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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 7 de octubre de 2008 381051 Imponen a Ingeniería Mantenimiento & Construcción S.A.C. Contratistas Generales inhabilitación temporal en su derecho a participar en procesos de selección y contratar con el Estado TRIBUNAL DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO RESOLUCIÓN Nº 2784-2008-TC-S3 Sumilla: Es pasible de sanción el postor que no suscribe de manera injusti fi cada el contrato, pese a haber resultado favorecido con la buena pro del proceso de selección. Es pasible de sanción el postor que haya participado en el proceso de selección sin contar con inscripción vigente ante el Registro Nacional de Proveedores Lima, 30 de setiembre de 2008Visto en sesión de fecha 16 de setiembre de 2008 de la Tercera Sala del Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado el Expediente № 962/2006. TC referido al procedimiento administrativo sancionador iniciado contra la empresa INGENIERÍA MANTENIMIENTO & CONSTRUCCIÓN S.A.C. CONTRATISTAS GENERALES, por su supuesta responsabilidad en no suscribir injusti fi cadamente el contrato a pesar de haber sido favorecida con el otorgamiento de la buena pro, así como en participar en procesos de selección sin contar con inscripción vigente en el Registro Nacional de Proveedores, materia de la Adjudicación de Menor Cuantía № 0111-2006-RIQ/PETROPERU, convocada por Petróleos del Perú S.A. (PETROPERÚ S.A.), con el objeto de contratar el servicio de consultoría de obra: “Supervisión de la obra Reforzamiento de Derecho de Vía del Poliducto”; y atendiendo a los siguientes: ANTECEDENTES:1. El 5 de junio de 2006, Petróleos del Perú S.A. (PETROPERÚ S.A.), en adelante la Entidad, convocó la Adjudicación de Menor Cuantía № 0111-2006-RIQ/ PETROPERU para la contratación del servicio de consultoría de obra: “Supervisión de la obra Reforzamiento de Derecho de Vía del Poliducto”, bajo el sistema de suma alzada y por un valor referencial ascendente a S/. 26,728.33 (Veintiséis mil setecientos veintiocho con 33/100 nuevos soles) incluido el Impuesto General a las Ventas (IGV). 2. El 16 de junio de 2006 se otorgó la buena pro a la empresa INGENIERÍA, MANTENIMIENTO & CONSTRUCCIÓN S.A.C.-CONTRATISTAS GENERALES, en adelante el Postor, pues fue el único postor en el proceso de selección, cuya oferta económica era equivalente a S/. 24,706.20 (Veinticuatro mil setecientos seis con 20/100 nuevos soles). 3. Mediante Carta ADM-LOG-1424-2006 del 19 de junio de 2006, la Entidad comunicó al Postor el consentimiento de la buena pro otorgada a su favor, y lo citó a suscribir el contrato para el 4 de julio de 2006. 4. El 28 de junio de 2006, el Postor presentó la documentación solicitada en el numeral 11 de las Bases 1 a fi n de suscribir el contrato. 5. La Entidad el 3 julio de 2006 comunica al Postor, telefónicamente, que deberá adicionar a la documentación presentada el Registro Nacional de Proveedores, en adelante RNP, en cumplimiento de la Directiva № 007- 2006/CONSUCIDE/PRE y el Comunicado V 003-2006 (PRE), publicado en el Diario O fi cial “El Peruano” el 20 de mayo de 2006. 6. El 5 de julio de 2006, el Postor presentó copia del comprobante de pago al Banco de la Nación para la inscripción en el RNP. 7. Mediante Carta OPS-AL-294-2006 del 17 de julio de 2006, recibido el 19 del mismo mes y año, la Entidad comunicó al Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, en adelante el Tribunal, que el Postor no había suscrito el contrato derivado de la Adjudicación de Menor Cuantía № 0111-2006-RIQ/PETROPERU, pese a haber sido requerido de acuerdo con la legislación vigente. 8. Mediante decreto de fecha 21 de julio de 2006, previo al inicio del procedimiento sancionador, se le requirió a la Entidad que remitiera copia del documento mediante el cual llevó a cabo el procedimiento de citación, debidamente recibida por el postor, entre otros. 9. El 18 de agosto de 2006, la Entidad remitió lo solicitado, por lo que mediante decreto de 23 de agosto de 2006, se comunicó al Postor el inicio del procedimiento administrativo sancionador instaurado en su contra por su supuesta responsabilidad en la infracción tipi fi cada en el numeral 1) y 5) del artículo 294 del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo № 084-2004-PCM, en adelante el Reglamento, y se le requirió para que en el plazo de diez (10) días cumpliera con presentar sus descargos. 10. Mediante decreto de fecha 23 de octubre de 2006, se dispuso noti fi car mediante publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano” el decreto de inicio de procedimiento al Postor, pues la Cédula de Noti fi cación № 16865/2006. TC, que comunicaba dicho decreto, fue devuelta a la Secretaria del Tribunal. 11. El 12 de diciembre de 2006 se publicó en el Diario Ofi cial “El Peruano” el decreto de fecha 23 de agosto de 2006, a fi n que el Postor presente sus descargos. 12. El 27 de diciembre de 2006, venció el plazo sin que el Postor presentara sus descargos, por lo que mediante decreto de fecha 3 de enero de 2007, se dispuso remitir el presente expediente a la Sala Única del Tribunal para que resolviera. 13. Mediante Resolución Nº 035-2008-CONSUCODE/ PRE, expedida el 31 de enero de 2008, se reconformaron las Salas del Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, por lo que mediante decreto de fecha 8 de abril de 2008, se dispuso la remisión del expediente administrativo a la Tercera Sala. FUNDAMENTACIÓN:1. El inicio del presente procedimiento administrativo sancionador se decretó a consecuencia de la supuesta comisión, por parte del Postor, de las infracciones tipifi cadas en los numerales 1) y 5) del artículo 294 del Reglamento 2, norma vigente al momento de suscitarse los hechos imputados, referente a la omisión injusti fi cada de suscribir el contrato a pesar de haber sido favorecido con la buena pro, así como haber participado en el proceso de selección sin contar con inscripción vigente en el Registro 1 11.- DOCUMENTOS NECESARIOS PARA LA FIRMA DEL CONTRATO U ODS. Consentida la Buena Pro, la Unida Logística, solicitará al postro ganador de la buena pro los documentos abajo descritos y señalará la fecha de fi rma del Contrato u Orden de Servicio. (...) 11.2- PERSONAS JURÍDICAS: Documentos original o copia legalizada de: a) Ficha de inscripción del Postor ganador, expedida por el Registro de Personas Jurídicas, de los Registros Públicos. b) Vigencia del Poder para fi rma de contratos del Contratista o su Representante legal. c) Copia simple del DNI y Certi fi cado de Antecedentes Policiales vigentes, del personal que ejecutará el servicio. 2 Artículo 294.- Causales de aplicación de sanción a los proveedores, participantes, postores y contratistas El Tribunal impondrá la sanción de inhabilitación temporal o de fi nitiva a los proveedores, participantes, postores y/o contratistas que:1) No mantengan su oferta hasta el otorgamiento de la Buena Pro y, de resultar ganadores, hasta la suscripción del contrato; no suscriban injusti fi cadamente el contrato, o no reciban injusti fi cadamente la orden de compra o de servicio emitido a su favor. (...)5) Participen en procesos de selección o suscriban un contrato sin contar con inscripción vigente en el Registro Nacional de Proveedores. (...)