Norma Legal Oficial del día 07 de octubre del año 2008 (07/10/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano MORDAZA, martes 7 de octubre de 2008

NORMAS LEGALES

381051

Imponen a Ingenieria Mantenimiento & Construccion S.A.C. Contratistas Generales inhabilitacion temporal en su derecho a participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado
TRIBUNAL DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO RESOLUCION Nº 2784-2008-TC-S3 Sumilla: Es pasible de sancion el postor que no suscribe de manera injustificada el contrato, pese a haber resultado favorecido con la buena pro del MORDAZA de seleccion. Es pasible de sancion el postor que MORDAZA participado en el MORDAZA de seleccion sin contar con inscripcion vigente ante el Registro Nacional de Proveedores MORDAZA, 30 de setiembre de 2008 Visto en sesion de fecha 16 de setiembre de 2008 de la Tercera Sala del Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado el Expediente 962/2006. TC referido al procedimiento administrativo sancionador iniciado contra la empresa INGENIERIA MANTENIMIENTO & CONSTRUCCION S.A.C. CONTRATISTAS GENERALES, por su supuesta responsabilidad en no suscribir injustificadamente el contrato a pesar de haber sido favorecida con el otorgamiento de la buena pro, asi como en participar en procesos de seleccion sin contar con inscripcion vigente en el Registro Nacional de Proveedores, materia de la Adjudicacion de Menor Cuantia 0111-2006-RIQ/PETROPERU, convocada por Petroleos del Peru S.A. (PETROPERU S.A.), con el objeto de contratar el servicio de consultoria de obra: "Supervision de la obra Reforzamiento de Derecho de Via del Poliducto"; y atendiendo a los siguientes: ANTECEDENTES: 1. El 5 de junio de 2006, Petroleos del Peru S.A. (PETROPERU S.A.), en adelante la Entidad, convoco la Adjudicacion de Menor Cuantia 0111-2006-RIQ/ PETROPERU para la contratacion del servicio de consultoria de obra: "Supervision de la obra Reforzamiento de Derecho de Via del Poliducto", bajo el sistema de suma alzada y por un valor referencial ascendente a S/. 26,728.33 (Veintiseis mil setecientos veintiocho con 33/100 nuevos soles) incluido el Impuesto General a las Ventas (IGV). 2. El 16 de junio de 2006 se otorgo la buena pro a la empresa INGENIERIA, MANTENIMIENTO & CONSTRUCCION S.A.C.-CONTRATISTAS GENERALES, en adelante el Postor, pues fue el unico postor en el MORDAZA de seleccion, cuya oferta economica era equivalente a S/. 24,706.20 (Veinticuatro mil setecientos seis con 20/100 nuevos soles). 3. Mediante Carta ADM-LOG-1424-2006 del 19 de junio de 2006, la Entidad comunico al Postor el consentimiento de la buena pro otorgada a su favor, y lo cito a suscribir el contrato para el 4 de MORDAZA de 2006. 4. El 28 de junio de 2006, el Postor presento la documentacion solicitada en el numeral 11 de las Bases1 a fin de suscribir el contrato. 5. La Entidad el 3 MORDAZA de 2006 comunica al Postor, telefonicamente, que debera adicionar a la documentacion presentada el Registro Nacional de Proveedores, en adelante RNP, en cumplimiento de la Directiva 0072006/CONSUCIDE/PRE y el Comunicado V 003-2006 (PRE), publicado en el Diario Oficial "El Peruano" el 20 de MORDAZA de 2006. 6. El 5 de MORDAZA de 2006, el Postor presento MORDAZA del comprobante de pago al Banco de la Nacion para la inscripcion en el RNP. 7. Mediante Carta OPS-AL-294-2006 del 17 de MORDAZA de 2006, recibido el 19 del mismo mes y ano, la Entidad comunico al Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, en adelante el Tribunal, que el Postor no habia suscrito el contrato derivado de la Adjudicacion de Menor

