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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 8 de octubre de 2008 381085 SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorización Autorizar el viaje en Comisión de Servicio del personal militar que se indica a continuación para que participen en el XXX Congreso Ordinario y XIX Festival Deportivo Sudamericano de Cadetes, a realizarse del 11 al 19 de Octubre de 2008, en la ciudad de Santiago de Chile – Chile: - Jefe de Delegación : Mayor General FAP SEABRA PINEDO, Pedro - Jefe de Equipos : Comandante FAP RAMIREZ MALCA, Jorge - Entrenador : Mayor EP VARGAS ORTIZ, Fredy- Entrenador : Mayor EP (R) GUILLEN PONCE, José- Entrenador : Señor HUA PAYA LÉV ANO, Iván - Entrenador : Señor AMEZAGA VILLARROEL, Carlos - Cadete EMCH SOTO PEREZ, Ellen- Cadete EMCH ARRUE ALARCON, Augusto- Cadete EMCH VILCA VELARDE, Hugo- Cadete EMCH VELÁSQUEZ LAJA, Martín - Cadete EMCH VILCA VELARDE, José- Cadete EMCH CAMPOS PRECIADO, Martín- Cadete EMCH VASQUEZ WALDE, Felipe - Cadete EMCH MONCADA ALFARO, Jeffry- Cadete EMCH FRANCIA GONZALES, Pamela- Cadete EMCH LOPEZ GARCIA, Gonzalo- Cadete EMCH ATOCHE VEGA, Lizbeth- Cadete EMCH VIZCARRA ALVAREZ, Carlos- Cadete EMCH RIVERA PALOMINO, Marco- Cadete EMCH GRANDEZ ZAVALA, Karen- Cadete EMCH RICALDE MOGOLLÓN, Marco- Cadete EMCH BELLIDO TORRES, Helder- Cadete EMCH SUAREZ CASAS, José- Cadete EMCH CENEPO REATEGUI, Luis- Cadete EMCH LADERA QUISPE, Luis- Cadete EMCH GOMEZ PISSANO, Clara- Cadete EMCH SÁNCHEZ ARIANSEN, Luciana- Cadete EMCH NAVARRETE NÚÑEZ, María- Cadete EOFAP OLIVERA PORTUGUEZ, Juan- Cadete EOFAP BORRERO GARCIA, Gilary- Cadete EOFAP CENTURIÓN LEON, Francisco- Cadete EOFAP ESPINOZA AVILA, Irving- Cadete EOFAP PEREZ GARCIA, Ángel- Cadete EOFAP CHAVEZ AQUIJE, Gustavo- Cadete EOFAP FERNÁNDEZ SALDAÑA, Walter- Cadete EOFAP SÁNCHEZ RUIZ, Claudia- Cadete EOFAP VILLACORTA TELLO, Julie- Cadete ESNA LIMA ESPINOZA, Fernando- Cadete ESNA TORREBLANCA JAVE, Ángel- Cadete ESNA CHAU FERNÁNDES, Jorge Artículo 2º.- Gastos El Ministerio de Defensa – Federación Deportiva Militar del Perú, efectuará los pagos que corresponde de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes Lima – Santiago de Chile – Lima US$ 460.00 x 40 personas Viáticos Ofi cial General, Ofi ciales Superiores y Personal Civil: US$ 48.00 x 06 personas x 09 díasCadetes : US$ 21.00 x 34 personas x 09 días Tarifa Única de Uso de Aeropuerto US$ 30.25 x 40 personas Artículo 3º.- Delegación de facultad El Ministerio de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la presente Comisión sin exceder el periodo establecido en el Artículo 1º. Artículo 4º.- Presentación de informe El citado personal militar deberá cumplir con lo dispuesto en el Artículo 6º del DS Nº 047-2002-PCM del 05 de junio 2002 y Cuarta Disposición fi nal del DS Nº 002-2004 DE/SG del 26 de Enero 2004. Artículo 5º.- Derecho de exoneración La presente Resolución Suprema no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación.Artículo 6º.- RefrendoLa presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros ANTERO FLORES ARÁOZ E. Ministro de Defensa 262116-3 Autorizan ingreso al territorio de la República de personal militar de Bolivia, Colombia y Brasil RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1073-2008/DE/SG Lima, 7 de octubre de 2008CONSIDERANDO:Que, con Facsímil (DGS) Nº 997 de fecha 11 de setiembre de 2008, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de la República de Bolivia, sin armas de guerra; Que, en el marco de la VIII Reunión de Estados Mayores realizada entre la Armada Boliviana y la Marina de Guerra del Perú, se acordó el intercambio académico-profesional para el año 2008, considerándose el embarque de personal de la Armada Boliviana en Unidades de Superfi cie de la Marina de Guerra del Perú; Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27856, modifi cado por el artículo único de la Ley Nº 28899 establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; Con la opinión favorable de la Marina de Guerra del Perú y de conformidad con la Ley Nº 27856 y la Ley N° 28899; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República de quince (15) efectivos de la Armada Boliviana, cuyos nombres se indican en el anexo que forma parte de la presente Resolución, del 08 al 20 de octubre de 2008, para embarcarse en las Unidades de Superfi cie de la Marina de Guerra del Perú. Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5º de la Ley Nº 27856, modifi cado por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANTERO FLORES ARÁOZ E. Ministro de Defensa