Norma Legal Oficial del día 08 de octubre del año 2008 (08/10/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 61

El Peruano MORDAZA, miercoles 8 de octubre de 2008

NORMAS LEGALES

381131

Las Medidas Complementarias (Decomiso, Retencion, Retiro, Clausura Temporal o Definitiva, Paralizacion de Obra, Demolicion, Internamiento Temporal de Vehiculos, Ejecucion de Obra) son medidas de naturaleza no pecuniaria, que tienen por finalidad impedir que la conducta y accion infractora se siga desarrollando, evitando asi el perjuicio del interes colectivo y procurando la reposicion de las cosas al estado anterior de su comision. El infractor tiene la obligacion de cumplir con la sancion y/o medidas complementarias establecidas en la Resolucion emitida por la Autoridad Administrativa. En caso de incumplimiento por parte del infractor, el Organo competente podra exigir su cumplimiento sea con sus propios medios o con el MORDAZA de las Fuerzas Policiales y, de ser el caso, interponer denuncia que tipifique el Codigo Penal. La Subgerencia de Fiscalizacion Municipal, es la encargada de planificar, conducir, supervisar, evaluar las operaciones de fiscalizacion, asi como las actividades de investigacion, difusion y de control de sanciones asi como ejecutar las medidas complementarias conforme a lo senalado en los Articulos 5º, 11º, 25º, 30º y 31º de la Ordenanza Nº 170-MDA. Usted puede acceder al beneficio de pago con descuento del 50% de su valor, si la cancela dentro de los quince (15) dias habiles de notificada la Resolucion de Sancion. Vencido el plazo de quince (15) dias habiles de impuesta la multa se debera cancelar el total del importe bajo apercibimiento de cobranza coactiva. A partir del dia siguiente de notificada la Resolucion de Sancion, usted dispondra de: Quince (15) dias habiles para presentar impugnacion por la imposicion de la multa: En primera instancia, recurso de o reconsideracion segun lo dispuesto en el articulo 33º de la Ordenanza N 170-MDA. En MORDAZA instancia, recurso de apelacion contra las Resoluciones de Sancion impuestas y contra las resoluciones emitidas en primera instancia. Lugar de MORDAZA de los Recursos: Tramite Documentario de la Municipalidad Distrital de Ate, sito en Carretera Central Kilometro 7.5 ­ Ate. El monto de la sancion de multa es actualizado de acuerdo con la variacion del indice de Precios al Consumidor experimentada entre el ultimo dia del mes anterior a aquel en que se haga efectivo el pago. TABLA1 ­ DOCUMENTO DE IDENTIDAD Descripcion Registro Unico de Contribuyentes (RUC) DNI Carnet de Identidad (FFAA y FFPP) Brevete Carnet de Extranjeria u otros.

MORDAZA 1 2 3 4 5

Para realizar consultas vinculadas a la imposicion de la multa o a la ejecucion de la medida complementaria impuesta acerquese a la Sub Gerencia de Fiscalizacion Municipal - 2do. Piso del Palacio Municipal ubicado en la Carretera Central Km. 7.5 ­ Ate o comuniquese a los telefonos: 494 ­ 1424 o 494 - 1438 anexo 262

Para obtener informacion sobre el estado de su deuda: acerquese a la SUBGERENCIA DE RECAUDACION Y CONTROL ubicada en la Municipalidad Distrital de Ate Kilometro 7.5 de la Carretera Central o comuniquese al telefono 494 ­ 1424 anexo 268

LUGARES DE PAGO AUTORIZADOS

261365-1

Aprueban Cuadro para Asignacion de Personal de la Municipalidad Distrital de Ate
ORDENANZA Nº 198-MDA Ate, 24 de septiembre de 2008 EL MORDAZA LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE POR CUANTO: El Concejo Municipal del distrito de Ate, en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 24 de septiembre de 2008; visto el Dictamen N° 009-2008-MDA/CP de la Comision de Planificacion; y,

CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el articulo 194° de la Constitucion Politica del Peru, modificado por la Ley de Reforma Constitucional N° 27680, los Gobiernos Locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, el numeral 32) del articulo 9° de la Ley N° 27972 -Ley Organica de Municipalidades senala que corresponde al Concejo Municipal aprobar el Cuadro para Asignacion de Personal (CAP) y las bases de las pruebas para la Seleccion de Personal y para los Concursos de provision de puestos de trabajo. Que, el Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM aprueba los lineamientos para la elaboracion y aprobacion del Cuadro para Asignacion de Personal (CAP) de las entidades de la Administracion Publica, dispositivo que de conformidad con su articulo 3º es de aplicacion a los Gobiernos Locales.

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