Norma Legal Oficial del día 07 de octubre del año 2008 (07/10/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 7 de octubre de 2008

conforme a lo senalado en la presente Directiva, teniendo un plazo de 30 dias calendario, contados a partir de la aprobacion de la presente Directiva. Quinta.- Deroguese cualquier disposicion que contravenga la presente Directiva. 261421-1

RELACIONES EXTERIORES
Exoneran de MORDAZA de seleccion la contratacion de servicio de mantenimiento de ascensores para el Ministerio
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1135-2008-RE MORDAZA, 30 de setiembre de 2008 Visto, los Memoranda (MAN) Nº MAN0337/2008 y (MAN) Nº MAN0338/2008 de 31 de MORDAZA de 2008 del Area de Servicios Generales, Mantenimiento, Infraestructura y Transportes de la Direccion de Logistica; el Informe (LOG) Nº 014-2008 de la Direccion de Logistica, por el cual se emite el sustento tecnico y el Memorandum (DGL) Nº 1730/2008 de 03 de setiembre de 2008, que como Informe Legal ha sido emitido por la Direccion General de Asuntos Legales, con relacion a la necesidad de exonerar del MORDAZA de seleccion correspondiente a la Contratacion del Servicio de Mantenimiento de Ascensores para el Ministerio de Relaciones Exteriores; CONSIDERANDO: Que, mediante los Memoranda (MAN) Nº MAN0337/2008 y (MAN) Nº MAN0338/2008 de 31 de MORDAZA de 2008, el Area de Servicios Generales, Mantenimiento, Infraestructura y Transportes de la Direccion de Logistica remitio los respectivos terminos de referencia para el servicio de mantenimiento preventivo de ascensores y montacargas MORDAZA SCHINDLER, en un numero de 08 (ocho) unidades, y para el servicio de mantenimiento preventivo y correctivo a los ascensores de la MORDAZA MORDAZA, en un numero de 02 (dos) unidades, respectivamente; requiriendo los mismos por el periodo de 01 (un) ano; Que, de acuerdo a lo manifestado por el Informe Nº 049-2008/EEMM-LOG-MRE de 12 de agosto de 2008 del Especialista Responsable de Estudio de MORDAZA de la Direccion de Logistica, las empresas Ascensores Schindler del Peru S.A. y Ascensores S.A. acreditaron con la respectiva certificacion, la representacion exclusiva en el Peru de las MORDAZA de ascensores Schindler y MORDAZA, respectivamente; Que, en ese contexto, es preciso senalar que dicha situacion configura la necesidad de proveerse de servicios especializados profesionales, apreciandose de manera objetiva que ello permitira garantizarnos de un servicio optimo y eficiente prestado por especialistas de la misma MORDAZA de los ascensores que tiene actualmente el Ministerio de Relaciones Exteriores; siendo inviable la comparacion con otros potenciales proveedores; Que, de otro lado, con el mencionado informe se determino tambien el valor referencial para la mencionada contratacion, el mismo que asciende a S/. 92,075.04 (Noventa y dos mil setenta y cinco y 04/100 Nuevos Soles) y que configura un MORDAZA de seleccion Adjudicacion Directa Selectiva, el mismo que fue determinado en razon al siguiente detalle: Item 1: Servicio de mantenimiento preventivo de ascensores y montacargas MORDAZA SCHINDLER, por un valor estimado de S/. 66,323.04 (Sesenta y seis mil trescientos veintitres y 04/100 Nuevos Soles). Item 2: Servicio de mantenimiento preventivo y correctivo a los ascensores de la MORDAZA MORDAZA, por un valor estimado de S/. 25,752.00 (Veinticinco mil setecientos cincuenta y dos y 00/100 Nuevos Soles).

Dichos montos incluyen los tributos, seguros, inspecciones, y cualquier otro concepto que le sea aplicable y que pueda incidir sobre el valor del servicio a contratar, el cual no excede su vigencia legal, de conformidad con el articulo 26º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 ­ Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y que cubrira el periodo de 01 (un) ano; Que, mediante Memorandum (PPT) Nº PPT1131/2008 de 15 de agosto de 2008, la Direccion de Presupuesto informo que existen recursos presupuestales que permitiran atender el requerimiento respectivo para la contratacion mencionada, con cargo a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios; Que, con Resolucion de Subsecretaria de Administracion Nº 0608/RE de 25 de agosto de 2008, se aprobo el expediente de contratacion correspondiente con el valor referencial de S/. 92,075.04 (Noventa y dos mil setenta y cinco y 04/100 Nuevos Soles), en razon al siguiente detalle: Item 1: Servicio de mantenimiento preventivo de ascensores y montacargas MORDAZA SCHINDLER, por un valor estimado de S/. 66,323.04 (Sesenta y seis mil trescientos veintitres y 04/100 Nuevos Soles). Item 2: Servicio de mantenimiento preventivo y correctivo a los ascensores de la MORDAZA MORDAZA, por un valor estimado de S/. 25,752.00 (Veinticinco mil setecientos cincuenta y dos y 00/100 Nuevos Soles); Que, la situacion senalada en los considerados precedentes se encuentra prevista en el literal e) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado en concordancia con el articulo 144º de su Reglamento, como un servicio que no admite sustituto y existe proveedor unico; Que, en ese sentido y de acuerdo a lo dispuesto en el Articulo 20º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, las exoneraciones deben ser aprobadas, en el caso del Ministerio de Relaciones Exteriores, mediante Resolucion del Titular del Pliego, requiriendo MORDAZA de su expedicion, un informe tecnico-legal. Cabe senalar que MORDAZA de la Resolucion que aprueba la exoneracion del MORDAZA de seleccion respectivo debera remitirse a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, bajo responsabilidad del Titular del Pliego, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion; Que, el articulo 147º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado dispone que la Resolucion que aprueba la exoneracion de los procesos de seleccion debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano y en el Sistema Electronico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado ­ SEACE, bajo responsabilidad del Titular del Pliego, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion; Que, mediante los informes de visto, se da cumplimiento a lo dispuesto en el articulo 146º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, el articulo 148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que para el procedimiento de exoneraciones la Entidad efectuara las adquisiciones o contrataciones en forma directa mediante acciones inmediatas, debiendo ser realizada por la dependencia encargada de las adquisiciones y contrataciones de la Entidad o el organo designado para el efecto; Que, asimismo, para efectuar la referida contratacion, el referido articulo senala que se debe contar con las respectivas Bases, las mismas que para los efectos pertinentes deberan ser aprobadas, por lo que atendiendo a la naturaleza propia de las exoneraciones, se hace necesario delegar dicha facultad con el fin de cumplir con la oportunidad de la contratacion correspondiente; Con la visacion de la Direccion General de Asuntos Legales; y, De conformidad con el Decreto Supremo Nº 083-2004PCM, Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y el Decreto Supremo Nº 084-

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