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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2008 (29/11/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 15

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 29 de noviembre de 2008 384129 el procesamiento de dicho recurso deberá efectuarse hasta las 24:00 horas de la publicación de la presente Resolución. Artículo 2°.- El incumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial será sancionado conforme al Reglamento de Inspecciones y Sanciones Pesqueras y Acuícolas (RISPAC) aprobado por el Decreto Supremo Nº 016-2007-PRODUCE y demás normas concordantes, complementarias y/o ampliatorias. Artículo 3°.- Las Direcciones Generales de Extracción y Procesamiento Pesquero, de Seguimiento, Control y Vigilancia y de Asuntos Ambientales de Pesquería del Ministerio de la Producción, así como las Direcciones Regionales de la Producción del litoral con competencia pesquera, la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa y la Autoridad Portuaria Nacional, dentro del ámbito de sus respectivas competencias y jurisdicciones, realizarán las acciones de difusión que correspondan y velarán por el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese.ELENA CONTERNO MARTINELLI Ministra de la Producción 284721-1 RELACIONES EXTERIORES Autorizan al Ministerio efectuar pago de cuotas al PNUD, OIT y FAO RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 301-2008-RE Lima, 28 de noviembre de 2008CONSIDERANDO:Que, es obligación del Perú cumplir con el pago de las cuotas y adeudos a los organismos internacionales, de manera que permita potenciar la capacidad de negociación en las gestiones diplomáticas y acrecentar el benefi cio de los fl ujos de cooperación y asistencia técnica internacional; Que, en el presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores, se han previsto recursos para el pago de cuotas a organismos internacionales; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el pago de cuotas a organismos internacionales de acuerdo y en función a la disponibilidad de la Caja Fiscal; De conformidad con lo establecido en el artículo 67º, numeral 67.1 de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto el Sector Público para el año Fiscal 2008; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Ministerio de Relaciones Exteriores a efectuar el pago de las cuotas a los organismos internacionales que se detallan a continuación, por el importe de US$ 601,500.00 (SESCIENTOS Y UN MIL QUINIENTOS Y 00/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA): ORGANISMO DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICAPROGRAMA DE LAS NACIONES UNIDAS PARAEL DESARROLLO (PNUD) 250,000.00 Pago de adeudos: ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DEL TRABAJO (OIT) 270,000.00 Saldo de la cuota 2007 y parcial de la cuota 2008. ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LA AGRICULTURA Y LA ALIMENTACIÓN (FAO) 81,500.00 Saldo de la cuota 2006 y parcial de la cuota 2007. Artículo 2º.- Los gastos que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo precedente serán con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, Función 13, Programa 045, Subprograma 0118, Actividad 00624, Componente 2387, Meta 00565, Genérica 4 Otros Gastos Corrientes, Específi ca 42 Cuotas del Presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores correspondiente al Ejercicio 2008. Artículo 3º.- La equivalencia en moneda nacional será establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha de pago. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 284724-3 Nombran a Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en el Reino de Suecia, para que se desempeñe simultáneamente como Embajador Concurrente ante el Reino de Dinamarca RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 302-2008-RE Lima, 28 de noviembre de 2008Vista la Resolución Suprema Nº 063-2008-RE, de 29 de febrero de 2008, que nombró Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en el Reino de Suecia, al Embajador en el Servicio Diplomático de la República Jean Gilbert Denis Chauny de Porturas Hoyle; Vista la Resolución Ministerial Nº 0334-RE, de 10 de marzo de 2008, que fi jó el 1 de abril de 2008, como la fecha en que debió asumir funciones el Embajador en el Servicio Diplomático de la República Jean Gilbert Denis Chauny de Porturas Hoyle, como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en el Reino de Suecia; CONSIDERANDO:Que, el inciso 12) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú, establece la facultad del señor Presidente de la República de nombrar Embajadores y Ministros Plenipotenciarios, con aprobación del Consejo de Ministros, con cargo a dar cuenta al Congreso de la República; Que, con el Memorándum (PRO) Nº PRO0652/2008, de 2 de octubre de 2008, la Dirección Nacional de Protocolo y Ceremonial del Estado, informa que el Reino de Dinamarca ha otorgado el beneplácito de estilo para que el Embajador en el Servicio Diplomático de la República Jean Gilbert Denis Chauny de Porturas Hoyle, se desempeñe como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú ante el Reino de Dinamarca, con residencia en la ciudad de Estocolmo, Reino de Suecia; Teniendo en cuenta lo dispuesto en la Hoja de Trámite (GAC) Nº 5342, de 6 de octubre de 2008, del Gabinete de Coordinación del Viceministro Secretario General de Relaciones Exteriores; De conformidad con los artículos 26º y 27º de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, y los artículos 62º, 63º literal B) y 64º inciso a) del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 130-2003-RE; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Nombrar al Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en el Reino de Suecia, Embajador en el Servicio Diplomático de la República Jean Gilbert Denis Chauny de Porturas Hoyle, para que se desempeñe simultáneamente como Embajador Concurrente ante el Reino de Dinamarca, con residencia en la ciudad de Estocolmo, Reino de Suecia.Descargado desde www.elperuano.com.pe