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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE OCTUBRE DEL AÑO 2008 (08/10/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 19

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 8 de octubre de 2008 381089 de Programas de Educación Básica Alternativa de la Dirección General de Educación Básica Alternativa dependiente del Vice Ministerio de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación, serán asumidas por la Dirección Técnica Ejecutiva del Programa Nacional de Movilización por la Alfabetización - PRONAMA durante su vigencia, únicamente en lo concerniente al Ciclo Inicial y Ciclo Intermedio del Programa de Educación Básica Alternativa de Jóvenes y Adultos - PEBAJA, sólo para efectos del ámbito de las personas atendidas por el PRONAMA; Que, siendo indispensable asegurar el inicio y culminación del ciclo intermedio de la Educación Básica Alternativa, de los estudiantes egresados del PRONAMA, así como de aquellos que hayan interrumpido su educación básica y cuyo perfi l corresponde al estudiante de Educación Básica Alternativa, en el marco del proceso de continuidad educativa, resulta necesario establecer las disposiciones para la organización y ejecución del primer grado del Ciclo Intermedio de la Educación Básica Alternativa para los egresados del PRONAMA para el año 2008, a través una Directiva que contiene disposiciones legales que deben ser cumplidas por los diferentes Sectores del Gobierno Nacional, Regional y Local; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762, modifi cado por la Ley Nº 26510, y el Decreto Supremo Nº 006-2006-ED y sus modifi catorias; SE RESUELVE:Artículo Único.- Aprobar la Directiva N° 95- 2008-ME/PRONAMA “DISPOSICIONES PARA LA ORGANIZACIÓN Y EJECUCIÓN DEL PRIMER GRADO DEL CICLO INTERMEDIO DE LA EDUCACIÓN BÁSICA ALTERNATIVA – EBA, 2008-2009 PARA LOS EFECTOS DEL ÁMBITO DE LAS PERSONAS ATENDIDAS POR EL PRONAMA”, cuyo texto forma parte integrante de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO Ministro de Educación 261682-1 ENERGIA Y MINAS Otorgan concesiones temporales a SOLEOL S.A.C. para desarrollar estudios relacionados a la generación de energía eléctrica en los departamentos de Ancash, Lima y La Libertad RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 433-2008-MEM/DM Lima, 12 de setiembre de 2008VISTO: El Expediente Nº 27162808, sobre concesión temporal para desarrollar estudios relacionados a la actividad de generación de energía eléctrica en la futura Central Eólica Casma, de acuerdo con el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, presentado por SOLEOL S.A.C., persona jurídica inscrita en la Partida Nº 11017127 del Registro de Personas Jurídicas de la Ofi cina Registral de Piura; CONSIDERANDO:Que, SOLEOL S.A.C., mediante documento con registro de ingreso Nº 1800478, de fecha 10 de julio de 2008, ha presentado solicitud sobre otorgamiento de concesión temporal para realizar estudios relacionados con la actividad de generación de energía eléctrica en la futura Central Eólica Casma, al amparo de lo dispuesto por el artículo 30º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Que, los estudios mencionados en el considerando que antecede se desarrollarán en los distritos de Casma y Comandante Noel, provincia de Casma, departamento de Ancash, en la zona comprendida dentro de las coordenadas UTM (PSAD 56) que fi guran en el Expediente; Que, el aviso de petición de concesión temporal que se indica en el primer considerando de la presente Resolución, fue publicado en el Diario Ofi cial “El Peruano” los días 22 y 23 de agosto de 2008, en cumplimiento del artículo 31º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verifi cado y evaluado que el peticionario ha cumplido con los requisitos establecidos en el Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, ha emitido el Informe Nº 183-2008-DGE-DCE de fecha 02 de setiembre de 2008; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 23º de la Ley de Concesiones Eléctricas, y el artículo 36º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y del Vice Ministro de Energía; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Otorgar concesión temporal a favor de SOLEOL S.A.C., que se identifi cará con el código Nº 27162808, para desarrollar estudios relacionados a la actividad de generación de energía eléctrica en la futura Central Eólica Casma, para una capacidad instalada estimada de 50 MW, los cuales se realizarán en los distritos de Casma y Comandante Noel, provincia de Casma, departamento de Ancash, por un plazo de dos (02) años contados a partir de la vigencia de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los estudios se realizarán al amparo de la presente concesión temporal, y comprenderán la zona delimitada por las siguientes coordenadas UTM (PSAD 56). VÉRTICE ESTE NORTE 1 786 521,2800 8 957 860,7500 2 790 910,6500 8 964 204,8100 3 795 999,3300 8 957 913,2700 4 788 713,3900 8 955 375,0700 Artículo 3º.- El concesionario está obligado a realizar los estudios, respetando las normas técnicas y de seguridad, preservando el medio ambiente y salvaguardando el Patrimonio Cultural de la Nación, así como al cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento y demás normas legales pertinentes. De conformidad con el artículo 36º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, si vencido el plazo mencionado en el artículo 1º de la presente Resolución, el concesionario no cumpliera con las obligaciones contraídas en su solicitud, respecto de la ejecución de los estudios y cumplimiento del Cronograma de Ejecución de Estudios, la Dirección General de Electricidad ejecutará la garantía otorgada. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 36º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, será publicada en el Diario Ofi cial “El Peruano” por una sola vez y por cuenta del interesado, y entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN VALDIVIA ROMERO Ministro de Energía y Minas 253495-1 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 446-2008-MEM/DM Lima, 25 de setiembre de 2008VISTO: El Expediente Nº 27163008, sobre concesión temporal para desarrollar estudios relacionados a la actividad de generación de energía eléctrica en la futura Central Eólica Huacho, de acuerdo con el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, presentado por SOLEOL S.A.C., persona jurídica inscrita en la Partida Nº 11017127 del Registro de Personas Jurídicas de la Ofi cina Registral de Piura;