Cuantia 0111-2006-RIQ/PETROPERU, pese a haber sido requerido de acuerdo con la legislacion vigente. 8. Mediante decreto de fecha 21 de MORDAZA de 2006, previo al inicio del procedimiento sancionador, se le requirio a la Entidad que remitiera MORDAZA del documento mediante el cual llevo a cabo el procedimiento de citacion, debidamente recibida por el postor, entre otros. 9. El 18 de agosto de 2006, la Entidad remitio lo solicitado, por lo que mediante decreto de 23 de agosto de 2006, se comunico al Postor el inicio del procedimiento administrativo sancionador instaurado en su contra por su supuesta responsabilidad en la infraccion tipificada en el numeral 1) y 5) del articulo 294 del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo 084-2004-PCM, en adelante el Reglamento, y se le requirio para que en el plazo de diez (10) dias cumpliera con presentar sus descargos. 10. Mediante decreto de fecha 23 de octubre de 2006, se dispuso notificar mediante publicacion en el Diario Oficial "El Peruano" el decreto de inicio de procedimiento al Postor, pues la Cedula de Notificacion 16865/2006. TC, que comunicaba dicho decreto, fue devuelta a la Secretaria del Tribunal. 11. El 12 de diciembre de 2006 se publico en el Diario Oficial "El Peruano" el decreto de fecha 23 de agosto de 2006, a fin que el Postor presente sus descargos. 12. El 27 de diciembre de 2006, vencio el plazo sin que el Postor presentara sus descargos, por lo que mediante decreto de fecha 3 de enero de 2007, se dispuso remitir el presente expediente a la Sala Unica del Tribunal para que resolviera. 13. Mediante Resolucion Nº 035-2008-CONSUCODE/ PRE, expedida el 31 de enero de 2008, se reconformaron las MORDAZA del Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, por lo que mediante decreto de fecha 8 de MORDAZA de 2008, se dispuso la remision del expediente administrativo a la Tercera Sala. FUNDAMENTACION: 1. El inicio del presente procedimiento administrativo sancionador se decreto a consecuencia de la supuesta comision, por parte del Postor, de las infracciones tipificadas en los numerales 1) y 5) del articulo 294 del Reglamento2, MORDAZA vigente al momento de suscitarse los hechos imputados, referente a la omision injustificada de suscribir el contrato a pesar de haber sido favorecido con la buena pro, asi como haber participado en el MORDAZA de seleccion sin contar con inscripcion vigente en el Registro

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11.- DOCUMENTOS NECESARIOS PARA LA FIRMA DEL CONTRATO U ODS. Consentida la Buena Pro, la Unida Logistica, solicitara al postro ganador de la buena pro los documentos abajo descritos y senalara la fecha de firma del Contrato u Orden de Servicio. (...) 11.2- PERSONAS JURIDICAS: Documentos original o MORDAZA legalizada de: a) b) c) Ficha de inscripcion del Postor ganador, expedida por el Registro de Personas Juridicas, de los Registros Publicos. Vigencia del Poder para firma de contratos del Contratista o su Representante legal. MORDAZA simple del DNI y Certificado de Antecedentes Policiales vigentes, del personal que ejecutara el servicio.

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Articulo 294.- Causales de aplicacion de sancion a los proveedores, participantes, postores y contratistas El Tribunal impondra la sancion de inhabilitacion temporal o definitiva a los proveedores, participantes, postores y/o contratistas que: 1) No mantengan su oferta hasta el otorgamiento de la Buena Pro y, de resultar ganadores, hasta la suscripcion del contrato; no suscriban injustificadamente el contrato, o no reciban injustificadamente la orden de compra o de servicio emitido a su favor. (...) 5) Participen en procesos de seleccion o suscriban un contrato sin contar con inscripcion vigente en el Registro Nacional de Proveedores. (...)

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