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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE OCTUBRE DEL AÑO 2008 (07/10/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 8

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 7 de octubre de 2008 381034 o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especi fi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores”; y Con la opinión favorable del Ejército del Perú y de conformidad con la Ley N° 27856 y la Ley Nº 28899; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República de tres (03) O fi ciales del Ejército de la República Federativa de Brasil, cuyos nombres se indican en el Anexo que forma parte de la presente Resolución, del 06 al 10 de octubre de 2008, para realizar una visita a la Escuela de Operaciones Psicológicas del Ejército del Perú. Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5° de la Ley N° 27856, modi fi cado por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese.ANTERO FLORES ARÁOZ E. Ministro de Defensa ANEXO A LA RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1067-2008-DE/SG 03 OCT 2008a. MOTIVOAutorizar el ingreso al territorio de la República de tres (03) O fi ciales del Ejército de la República Federativa de Brasil para realizar una visita a la Escuela de Operaciones Psicológicas del Ejército del Perú. b. IDENTIFICACION DEL PERSONAL MILITAR DE LA REPUBLICA FEDERATIVA DE BRASIL, SIN ARMAS DE GUERRA, QUE INGRESARÁ AL TERRITORIO DE LA REPÚBLICA: 1. CORONEL DE CABALLERIA RUBENS DANILO MOURAO RIOS 2. TTE CRL DE CABALLERIA NEUZIVALDO DOS ANJOS FERREIRA 3. MAYOR DE INFANTERIA ROGERIO FONSECA FIGUEIREDO c. TIEMPO DE PERMANENCIADel 06 al 10 de octubre de 2008 261087-2 ECONOMIA Y FINANZAS Precios CIF de referencia para la aplicación del derecho variable adicional o rebaja arancelaria a importaciones de maíz, azúcar, arroz y leche entera en polvo RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 021-2008-EF/15.01 Lima, 6 de octubre de 2008CONSIDERANDO:Que, por Decreto Supremo Nº 115-2001-EF y modi fi catorias, se estableció el Sistema de Franja de Precios para las importaciones de los productos señalados en el Anexo I del citado Decreto Supremo; Que, por Decreto Supremo Nº 184-2002-EF se modi fi có el Artículo 7º del Decreto Supremo Nº 115-2001- EF y se dispuso que los precios CIF de referencia fueran publicados por Resolución Viceministerial del Viceministro de Economía; Que, por Decreto Supremo Nº 084-2008-EF se actualizaron las Tablas Aduaneras aplicables a la importación de los productos incluidos en el Sistema de Franjas de Precios y se dispuso que tengan vigencia hasta el 31 de diciembre de 2008; Que, corresponde publicar los precios CIF de referencia para el período comprendido entre el 16 y el 30 de setiembre de 2008; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 7º del Decreto Supremo Nº 115-2001-EF modi fi cado por el Artículo 1º del Decreto Supremo Nº 184-2002-EF; SE RESUELVE:Artículo Único.- Publíquese los precios CIF de referencia para la aplicación del derecho variable adicional o rebaja arancelaria a que se re fi ere el Decreto Supremo Nº 115-2001-EF y modi fi catorias: PRECIOS CIF DE REFERENCIA (DECRETO SUPREMO Nº 115-2001-EF)US$ por T.M. Fecha Maíz Azúcar Arroz Leche entera en polvo Del 16/9/2008 al 30/9/2008 256 414 758 4 564 Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO A. MORÓN PASTOR Viceministro de Economía 261017-1 Formalizan ampliaciones de la Previsión Presupuestaria Trimestral Mensualizada del Tercer Trimestre del año fiscal 2008 para los pliegos del Gobierno Nacional y de Gobiernos Regionales RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 057-2008-EF/76.01 Lima, 6 de octubre de 2008CONSIDERANDO:Que, la Ley Nº 29142 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008 establece en su Cuadragésima Segunda Disposición Final que la aprobación del Calendario de Compromiso se sujeta a la Previsión Presupuestaria Trimestral Mensualizada que aprueba la Dirección Nacional del Presupuesto Público; Que, es necesario aprobar la formalización de las ampliaciones de la Previsión Presupuestaria Trimestral Mensualizada del Tercer Trimestre del año fi scal 2008, de los Pliegos del Gobierno Nacional y los pliegos del Gobierno Regional, desagregado a nivel de Pliego, Categoría del Gasto, Grupo Genérico de Gasto y por Fuentes de Financiamiento; Que, asimismo, es pertinente consolidar los montos de la Previsión Presupuestaria Trimestral Mensualizada del Tercer Trimestre del año fi scal 2008, aprobada mediante las Resoluciones Directorales Nºs 026, 037, 039, 041,