TEXTO PAGINA: 12
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 4 de octubre de 2008 380878 SE RESUELVE: Artículo 1º.- Rati¿ car el acuerdo adoptado por el Consejo Directivo de PROINVERSIÓN, en su sesión de fecha 12 de agosto de 2008, por el cual se decide incorporar al proceso de promoción de la inversión privada a cargo de PROINVERSIÓN, la entrega en concesión al sector privado del Proyecto “Gasoducto a Chimbote”, bajo los mecanismos y procedimientos establecidos en el Texto Único Ordenado aprobado por Decreto Supremo Nº 059-96-PCM y su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 060-96-PCM y sus normas complementarias y modi¿ catorias. Artículo 2º.- Encargar la conducción del proceso de promoción de la inversión privada a que se re ¿ ere el artículo precedente al Comité de PROINVERSIÓN en Proyectos de Infraestructura y de Servicios Públicos. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de Energía y Minas. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República VERÓNICA ZAVALA LOMBARDI Ministra de Transportes y ComunicacionesEncargada del Despacho del Ministerio de Economía y Finanzas JUAN VALDIVIA ROMERO Ministro de Energía y Minas 260805-1 Autorizan viaje de funcionaria del Banco de la Nación a Paraguay para asistir a la XI Edición del Foro Interamericano de la Microempresa - FORMIC RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 079-2008-EF Lima, 3 de octubre de 2008 Vista, la Carta EF/92.2000 Nº 416-2008 del Banco de la Nación, sobre autorización de viaje. CONSIDERANDO: Que, el Directorio del Banco de la Nación, en Sesión Nº 1726, de fecha 12 de setiembre de 2008, autorizó el viaje de la señora Gaby Patricia Cárdenas Quezada, Jefe de División Banca de Servicios del Departamento de Servicios Financieras del mencionado Banco, para que asista a la actividad de capacitación: “XI Edición del Foro Interamericano de la Microempresa – FORMIC”, que se llevará a cabo del 08 al 10 de octubre de 2008, en la ciudad de Asunción, República del Paraguay; Que, el Plan Estratégico 2008-2011 del Banco de la Nación establece que uno de los objetivos estratégicos de la institución consiste en crear valor para el Estado y la Sociedad y que como estrategia aplicará mecanismos para promover la Bancarización y el compromiso social generando la Inclusión; Que, en tal sentido resulta de interés institucional que el personal del Banco de la Nación, asista a cursos de capacitación en el exterior con el objetivo de actualizar e intercambiar experiencias sobre el acceso al ¿ nanciamiento y servicios a la microempresa y con esto contribuir a perfeccionar estos servicios en el Banco en términos de tecnología, ¿ nanciamiento rural, vivienda y microseguro, etc.; Que, en consecuencia es necesario autorizar dicho viaje, cuyos gastos serán cubiertos con cargo al presupuesto del Banco de la Nación; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nºs 27619 y 29142, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, Decreto Supremo Nº 220-2007-EF y la Directiva de Gestión y Proceso Presupuestario de las Entidades bajo el ámbito de FONAFE modi ¿ cada por Acuerdo de Directorio Nº 003- 2006/011-FONAFE; y, Estando a lo acordado;SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, por excepción, el viaje de la señora Gaby Patricia Cárdenas Quezada, Jefe de División Banca de Servicios del Departamento de Servicios Financieros del Banco de la Nación, a la ciudad de Asunción, República de Paraguay, del 07 al 11 de octubre de 2008, para los ¿ nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán con cargo a los recursos del presupuesto del Banco de la Nación de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes aéreos : US$ 1 099,82 Viáticos : US$ 800,00Tarifa CORPAC (TUUA) : US$ 30,25 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje la referida funcionaria deberá presentar ante el Titular de la Entidad un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente norma no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor de la funcionaria cuyo viaje se autoriza. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros VERÓNICA ZAVALA LOMBARDI Ministra de Transportes y ComunicacionesEncargada del Despacho delMinisterio de Economía y Finanzas 260805-2 Autorizan viaje de profesional de CONASEV a República Popular China para participar en la VI Ronda de Negociaciones para la suscripción de un Tratado de Libre Comercio RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 080-2008-EF Lima, 3 de octubre de 2008 Vistos los O ¿ cios Nºs. 4558 y 4599-2008-EF/94.04.1, de la Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores – CONASEV-, sobre autorización de viaje. CONSIDERANDO: Que, del 13 al 18 de octubre de 2008, se desarrollará en la ciudad de Beijing, República Popular China, la VI Ronda de Negociaciones para la suscripción de un Tratado de Libre Comercio (TLC) entre el Perú y China; Que, mediante Facsímil Circular Nº 086-2008- MINCETUR/VMCE, el Viceministro de Comercio Exterior del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo solicita la participación de funcionarios de la CONASEV, en los Grupos de Inversiones y Servicios de la mencionada Ronda, a llevarse a cabo del 13 al 18 de octubre del presente año; Que, en tal sentido, la CONASEV ha designado al señor Milko Juan Zárate Quiñones, Profesional 2 de la O ¿ cina de Asesoría Jurídica, para que participe en los precitados Grupos; Que, en consecuencia y siendo de interés para el país, es necesario autorizar el viaje del referido profesional, debiendo la CONASEV asumir, con cargo a su presupuesto los gastos por concepto de pasajes, viáticos y Tarifa Uni¿ cada de Uso de Aeropuerto (TUUA); De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nºs. 27619 y 29142 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; y,