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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 14 de octubre de 2008 381482 Puno – La Paz - Puno US$ 66.66 x 03 personas Viáticos y Asignaciones US$ 200.00 x 04 días x 06 personas Artículo 3º.- El señor Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y/o término de la comisión, sin exceder el período total establecido. Artículo 4º.- El personal nombrado, deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 6º y artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002 y a la Cuarta Disposición Final del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 modifi cado por el Decreto Supremo Nº 008-2004 DE/SG del 30 de junio de 2004. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a solicitar liberación ni exoneración de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6º.- La presente Resolución será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros ANTERO FLORES ARÁOZ E. Ministro de Defensa 264119-5 Autorizan viaje de oficiales de la Marina de Guerra a Inglaterra para participar en el 101º Período de Sesiones del Consejo de la Organización Marítima Internacional - OMI RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 471-2008-DE/MGP Lima, 13 de octubre de 2008 Visto el Ofi cio P.200-1515 del Director General del Personal de la Marina de fecha 25 de agosto de 2008; CONSIDERANDO: Que, para el 101º Período de Sesiones del Consejo de la Organización Marítima Internacional (OMI), a realizarse en la ciudad de Londres - INGLATERRA, a partir del 8 al 14 de noviembre de 2008, se ha considerado la participación del Director Ejecutivo de la Dirección General de Capitanías y Guardacostas, como Autoridad Marítima Nacional en representación del Estado Peruano; Que, en dicho Período de Sesiones, que es la reunión de más alto nivel de la Organización Marítima Internacional (OMI), se abordarán temas vitales relacionados con la estrategia y planifi cación de la misma, supervisión de resultados y gestión de riesgos, análisis de la estructura fi nanciera y gestión de recursos para su funcionamiento; asimismo, se efectuará la revisión del avance del Plan de Auditorías Voluntarias de los Estados Miembros, revisión de los informes presentados por los Comités de la OMI, entre los que destacan aquellos referidos a la seguridad de la vida humana en el mar (Comité de Seguridad) y aquellos relativos a la prevención de la contaminación (Comité de Protección del Medio Marino); así como los avances en la ratifi cación o adhesión de los Convenios Internacionales (Comité Jurídico); Que, mediante Resolución Suprema Nº 044-2008-DE/ SG de fecha 11 de febrero de 2008, se aprobó el Plan Anual de Viajes al Extranjero del Sector Defensa Año 2008; Que, mediante Resolución Suprema Nº 252-2008-DE/ MGP de fecha 15 de julio de 2008, se resolvió excluir e incluir diversos cursos y comisiones de servicio del citado Plan Anual de Viajes al Extranjero, considerándose entre otros la inclusión en el Rubro VII: Representación Nacional en Organismos Internacionales, la participación en el 101º Período de Sesiones del Consejo de la Organización Marítima Internacional (OMI), cuyo costo total para su realización resulta inferior en términos globales al costo total de los cursos y viajes excluidos; Que, en este orden de ideas es conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Contralmirante César Eduardo Joaquín PRADA Ugás, Director Ejecutivo de la Dirección General de Capitanías y Guardacostas, para participar en el 101º Período de Sesiones del Consejo de la Organización Marítima Internacional (OMI), a realizarse en la ciudad de Londres - INGLATERRA, a partir del 8 al 14 de noviembre de 2008; por cuanto los conocimientos y experiencias a adquirirse redundarán en benefi cio de la Seguridad Nacional, dentro del ámbito de competencia de la Marina de Guerra del Perú; De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, Ley Nº 29075 - Ley que establece la Naturaleza Jurídica, Función, Competencias y Estructura Orgánica Básica del Ministerio de Defensa, Ley Nº 29142 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002 y Cuarta Disposición Final del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004, modifi cado con Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/SG de fecha 30 de junio de 2004; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Contralmirante César Eduardo Joaquín PRADA Ugás, CIP 00754754, DNI 44890261, Director Ejecutivo de la Dirección General de Capitanías y Guardacostas, para participar en el 101º Período de Sesiones del Consejo de la Organización Marítima Internacional (OMI), a realizarse en la ciudad de Londres - INGLATERRA, a partir del 8 al 14 de noviembre de 2008. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasaje: Lima - Londres (INGLATERRA) - Lima US$ 2,443.00 x 1 persona (Ida y Retorno) Viáticos: US$ 260.00 x 7 días x 1 persona Tarifa Única de Uso de Aeropuerto: US$ 30.25 x 1 persona Artículo 3º.- Facultar al Ministro de Defensa para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el Artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados. Artículo 4º.- El citado Ofi cial Almirante deberá cumplir con lo dispuesto en el Artículo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002 y Cuarta Disposición Final del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004, modifi cado con Decreto Supremo Nº 008- 2004-DE/SG de fecha 30 de junio de 2004. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros ANTERO FLORES ARÁOZ E. Ministro de Defensa 264119-6Descargado desde www.elperuano.com.pe