Norma Legal Oficial del día 14 de octubre del año 2008 (14/10/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

El Peruano MORDAZA, martes 14 de octubre de 2008

NORMAS LEGALES
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CONSIDERANDO:

Que, el Instituto Nacional de Innovacion Agraria - INIA, el Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA y el Instituto Nacional de Desarrollo - INADE son Organismos Publicos adscritos al Ministerio de Agricultura, con personeria juridica de derecho publico interno y autonomia tecnica, administrativa, economica y financiera tal como lo establecen sus normas de creacion, Decreto Ley Nº 25902 - Ley Organica del Ministerio de Agricultura, modificada en el caso de la denominacion del INIA, por su Ley de Organizacion y Funciones aprobada por Decreto Legislativo Nº 997, y el Decreto Legislativo Nº 261; Que, la Ley Nº 29158 - Ley Organica del Poder Ejecutivo, clasifica a los Organismos Publicos en Ejecutores y Especializados y senala que, en el caso de los Organismos Publicos Ejecutores, estos podran contar por excepcion con un Consejo Directivo cuando atiendan asuntos de caracter multisectorial y que, en dicho supuesto, dichos colegiados estaran integrados por los representantes de los sectores correspondientes; Que, la citada Ley, en su Tercera Disposicion Transitoria, senala que las Entidades Publicas del Poder Ejecutivo, una vez calificadas, en un plazo no mayor a un (1) ano deberan adecuar sus organizaciones y funciones a lo establecido en la citada Ley; Que, concordante con ello, el articulo 2º del Decreto Supremo Nº 034-2008-PCM, que aprueba la calificacion de los Organismos Publicos de acuerdo a lo dispuesto en la Ley Nº 29158, senala que dentro de un plazo que no excedera de un (1) ano contado desde la fecha de su entrada en vigencia, los Organismos Publicos deberan adecuar sus reglamentos de organizacion y funciones en funcion a la citada calificacion; Que, conforme se aprecia de las competencias definidas por sus normas de creacion, el INADE, el SENASA y el INIA no atienden asuntos de caracter multisectorial y, consecuentemente, en atencion a lo expresamente dispuesto por la Ley Nº 29158 y a lo ordenado por el Decreto Supremo Nº 034-2008-PCM, deben adecuarse a la naturaleza contemplada en dichos dispositivos suprimiendo de sus estructuras organizativas internas sus Consejos Directivos; Que, sin perjuicio de la totalidad de reformas que pudieran efectuarse a las estructuras internas de las entidades, resulta necesario reformular la conformacion de la Alta Direccion del INADE, del SENASA y del INIA con el objeto de optimizar su gestion y fortalecer la marcha institucional dinamizando el desarrollo de las politicas y toma de decisiones de dichas instituciones para la correcta consecucion de sus fines, dando expreso cumplimiento a las normas legales vigentes y en tanto se formulen los instrumentos de gestion necesarios de acuerdo al procedimiento de ley establecido en el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM; Que, estando al contenido del Informe Tecnico Nº 222008-AG-OGPA/OEP de la Oficina General de Planificacion Agraria; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158 - Ley Organica del Poder Ejecutivo, Decreto Legislativo Nº 997 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura, Decreto Supremo Nº 034-2008-PCM y Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1º.- Derogacion Deroganse los articulos 7º, 8º, 9º y 10º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Innovacion Agraria - INIA, aprobado por el Decreto Supremo Nº 031-2005-AG. Articulo 2º.- Modificacion Modificase el inciso a) del articulo 6º, el articulo 11º y el articulo 12º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Innovacion Agraria INIA, aprobado por el Decreto Supremo Nº 031-2005-AG, de acuerdo al siguiente detalle: "Articulo 6º.- Estructura Organica Los organos que componen la estructura organica del INIA son los siguientes: a) ALTA DIRECCION Jefatura Secretaria General (...)"

"Articulo 11º. Jefatura del INIA La Jefatura es el organo de ejecucion de mayor jerarquia del INIA. Tiene como mision ejecutar, cumplir y hacer cumplir las politicas emanadas de la Alta Direccion del Sector, en materia de investigacion, transferencia de tecnologia y extension agraria. Dirige las actividades tecnicas y administrativas del INIA y lo representa ante los organismos publicos y privados, nacionales e internacionales. Esta a cargo de un Jefe." "Articulo 12º.- Funciones del Jefe del INIA Son funciones del Jefe del INIA: a) Ejercer la representacion legal del INIA y la titularidad del Pliego Presupuestal de la Institucion. b) Supervisar la ejecucion de los planes, estrategias, programas, proyectos y presupuestos del INIA. c) Promover el desarrollo de la investigacion, transferencia de tecnologia y extension agraria, en coordinacion con los Organismos Publicos del Sector Agrario, Gobiernos Regionales, Locales y otras instituciones nacionales e internacionales, afines a los temas de su competencia. d) Disponer la ejecucion de planes, programas y proyectos institucionales a propuesta de la Oficina General de Planificacion, en concordancia con las politicas del Sector. e) Implementar, a nivel nacional y regional, mecanismos de coordinacion intersectorial e interinstitucional con las entidades publicas y privadas que ejecutan acciones integradas de extension agraria, con enfoque de sistemas. f) Resolver en MORDAZA y MORDAZA instancia administrativa los asuntos que le corresponda. g) Establecer lineamientos de politica y disenar estrategias, en materia de desarrollo institucional. h) Aprobar y suscribir convenios y contratos que se requieran para el cumplimiento de los fines institucionales. i) Dictar las medidas necesarias para regular el funcionamiento de la Institucion. j) Designar o remover a los titulares de los cargos de confianza de la institucion. k) Designar, remover, MORDAZA y rotar al personal de la Institucion, segun sea el caso, con observancia de los dispositivos legales vigentes." Articulo 3º.- Derogacion Deroganse los articulos 8º, 9º, 10º y 11º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Servicio Nacional de Sanidad Agraria, aprobado por el Decreto Supremo Nº 008-2005-AG. Articulo 4º.- Modificacion Modificase los articulos 7º y 12º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Servicio Nacional de Sanidad Agraria, aprobado por el Decreto Supremo Nº 008-2005-AG, de acuerdo al siguiente detalle: "Articulo 7º.- Estructura La estructura del SENASA es la siguiente: Alta Direccion - Jefatura Nacional - Secretaria Tecnica (...)" "Articulo 12º.- Jefatura Nacional Esta a cargo del Jefe Nacional del SENASA, quien es la MORDAZA autoridad, ejerciendo funciones ejecutivas y administrativas en su calidad de funcionario de mayor jerarquia de la Entidad. Tiene las funciones y atribuciones siguientes: a. Representar legalmente a la Institucion ante las personas naturales o juridicas nacionales o extranjeras, MORDAZA de naturaleza publica o privada. b. Ejercer la titularidad del pliego presupuestal, constituyendose en la MORDAZA autoridad administrativa. c. Disenar la politica institucional para el cumplimiento del mandato y objetivos institucionales, acordes con la politica nacional e internacional en las materias de su competencia. d. Presentar al Titular del Sector los Informes de Gestion con periodicidad bimestral, asi como la memoria institucional anual. e. Aprobar el Plan Estrategico y Programatico del SENASA. f. Aprobar los proyectos de Reglamentos en materias de competencia del SENASA.

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