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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE OCTUBRE DEL AÑO 2008 (08/10/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 67

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 8 de octubre de 2008 381137 VISTO el Memorando Nº 023-2008-A/MDA del Despacho de Alcaldía, el Informe N° 0759-2008-MDA/OGA-OP de la Ofi cina de Personal, el Proveído N° 3544-2008/MDA/GM de la Gerencia Municipal, comunicando que el señor Alcalde Dr. Juan Enrique Dupuy García, hará uso de su descanso físico vacacional del 30 de septiembre al 10 de octubre de 2008, encargándose el Despacho de Alcaldía al Teniente Alcalde de la Municipalidad Distrital de Ate; y, CONSIDERANDO:Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico. Que, el artículo 41° de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, establece que los Acuerdos son decisiones que toma el Concejo Municipal, referidas a asuntos específi cos de interés público, vecinal o institucional que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional. Que, mediante Informe Nº 0759-2008-MDA/OGA-OP la Ofi cina de Personal, señala que el señor Alcalde ha asumido funciones desde el 01 de enero del año 2007 a la fecha, por lo tanto ha obtenido el ciclo laboral completo al haber acumulado doce (12) meses de trabajo efectivo, a tenor de lo que establece el artículo 102° del Decreto Supremo N° 005-90-PCM, en consecuencia de lo observado en el Acuerdo de Concejo Nº 021-2008, sólo ha utilizado parte de su descanso físico vacacional, consagrados por Ley. Que, mediante Proveído N° 3544-2008/GM-MDA el Gerente Municipal, indica se ponga a conocimiento del pleno del Concejo Municipal para su respectiva aprobación, que el Alcalde, Dr. Juan Enrique Dupuy García, hará uso de su descanso físico vacacional, entre el 30 de septiembre al 10 de octubre del presente año, encargando al Teniente Alcalde el Despacho de Alcaldía, durante dicho período. Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972 y contando con el voto por unanimidad de los señores Regidores asistentes a la Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación de actas; SE ACUERDA: Artículo 1°.- ENCARGAR al Teniente Alcalde de la Municipalidad Distrital de Ate, Sr. Johnny Walker Vásquez Arana, el Despacho de Alcaldía, de acuerdo al Art. 24° de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972; desde el 30 de septiembre al 10 de octubre del presente año, en tanto dure la ausencia del señor Alcalde, Dr. Juan Enrique Dupuy García, quien hará uso de su descanso físico vacacional en el período mencionado. Artículo 2°.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Acuerdo a la Gerencia Municipal, Ofi cina General de Administración, Ofi cina de Personal y demás áreas pertinentes de esta Corporación Municipal. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JUAN ENRIQUE DUPUY GARCÍA Alcalde 261403-3 MUNICIPALIDAD DE COMAS Modifican Cronograma del Proceso de Programación, Participación y Concertación para la Formulación del Presupuesto Participativo 2009 DECRETO DE ALCALDÍA N° 09-2008-A/MC Comas, 23 de Setiembre del 2008.VISTO: El Informe N° 181-2008-GPP/MC de la Gerencia de Planificación y Presupuesto, mediante el cual se presenta la Modificación al Cronograma del Proceso de Programación, Participación y Concertación para la Formulación del Presupuesto Participativo 2009. CONSIDERANDO: Que, el Artículo 73° numeral 5 de la Ley Orgánica de Municipalidades, señala que las Municipalidades asumen competencias y ejercen las funciones específi cas en materia de participación vecinal, debiendo proponer, apoyar y reglamentar la participación vecinal en el desarrollo local; Que, la Ley Marco del Presupuesto Participativo, establece las disposiciones y los lineamientos que permitan asegurar la efectiva participación de la Sociedad Civil en el proceso de programación participativa del Plan de Desarrollo Concertado y Presupuesto Participativo y asimismo optimizar el uso de los recursos a través de un adecuado control social en las acciones públicas; Que, mediante Resolución Directoral No. 021-2008- EF/76.01 la Dirección Nacional del Presupuesto Público, aprobó el Instructivo No. 002-2008-EF/76.01 “Instructivo para el Proceso del Presupuesto Participativo” estableciendo mecanismos para el desarrollo del Presupuesto Participativo en los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, con horizonte de mediano plazo; Que, mediante Ordenanza N° 263-C/MC de fecha 30 de mayo de 2008, se aprueba el “Marco Normativo que regula el Proceso de Programación, Participación y Concertación para la Formulación del Presupuesto Participativo para el Distrito de Comas”, estableciendo que la Aprobación del Cronograma del Proceso de Programación, Participación y Concertación para la Formulación del Presupuesto Participativo 2009 , sea aprobada mediante Decreto de Alcaldía; Que, mediante Resolución de Alcaldía N° 565- 2008-A/MC de fecha 11 de julio de 2008, se aprobó la Conformación del Equipo Técnico del Proceso de Programación, Participación y Concertación para la Formulación del Presupuesto Participativo 2009, el cual se encuentra integrado por Instituciones Públicas y Privadas, Instancias de Concertación y Funcionarios de la Municipalidad. Estableciéndose asimismo con Decreto de Alcaldía N° 05-2008-A/MC de fecha 30 de mayo de 2008, el Cronograma de Actividades del Proceso del Presupuesto Participativo 2009. Que, siendo necesario garantizar la implementación descentralizada de los Talleres de Diagnóstico y Priorización de Proyectos Territoriales, así como el adecuado registro de Fichas de Iniciativas de Inversión que faciliten una mejor calidad de los productos del Proceso del Presupuesto Participativo 2009, es necesario ajustar el Cronograma de acuerdo a la propuesta presentada por el Equipo Técnico; En uso de las facultades conferidas en el Artículo 20° numeral 6) y 42° de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972 y, con las visaciones de las Gerencias de Planificación y Presupuesto, Administración y Finanzas, Asuntos Jurídicos y de la Gerencia Municipal; DECRETA:Artículo Primero.- MODIFICAR, el Cronograma del Proceso de Programación, Participación y Concertación, que se anexa al presente y forma parte del presente Decreto. Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto a la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto y Gerencia de Participación y Seguridad Ciudadana. Regístrese, comuníquese, cúmplase y publíquese.MIGUEL ÁNGEL SALDAÑA REÁTEGUI Alcalde