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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE OCTUBRE DEL AÑO 2008 (08/10/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 6

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 8 de octubre de 2008 381076 Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1057 se estableció el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios, que regula la modalidad especial para los Contratos de Administración de Servicios. Esta norma promueve la sustitución de los contratos de servicios no personales por Contratos de Administración de Servicios en las entidades de la administración pública de acuerdo a las condiciones establecidas en la misma; Que, el precitado Decreto Legislativo dispone en su Primera Disposición Complementaria y Final que las referencias normativas a la contratación de servicios no personales se entienden realizadas a la Contratación Administrativa de Servicios; Que, debe entenderse que los Contratos Administrativos de Servicios gozan de la permanencia y continuidad otorgada a los contratos de locación de servicios, en cuyo caso se permite el ejercicio de funciones similares o compatibles a las del CAP; Que, el Jefe de Área (e) comprendido en la presente resolución jefatural, fi rmará Contrato de Administración de Servicios, dentro de los lineamientos que establece la Primera Disposición Final de la Ley de Presupuesto para el Ejercicio Fiscal 2008; En uso de las facultades conferidas en el literal j) del artículo 8º del Reglamento de Organización y Funciones del INRENA aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2003-AG y sus respectivas modifi catorias. SE RESUELVE:Artículo 1º.- Dar por concluida, a partir de la fecha de publicación de la presente resolución, el encargo de funciones de la Jefatura de la Reserva Nacional de Junín, Santuario Nacional de Huallay y Santuario Histórico de Chacamarca otorgado al Ingeniero Orlando Delgado Vicuña. Artículo 2º.- Encargar la Jefatura de la Reserva Nacional de Junín, Santuario Nacional de Huallay y Santuario Histórico de Chacamarca a partir de la fecha de publicación de la presente resolución, en tanto se designe a su titular, a la Bióloga Rosario Araoz Monzón. Artículo 3º.- Dejar sin efecto las disposiciones que se opongan a la presente resolución jefatural. Regístrese, comuníquese y publíquese,JOSÉ LUÍS CAMINO IVANISSEVICH JefeInstituto Nacional de Recursos Naturales 261030-1 Establecen disposiciones para la elaboración de Planes Anuales de Trabajo y Presupuestos para el año 2009 de las organizaciones de usuarios de agua con fines agrarios RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA N° 879-2008-INRENA-IRH Lima, 6 de octubre del 2008VISTO:El Informe Legal N° 851-2008-INRENA-IRH-LEG-YPO, por el cual se recomienda dictar disposiciones para la determinación y aprobación de la Tarifas de Infraestructura Hidráulica Mayor y Menor para el año 2009, y; CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo Nº 997, crea la Autoridad Nacional del Agua como organismo público adscrito al Ministerio de Agricultura, responsable de dictar las normas y establecer los procedimientos para la gestión integrada y sostenible de los recursos hídricos; Que, mediante Decreto Supremo Nº 014-2008-AG se aprueba la fusión de la Intendencia de Recursos Hídricos del Instituto Nacional de Recursos Naturales en la Autoridad Nacional del Agua, que tendrá la calidad de entidad absorbente; Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1081 se crea el Sistema Nacional de Recursos Hídricos, disponiendo en su Octava Disposición Complementaria Final, que los usuarios de agua están obligados al pago de retribuciones económicas y tarifas de agua entre las que se establecen las Tarifas por Utilización de Infraestructura Hidráulica Menor y Tarifas por Utilización de Infraestructura Hidráulica Mayor; Que, el Reglamento del precitado Decreto Legislativo, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2008-AG dispone que la Autoridad Nacional del Agua es responsable de establecer la metodología para determinar el valor de las Tarifas por Utilización de Infraestructura Hidráulica, aprobarlas, a propuesta del respectivo operador, y supervisar su aplicación; Que, asimismo el Reglamento establece que las Juntas de Usuarios y Comisiones de Regantes ejercen el rol de operadores de infraestructura hidráulica y que perciben tarifas como contraprestación por los servicios que prestan; Que, con anterioridad a la entrada en vigencia del Decreto Legislativo Nº 1081, los usuarios de agua con fi nes agrarios aportaban tarifas de Uso de Agua Superfi ciales con Fines Agrarios, las mismas que se continuarán aportando durante el año 2008 y que se encuentran reguladas por el Reglamento de Tarifas y Cuotas por Uso del Agua aprobado por Decreto Supremo N° 03-90-AG; Que, en tanto se culmina el proceso de implementación de la Autoridad Nacional del Agua y a efectos de garantizar la continuidad de las acciones vinculadas a la gestión de los recursos hídricos a cargo de las Juntas de Usuarios y Comisiones de Regantes, resulta necesario dictar disposiciones para determinar y aprobar el valor de las Tarifas por Utilización de Infraestructura Hidráulica; De conformidad a lo establecido en el Artículo 27 del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Recursos Naturales, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2003-AG y con el visto bueno de la Unidad Transitoria de Riego de esta Intendencia; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Elaboración de los Planes Anuales de Trabajo y Presupuestos para el año 2009 de las organizaciones de usuarios de agua con fi nes agrarios. Disponer que las Juntas de Usuarios y Comisiones de Regantes elaborarán sus Planes Anuales de Trabajo y Presupuestos para el año 2009 tomando como referencia el procedimiento establecido en el Reglamento, salvo las siguientes disposiciones: 1.1 El 3% a que se refi ere el rubro 11.12 del artículo 11º del Reglamento se destinará exclusivamente para fi nanciar a la “Fiscalización de la Gestión de las Juntas de Usuarios y Comisiones de Regantes”, conforme a las disposiciones que emita al Autoridad Nacional del Agua. 1.2 El 2% a que se refi ere el rubro 11.13 del artículo 11º del Reglamento se destinará exclusivamente para fi nanciar campañas de educación y sensibilización, a cargo de la Junta de Usuarios, que tengan por fi nalidad el fortalecimiento de las capacidades de sus integrantes para una mejor gestión de los recursos hídricos. 1.3 Al 31 de octubre del 2008, las Juntas de Usuarios deben aprobar su Plan Anual de Trabajo y proyecto de presupuesto para el año 2009. 1.4 Al 15 de noviembre del 2008, las Comisiones de Regantes deben elevar a la Junta de Usuarios su Plan Anual de Trabajo y el proyecto de presupuesto para el año 2009. 1.5 Al 30 de noviembre del 2008, la Junta de Usuarios deben presentar a la Administración Local de Aguas, para su aprobación, su Plan Anual de Trabajo y presupuesto consolidado con el de las Comisiones de Regantes que la integran, así como su propuesta de valor de Tarifa de Infraestructura Hidráulica. Artículo 2º.- Determinación del valor de las Tarifas por Uso de Infraestructura para el año 2009. 2.1 El valor de la Tarifa de Infraestructura Hidráulica Menor para el año 2009 será calculado tomando como referencia el procedimiento establecido en el Reglamento para la determinación del Componente Ingreso Junta de