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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE OCTUBRE DEL AÑO 2008 (08/10/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 56

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 8 de octubre de 2008 381126 Que, de acuerdo a lo previsto por el artículo 2º de la Ley del Procedimiento Administrativo General – Ley Nº 27444, los Actos Administrativos pueden ser sometidos a condición, siempre que dichos elementos incorporables al acto sean compatibles con el ordenamiento legal o intenten asegurar el cumplimiento del fi n público que persigue el acto; Que, estando a lo acordado en la sesión 020-2008 del Consejo Directivo de la SUNASS: SE RESUELVE:Artículo Primero.- Dar por cumplida la meta nivel de micromedición, prevista para el primer año regulatorio, para la EPS SEDAPAR S.A. mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 041-2007-SUNASS-CD, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Disponer la suspensión del incremento tarifario correspondiente al segundo año regulatorio, hasta que la EPS SEDAPAR S.A. cumpla con instalar el número de medidores necesarios para alcanzar un Índice de Cumplimiento Individual de la meta de “nivel de micromedición” del 100%, según lo previsto en la Resolución de Consejo Directivo Nº 041-2007-SUNASS-CD. SEDAPAR S.A. deberá cumplir con la referida instalación en un plazo improrrogable y por única vez que no exceda del 15 de noviembre de 2008. La verifi cación por el Organismo Regulador del cumplimiento de lo dispuesto en el presente artículo, autoriza a la EPS a aplicar el incremento tarifario correspondiente al segundo año regulatorio. Artículo Tercero.- Disponer que la Gerencia de Supervisión y Fiscalización supervise el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.Con la intervención de los señores consejeros José Salazar Barrantes, Manuel Burga Seoane, Víctor Antonio Maldonado Yactayo y Jorge Luis Olivares Vega. JOSÉ E. SALAZAR BARRANTES Presidente del Consejo Directivo 261352-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE JUNIN Modifican e incorporan Cuarta Disposición Complementaria al Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional ORDENANZA REGIONAL Nº 087-2008-GRJ/CR EL PRESIDENTE DEL CONSEJO REGIONAL JUNÍN POR CUANTO:El Consejo Regional de Junín en Sesión Extraordinaria celebrada a los 11 días del mes de agosto de 2008, en la Sala de Sesiones de la Sede del Gobierno Regional de Junín, de conformidad con lo previsto en la Constitución Política del Perú; en la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales sus modifi catorias; y demás Normas Complementarias. CONSIDERANDO: Que, el literal a) del artículo 15º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modifi catorias, señala que es atribución del Consejo Regional aprobar, modifi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos materia de su competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, mediante Ordenanza Regional Nº 002-GRJ/CR, se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional Junín; y con Ordenanza Regional Nº 014-GRJ/CR, y se aprueba la modifi cación y actualización del Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Junín que consta de nueve (09) Títulos, diez (10) Capítulos, noventa y nueve (99) Artículos, tres (03) disposiciones complementarias y tres (03) disposiciones transitorias y fi nales; Que, la Ordenanza Regional Nº 040-GRJ/CR, se aprueba la modifi cación del Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional - Junín, que comprende: la denominación del Órgano de Defensa Judicial, la Naturaleza y Funciones de la Ofi cina de Gestión Patrimonial, y respecto a las funciones de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial; Que, el artículo 12º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867 y sus modifi catorias, señala que el Órgano Ejecutivo del Gobierno Regional se organiza en Gerencias Regionales coordinadas y dirigidas por una Gerencia General, en concordancia con la Duodécima Disposición Transitoria, Complementaria y Final, de la norma acotada que prescribe que los Directores Regionales son responsables de la implementación y ejecución de las políticas nacionales sectoriales y de las políticas regionales sectoriales en el ámbito regional. Están bajo la dirección del Sector y de la Gerencia Regional correspondiente, respectivamente, ante quienes dan cuenta de su gestión; Que, el artículo 41º de la norma acotada prescribe que las Resoluciones Regionales norman asuntos de carácter administrativo. Se expiden en segunda y última instancia administrativa y tiene los siguientes niveles, Ejecutiva Regional, emitida por el Presidente Regional; Gerencial General Regional, emitida por el Gerente General Regional; y Gerencial Regional, emitida por los Gerentes Regionales; Que, los numerales 1) y 3) del artículo 74° de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444, indican que la titularidad y el ejercicio de competencia asignada a los órganos administrativos se desconcentra en otros jerárquicamente dependientes de aquéllos, siguiendo los criterios establecidos en la presente Ley. A los órganos jerárquicamente dependientes se les transfiere competencia para emitir resoluciones, con el objeto de aproximar a los administrados las facultades administrativas que conciernan a sus intereses; Que, los recursos administrativos que se tramitan en segunda y última instancia son suscritos por el Presidente Regional, sin embargo es necesario transferir facultades a las Gerencias Regionales haciendo uso del principio de desconcentración para emitir resoluciones, con el objeto de aproximar a los administrados las facultades administrativas que conciernan a sus intereses; Que, la Modifi cación e Incorporación de la Cuarta Disposición Complementaria del Reglamento de Organización y Funciones – ROF, del Gobierno Regional Junín, cuenta con el Dictamen favorable de la Comisión Permanente de Planeamiento, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Institucional del Consejo Regional, de conformidad con las atribuciones conferidas por los Artículos 9º, 10º, 11º, 15º y 38º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867 sus modifi catorias; y su Reglamento Interno, el Consejo Regional ha aprobado la siguiente: “ORDENANZA REGIONAL QUE MODIFICA E INCORPORACIÓN DE LA CUARTA DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA DEL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES – ROF, DEL GOBIERNO REGIONAL JUNÍN” Artículo Primero.- APROBAR la modifi cación e incorporación de la Cuarta Disposición Complementaria del Reglamento de Organización y Funciones – ROF, del Gobierno Regional Junín, conforme al siguiente texto: Cuarta.- Los recursos administrativos elevados en segunda y última instancia de las Direcciones Regionales Sectoriales se resuelven en las Gerencias