí se procesan y residen las bases de datos de los sistemas críticos del Ministerio; por lo que es necesario asegurar la continuidad operativa de dichos equipos ante un desperfecto o falla en alguno de sus componentes, tanto del hardware como del software, toda vez que su garantía se encuentra próxima a vencer; Que, considerando la importancia que los equipos de procesamiento de datos marca IBM tienen para el Ministerio, es necesario que la empresa que brinde el servicio de mantenimiento preventivo y correctivo tenga el respaldo y certifi cación de IBM World Trade Corporation, a fi n de garantizar que los técnicos que prestarán el servicio se encuentren capacitados adecuadamente y se tenga acceso a la base de datos de consultas técnicas de dicha Corporación; asimismo, ello permitirá contar con el stock de repuestos originales necesarios; así como con la garantía que asegure su buen funcionamiento, compatibilidad y adaptación; Que, IBM del Perú S.A.C. es la única empresa en el país reconocida por IBM World Trade Corporation para prestar el servicio con las características solicitadas por el Ministerio de Economía y Finanzas; Que, atendiendo a lo expuesto, la contratación del Servicio de Mantenimiento Preventivo y Correctivo de Equipos Centrales de Procesamiento de Datos, sólo es posible obtenerlo de la empresa IBM del Perú S.A.C., toda vez que es la única empresa reconocida por la Corporación para realizar la venta de las máquinas de procesamiento automático de datos marca IBM y para ofrecer los servicios post venta relacionados con los productos de la Corporación, lo que queda plenamente acreditado con el Certifi cado de Exclusividad emitido por IBM World Trade Corporation; así como por la Carta emitida por IBM del Perú S.A.C., en consecuencia, su contratación se enmarca dentro del supuesto previsto por el artículo 144° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; por lo que ésta procedería vía exoneración, bajo causal de servicio que no admite sustituto; Que, la Ofi cina Financiera de la Ofi cina General de Administración, mediante Memorando Nº 1311-2008-EF/43.60 certifi ca que se cuenta con el crédito presupuestario sufi ciente para efectuar la contratación del mencionado servicio; Que, mediante la Resolución Directoral Nº 642-2008- EF/43.01 se modifi có el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Ministerio de Economía y Finanzas para el Ejercicio Fiscal correspondiente al año 2008, incluyendo la contratación del Servicio de Mantenimiento Preventivo y Correctivo de Equipos de Procesamiento de Datos; Que, el artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado establece que las adquisiciones y contrataciones exoneradas se realizarán mediante acciones inmediatas y se aprobarán mediante Resolución del Titular del Pliego; y De conformidad con la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM y modifi catorias;Descargado desde www.elperuano.com.pe