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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 14 de octubre de 2008 381478 g. Proponer las modifi caciones al Reglamento de Organización y Funciones, aprobar la política de recursos humanos, el programa anual de autorización a terceros, la adecuación de los ámbitos geográfi cos de los Órganos Desconcentrados y proponer la creación de Órganos Consultivos. h. Aprobar el Plan Operativo Anual.i. Dirigir y supervisar el cumplimiento de los objetivos y actividades del SENASA. j. Aprobar la celebración de convenios, acuerdos y contratos que se requieran para el cumplimiento de los fi nes institucionales, pudiendo delegar facultades. k. Emitir Resoluciones Jefaturales en asuntos de su competencia, pudiendo delegar facultades. l. Designar a los Directores Generales y Directores Ejecutivos de los Órganos Desconcentrados. m. Aprobar el Manual de Organización y Funciones, el Presupuesto Analítico de Personal y el Reglamento Interno de Trabajo del SENASA. n. Dirigir y supervisar las negociaciones en el ámbito de las competencias del SENASA. o. Delegar las facultades que considere pertinente para el mejor desempeño institucional, salvo aquellas que se encuentran restringidas al Titular del Pliego y a la máxima autoridad administrativa. p. Las demás que le asigne el Titular del Sector y las que le correspondan de acuerdo a las disposiciones legales vigentes.” Artículo 5º.- Modifi cación de los Reglamentos de Organización y Funciones Disponer que el Instituto Nacional de Innovación Agraria - INIA, el Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA y el Instituto Nacional de Desarrollo - INADE, formulen la propuesta técnica de modifi cación de sus Reglamentos de Organización y Funciones aprobados mediante Decretos Supremos Nºs. 031-2005-AG, 008-2005-AG y 017-93-PRES complementado por el Decreto Supremo Nº 003-2003-VIVIENDA, respectivamente, en atención a lo dispuesto en la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el presente Decreto Supremo y con observancia del procedimiento establecido en el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM. Artículo 6º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Agricultura. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los trece días del mes de octubre del año dos mil ocho. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República ISMAEL BENAVIDES FERREYROS Ministro de Agricultura 264119-1 Aprueban la Primera Addenda a la Carta de Entendimiento suscrita entre el Ministerio y el IICA para viabilizar el diseño e implementación del Observatorio Peruano de Cadenas Agroproductivas y Territorios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 058-2008-AG Lima, 13 de octubre de 2008 VISTOS: El Ofi cio Nº 2585-2008-AG-OGPA-DG del Director General de la Ofi cina General de Planifi cación Agraria y el Informe Nº 024-2008-AG-OPRE/OGPA del Director de la Ofi cina de Presupuesto; y, CONSIDERANDO:Que, con fecha 04 de octubre del año 2006 el Instituto Interamericano de Cooperación para la Agricultura - IICA suscribió un Acuerdo Marco de Cooperación Técnica, fi jando las bases y lineamientos a través de los cuales el IICA contribuirá con el Ministerio de Agricultura - MINAG, para promover el mejoramiento de la agricultura y el desarrollo rural, en el marco de sus dimensiones de acción y competencias de cooperación siguientes: i) comercio y competitividad de agro negocios; ii) fortalecimiento de comunidades rurales con enfoque territorial; iii) reposicionamiento y modernización de la agricultura; iv) sanidad agropecuaria e inocuidad de los alimentos; v) gestión ambiental y de recursos naturales; y vi) promoción de tecnología e innovación en la agricultura; Que, mediante Resolución Suprema Nº 014-2006- AG de fecha 16 de mayo de 2006, se aprobó la Carta de Entendimiento entre el MINAG y el IICA para viabilizar el diseño e implementación del Observatorio Peruano de Cadenas Agroproductivas y Territorios como instrumento que permitirá contribuir a que el sector público cuente con información, herramientas y mecanismos para orientar y apoyar su relación con el sector privado, en el marco de acuerdos de competitividad; Que, con el objeto de modifi car algunos componentes de la Carta mencionada en el párrafo presente, entre ellos aumentar su presupuesto a Un Millón Quinientos Mil y 00/100 Nuevos Soles (S/. 1 500 000.00) se emitió una nueva Carta de Entendimiento la misma que fue aprobada mediante Resolución Suprema Nº 037-2006-AG de fecha 20 de octubre de 2006, derogándose la Resolución Suprema Nº 014-2006-AG; Que, mediante Ofi cio Nº 2585-2008-AG-OGPA-DG de fecha 1 de octubre de 2008, el Director General de la Ofi cina General de Planifi cación Agraria, remite el Informe Nº 024-2008-AG-OPRE/OGPA del Director de la Ofi cina de Presupuesto que sustenta las ventajas y benefi cios que involucran la celebración de una nueva addenda con el IICA; Que, mediante Informe Nº 024-2008-AG-OPRE/OGPA de fecha 01 de octubre de 2008, el Director de la Ofi cina de Presupuesto concluye que es procedente la suscripción de la Primera Addenda a la Carta de Entendimiento entre el MINAG y el IICA para prorrogar la vigencia, reemplazar a la contraparte técnica colegiada y establecer mecanismos de liquidación, entre otros; Que, por tanto resulta necesario modifi car la Carta de Entendimiento suscrita entre el MINAG y el IICA, aprobada por la Resolución Suprema Nº 037-2006-AG, citada en el tercer considerando, de tal forma que se puedan cumplir los objetivos propuestos; Que, mediante la Vigésima Novena Disposición Final de la Ley Nº 29142 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, se ha autorizado a las Entidades del Gobierno Nacional, durante los Años Fiscales 2007 y 2008, a suscribir addendas para la ampliación o modifi cación de los Convenios de Administración de Recursos, Costos Compartidos u otras modalidades similares con Organismos Internacionales, para encargarles la administración de recursos; De conformidad, con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 997 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, el Decreto Supremo Nº 017-2001-AG – Reglamento de Organización y Funciones de Ministerio de Agricultura y la Vigésima Novena Disposición Final de la Ley Nº 29142 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008; SE RESUELVE Artículo 1º.- Aprobar la Primera Addenda a la Carta de Entendimiento suscrita entre el Ministerio de Agricultura – MINAG y el Instituto Interamericano de Cooperación para la Agricultura – IICA, para viabilizar el diseño e implementación del Observatorio Peruano de Cadenas Agroproductivas y Territorios como instrumento que permitirá contribuir a que el sector público cuente con información, herramientas y mecanismos para orientar y apoyar su relación con el sector privado, en el marco de acuerdos de competitividad aprobada por Resolución Suprema Nº 037-2006-AG. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Agricultura. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República ISMAEL BENAVIDES FERREYROS Ministro de Agricultura 264119-4Descargado desde www.elperuano.com.pe