Norma Legal Oficial del día 08 de octubre del año 2008 (08/10/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

El Peruano MORDAZA, miercoles 8 de octubre de 2008

NORMAS LEGALES

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de Nuevas Sedes donde se Desarrollaran Actividades de Aeronautica Civil" - "COMISION PROAVIACION CIVIL", adscrita al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, cuyo objeto es identificar las alternativas de ubicacion de sedes destinadas a la construccion, por parte del Estado, de la infraestructura de la Escuela de Aviacion Civil y de un aerodromo de uso publico destinado a actividades de aviacion comercial y actividades de aviacion general; Que, dicha Comision debera estar integrada, entre otros, por un representante de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales (SBN), el mismo que debera ser designado dentro del plazo de siete (07) dias habiles, contados a partir del dia siguiente de la publicacion de la referida Resolucion; Que, en ese sentido, resulta necesario emitir la resolucion de designacion correspondiente; Con la visacion de la Gerencia General y la Gerencia Legal; De conformidad con lo establecido por el Decreto Supremo Nº 131-2001-EF y la Resolucion Nº 315-2001/ SBN; y, SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar al abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Gerente General de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales (SBN), como representante ante la "Comision Multisectorial encargada de la Identificacion de Nuevas Sedes donde se Desarrollaran Actividades de Aeronautica Civil" "COMISION PROAVIACION CIVIL", creada mediante Resolucion Suprema Nº 120-2008-MTC. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendencia Nacional de Bienes Estatales 261028-1

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO
Disponen la suspension de incremento tarifario de la EPS SEDAPAR S.A. correspondiente al MORDAZA ano regulatorio y establecen plazo para la instalacion de medidores
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 086-2008-SUNASS-CD MORDAZA, 30 de setiembre de 2008 VISTO: El Informe Nº 063-2008-SUNASS-120 de fecha 25 de septiembre de 2008, emitido por la Gerencia de Supervision y Fiscalizacion, la Gerencia de Regulacion Tarifaria, y la Gerencia de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Consejo Directivo Nº 041-2007-SUNASS-CD, de fecha 21 de junio de 2007, se aprobo la formula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestion de la EPS SEDAPAR S.A. para el quinquenio 2006-2011; Que, segun lo previsto por dicha Resolucion, la EPS SEDAPAR S.A. estara autorizada a realizar un incremento tarifario siempre que cumpla simultaneamente, entre otras condiciones, con obtener un Indice de Cumplimiento Individual (ICI) a nivel EPS mayor o igual a 80% en las metas de gestion, dentro de las cuales se encuentra la micromedicion; Que, efectuada la Supervision de MORDAZA correspondiente, la Gerencia de Supervision y Fiscalizacion ha determinado que la EPS SEDAPAR S.A.,

al cierre del primer ano regulatorio, muestra un Indice de Cumplimiento Global (ICG) de 85.5%; Que, con Oficios Nº 391-08/S-101 y Nº 749-2008/ S1010, la Gerencia General de la EPS SEDAPAR S.A. indica que para cumplir con la meta de micromedicion consignada en la Resolucion de Consejo Directivo Nº 041-2007-SUNASS-CD, para el primer ano regulatorio, inicio un MORDAZA de adquisicion de micromedidores, via Licitacion Publica Nº 001-2008, habiendo sido consentida la Buena Pro el 07 de MORDAZA de 2008, periodo comprendido dentro del primer ano regulatorio de la empresa; Que, mediante Contrato Nº 039-2008, de fecha 24 de MORDAZA de 2008, periodo comprendido dentro del primer ano regulatorio, la EPS SEDAPAR S.A. suscribe un Contrato de Compra Venta e Instalacion de Medidores de Agua para las Localidades de MORDAZA Metropolitana, Mollendo y Camana, con el Consorcio Medicion Servicios y Productos S.A.C. ­ Actaris Ltda. Sucursal Peru, para la adquisicion e instalacion de medidores de agua para las localidades MORDAZA referidas, comprendiendo inversion para las dos actividades indicadas, lo que permitira a la EPS alcanzar la meta de micromedicion; Que, con Oficio Nº 780-A-2008/S-010, de fecha 23 de septiembre de 2008, la EPS SEDAPAR S.A. refiere haber concluido con el MORDAZA de Licitacion Publica Nº 0012008, adquiriendo 82,412 medidores de media pulgada de chorro unico, 628 medidores de tres cuartos de pulgada y 156 medidores de una pulgada, de los cuales tiene ya aprobado el primer lote de entrega consistente en 10,000 medidores de media pulgada, encontrandose en pleno MORDAZA de aprobacion del MORDAZA lote de medidores de 30,000 unidades, lo que le permitiria cumplir la meta de micromedicion establecida; Que, mediante Informe Nº 063-2008/SUNASS-120, la Gerencia de Supervision y Fiscalizacion, la Gerencia de Regulacion Tarifaria y la Gerencia de Asesoria Juridica, recomiendan (i) Dar por cumplida la meta nivel de micromedicion prevista para la EPS SEDAPAR S.A. mediante Resolucion de Consejo Directivo Nº 041-2007SUNASS-CD, y (ii) Otorgar hasta el 15 de noviembre de 2008 un plazo improrrogable y por unica vez a la EPS SEDAPAR S.A. para que cumpla con instalar el numero de medidores necesarios que le permita cumplir la meta de micromedicion del primer ano regulatorio, siendo este un requisito necesario para que pueda acceder al incremento tarifario previsto para el MORDAZA ano regulatorio; Que, el costo economico de brindar el servicio comprende la suma de los costos operativos, las inversiones, los impuestos y una remuneracion adecuada sobre el capital invertido. En ese sentido, el programa de inversion establecido en el Estudio Tarifario de la EPS SEDAPAR S.A., el cual sustenta la determinacion de las formulas tarifarias de la EPS, ha considerado inversiones anuales para la adquisicion e instalacion de medidores que permiten el cumplimiento de las metas anuales de micromedicion. Siendo el caso que la EPS SEDAPAR S.A. ha realizado dichas inversiones para el primer ano regulatorio, corresponde que las tarifas cubran las inversiones previstas; Que, el enfoque regulatorio tarifario considera que la formulacion de las tarifas tiene como objetivos el equilibrio economico y financiero de la empresa. El primero de ellos permite lograr la cobertura total de los costos economicos de prestar el servicio con los ingresos generados como consecuencia de la aplicacion de las tarifas. El MORDAZA, garantiza que la EPS tenga viabilidad financiera permitiendo que esta pueda afrontar las operaciones previstas y el pago de sus obligaciones; Que, luego de la evaluacion efectuada, se concluye que resultan atendibles las recomendaciones efectuadas por la Gerencia de Supervision y Fiscalizacion, la Gerencia de Regulacion Tarifaria y la Gerencia de Asesoria Juridica, contenidas en el citado Informe Nº 063-2008/SUNASS-120; Que, el articulo 25° del Reglamento General de la SUNASS, Decreto Supremo Nº 107-2001-PCM, senala que la funcion reguladora es de competencia exclusiva del Consejo Directivo de la Supertendencia Nacional de Servicios de Saneamiento - SUNASS. Asimismo, el articulo 26º de la citada MORDAZA dispone que, en ejercicio de la funcion reguladora, la SUNASS establece la estructura y niveles tarifarios, los niveles de cobertura y calidad de los servicios para cada una de las localidades administradas por las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento, asi como fija y reajusta, con arreglo a la normatividad legal vigente, las tarifas por la prestacion de los servicios de saneamiento;

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