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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 14 de octubre de 2008 381483 Autorizan viaje de oficiales de la FAP a EE.UU., en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 472-2008-DE/FAP Lima, 13 de octubre de 2008 Vista la Papeleta de Trámite Nº 3326-SGFA de fecha 05 de agosto de 2008, del Secretario General de la Fuerza Aérea del Perú; CONSIDERANDO: Que, es conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio a los Estados Unidos de América, del 16 al 21 de noviembre de 2008, al Coronel FAP FRANCO ESPINOZA Rolando Juan y al Mayor FAP GOTTFRIED YAÑEZ Hans Erick, para que participen como integrantes de la Delegación Peruana en el Comité A-III Operaciones, programado por el Sistema de Cooperación entre las Fuerzas Aéreas Americanas (SICOFAA), a realizarse en la ciudad de Tucson, Arizona; por cuanto los conocimientos y experiencias a adquirirse redundarán en benefi cio de la Seguridad Nacional, dentro del ámbito de competencia de la Fuerza Aérea del Perú; Que, el viaje del citado personal, se encuentra incluido en el Plan Anual de Viajes 2008, del Ministerio de Defensa, Prioridad I, en el rubro 5.- Medidas de Confi anza Mutua, en el ítem 114, aprobado con Resolución Suprema Nº 044- 2008-DE/SG del 11 de febrero de 2008 y sus modifi catorias; y, De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, Ley Nº 29075 - Ley que Establece la Naturaleza Jurídica, Función, Competencias y Estructura Orgánica Básica del Ministerio de Defensa, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002, Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y su modifi catoria el Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/SG del 30 de junio de 2004 y Ley Nº 29142 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio a los Estados Unidos de América, del 16 al 21 de noviembre de 2008, al Coronel FAP FRANCO ESPINOZA Rolando Juan y al Mayor FAP GOTTFRIED YAÑEZ Hans Erick, para que participen como integrantes de la Delegación Peruana en el Comité A-III Operaciones, programado por el Sistema de Cooperación entre las Fuerzas Aéreas Americanas (SICOFAA), a realizarse en la ciudad de Tucson, Arizona. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aérea del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes: Lima, Tucson, Lima US$ 737.82 x 02 Personas Viáticos: US$ 220 x 06 días x 02 Ofi ciales Tarifa Única de Uso de Aeropuerto: US$ 30,25 x 02 Personas Artículo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la comisión, sin exceder el total de días autorizados. Artículo 4º.- El citado personal deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 6º y 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002 y la Cuarta Disposición Final del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y su modifi catoria el Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/SG del 30 de junio de 2004. Artículo 5º.- La presente Resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.Artículo 6º.- La presente Resolución será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros ANTERO FLORES ARÁOZ E. Ministro de Defensa 264119-7 Reconocen permanencia de oficial del Ejército y acompañante en EE.UU. para seguir tratamiento médico altamente especializado RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 473-2008-DE/EP/S-1.a/1 Lima, 13 de octubre de 2008 Visto, los antecedentes administrativos de gestión anticipada de permanencia del señor Gral Brig (F) Juan Rafael ZEBALLOS PORTUGAL, con acompañante a fi n de continuar su tratamiento médico altamente especializado en el MD ANDERSON TUMOR INSTITUTE DE HOUSTON TEXAS - Estados Unidos de América. CONSIDERANDO:Que, por Resolución Suprema Nº 185-2005 DE/ EP/SDAPE/INF-1 de 21 de marzo de 2005, se resolvió autorizar al señor Gral Brig Juan Rafael ZEBALLOS PORTUGAL, a viajar al exterior con acompañante, a fi n de recibir Tratamiento Médico Altamente Especializado en el MD ANDERSON TUMOR INSTITUTE DE HOUSTON TEXAS - Estados Unidos de América, por el período de treinta (30) días, a partir del 15 de marzo de 2005; Que, con el Ofi cio Nº 27 Q - 14.c/6/15.07.01 del 15 de junio de 2005, el señor General de Brigada Director de Salud del Ejército, comunica la modifi cación de la fecha de inicio de viaje del señor Gral Brig Juan Rafael ZEBALLOS PORTUGAL, a partir del 11 de abril de 2005; Que, mediante Fax Nº 047 AM-4/02.00 del 21 de junio de 2005, el Agregado Militar del Perú en los Estados Unidos de América, comunicó a la Dirección de Salud del Ejército, que el señor Gral Brig Juan Rafael ZEBALLOS PORTUGAL, solicitó su alta voluntaria del MD ANDERSON TUMOR INSTITUTE DE HOUSTON TEXAS, el día 17 de junio de 2005; Que, mediante Hoja de Recomendación Nº 045-2006- DP/SDAPE/INF-6 de junio de 2006, el señor General de Ejército Comandante General del Ejército, aprueba autorizar el trámite de la Resolución Suprema, que amplíe la permanencia del Gral Brig. ZEBALLOS PORTUGAL Juan Rafael, con acompañante en el MD ANDERSON TUMOR INSTITUTE DE HOUSTON TEXAS, del 11 de mayo al 17 junio de 2005; y aprobar los gastos que demanda la ampliación de la permanencia, para su pago como devengado; Que, encontrándose acreditado que el nombrado Ofi cial General conjuntamente con su acompañante, su cónyuge la Sra. María Elena GARCIA ROMERO con DNI Nº 07355418, permaneció en los Estados Unidos de América, siguiendo su Tratamiento Médico Altamente Especializado en el MD ANDERSON TUMOR INSTITUTE DE HOUSTON TEXAS, hasta el 17 de junio de 2005, al amparo de lo dispuesto en el numeral 17.1 del Artículo 17 de la Ley Nº 27444 “Ley del Procedimiento Administrativo General”, es procedente con Efi cacia Anticipada, ampliar su permanencia en dicha ciudad por el período que se menciona en el considerando precedente; Que, de conformidad con el numeral 17.1 del Artículo 17º de la Ley Nº 27444, “Ley del Procedimiento Administrativo General”, establece que la autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo, que tenga efi cacia anticipada a su emisión, solo si fuera más favorables a los administrados, Descargado desde www.elperuano.com.pe