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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 8 de octubre de 2008 381077 Usuarios, salvo lo establecido en los acápites 1.1 y 1.2 del artículo primero de esta Resolución. 2.2 El valor de la Tarifa de Infraestructura Hidráulica Mayor para el año 2009 será igual al valor del componente amortización de la tarifa de uso de agua con fi nes agrarios aprobado para el año 2008. Dicha tarifa constituye ingresos de los Proyectos Especiales Hidráulicos, y se destina a la operación y mantenimiento de la infraestructura hidráulica mayor. 2.3 Cuando el operador de Infraestructura Hidráulica Mayor, sea una Junta de Usuarios, el valor de la operación y mantenimiento de la Infraestructura Hidráulica Mayor será incorporado en su Plan Anual de Trabajo y Presupuesto, sin comprometer los ingresos de la Tarifa de Infraestructura Mayor para el año 2009, que deberán ser transferidos al proyecto de acuerdo a lo citado en el acápite precedente. Artículo 3 º.- De la referencia al Reglamento. Toda mención en esta Resolución al Reglamento, entiéndase efectuada al Reglamento de Tarifas y Cuotas por Uso del Agua aprobado por Decreto Supremo N° 003-90-AG.Disposición Complementaria Final.- Retribución Económica por el Uso del Agua con Fines Agrarios y recibo único de agua Precisar que, de conformidad a lo establecido en el artículo 46 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1081, la Retribución Económica por el uso del agua con fi nes agrarios para el año 2009, se aprobará mediante Decreto Supremo. Las Juntas de Usuarios consignarán en el Recibo Único del Agua de manera desagregada los importes que deban cancelar los usuarios por concepto de retribución económica por uso de agua con fi nes agrarios, Tarifa por Utilización de Infraestructura Hidráulica Mayor, Tarifa por Utilización de Infraestructura Hidráulica Menor y los aportes voluntarios para actividades para el desarrollo agrario. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS JAVIER PAGADOR MOYA Intendente de Recursos Hídricos 261986-1 Anexo de la R.M. Nº 0852-2008-AG, que declaró concluido proceso de efectivización de la transferencia de funciones específicas en materia agraria a los Gobiernos Regionales de los departamentos de Loreto, Lambayeque y Ucayali ANEXO - RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0852-2008-AG (La resolución en referencia fue publicada en nuestra edición del día 3 de octubre de 2008) ANEXO R.M. Nº 0852-2008-AG Gobiernos Regionales del Departamento Loreto, Lambayeque y Ucayali Función Especí fi ca g) del artículo 51° de la LOGR: Supervisar y administrar el servicio de información agraria en la región, la cual podrá contar con una red de información provincial y distrital, la que operará en armonía con el sistema nacional de información agraria. FACULTADES Recibidas por el Gobierno Regional Retenidas por el Ministerio de Agricultura Recolectar y consolidar información estadística agraria como Recolectar y consolidar información estadística agraria como órgano integrante del SIAG a nivel regional. órgano central y conductor del SIAG a nivel nacional. Analizar, validar y consolidar los datos estadísticos de la Analizar, validar y consolidar los datos estadísticos de la información agraria en el nivel regional. información agraria a nivel nacional.Proponer, ejecutar, validar y consolidar encuestas agropecuarias y Proponer, ejecutar, supervisar y consolidar encuestas otros estudios en concordancia con el Plan Estadístico Sectorial agropecuarias y otros estudios estadísticos de interés del sector.Analizar y validar la data estadística sectorial e información de Interpretar, analizar y validar la data estadística sectorial e otras fuentes, orientado a facilitar el proceso de toma de información de otras fuentes, orientado a facilitar el proceso de decisiones de los agentes económicos, en concordancia con los toma de decisiones de los agentes económicos. lineamientos de políticas sectorial. Difundir a nivel regional los resultados de las encuestas y Difundir a nivel nacional los resultados de las encuestas estudios para facilitar el proceso de toma de decisiones de los y estudios para facilitar el proceso de toma de decisiones de l os productores agropecuarios y demás agentes económicos, en productores agropecuarios y demás agentes económicos. concordancia con los lineamientos de política sectorial. Proponer y ejecutar las estrategias de comunicación y difusión de Formular, promover, ejecutar y evaluar la política sectorial información agraria a nivel regional, orientado a facilitar la toma de de comunicación estratégica y difusión de información ag raria a decisiones de los productores agropecuarios y demás agentes nivel nacional, orientado a facilitar la toma de decisiones de los económicos, en concordancia con los lineamientos de política productores agropecuarios y demás agentes económicos.sectorial. Implementar, fortalecer y promover sistemas de información Promover, fortalecer e impulsar el desarrollo de una red regional en concordancia con el Sistema Nacional de Información descentralizada de Información Agraria. Agraria. Implementar estrategias de integración de la información sectorial Formular estrategias de integración de la información sector ial a a nivel regional. nivel nacional. Ejecutar, administrar y apoyar programas de capacitación para la Formular, promover, ejecutar y evaluar procesos de desarrollo gestión, uso y aprovechamiento de la información agraria a nivel de capacidades para la gestión, uso y aprovechamiento de la regional, en concordancia con el Sistema Nacional de Información información agraria. Agraria. Promover, implementar y administrar centros de documentación Formular políticas para promover la formación de centros de para brindar servicios de información a nivel regional en documentación y servicios de información descentralizados; y