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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE OCTUBRE DEL AÑO 2008 (30/10/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 4

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 30 de octubre de 2008 382430 III. BASE LEGAL 3.1 Constitución Política del Perú. 3.2 Ley Nº 28044: Ley General de Educación.3.3 D.S. Nº 006-2006-ED Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación. 3.4 D.S. Nº 021-2007-ED: Declaran de preferente interés sectorial para el Ministerio de Educación la permanente implementación y ejecución de la evaluación del sistema educativo. 3.5 D.S. Nº 015-2008-ED: Autorizan al Ministerio de Educación disponer la implementación y ejecución de las evaluaciones del sistema educativo. 3.6 R.M. Nº 0335-2008-ED: Disponen la implementación y ejecución de la evaluación censal de estudiantes del segundo y del cuarto grado de educación primaria, de conformidad con el D.S. Nº 021-2007-ED en el presente ejercicio fi scal. IV. PROCEDIMIENTOS Y RESPONSABILIDADES4.1. DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN4.1.1 La Secretaría de Planifi cación Estratégica con la participación del Viceministerio de Gestión Pedagógica y Viceministerio de Gestión Institucional, es responsable de planifi car, organizar y supervisar la ejecución de la evaluación de los estudiantes del segundo grado de primaria de Educación Básica Regular y de los estudiantes de cuarto grado de primaria de las IE que aplican el Programa de EIB. 4.1.2 Garantiza la provisión de los recursos fi nancieros para la ejecución de la presente actividad. 4.1.3 Supervisa, en coordinación con las Direcciones Regionales de Educación y las Unidades de Gestión Educativa Local, los procesos de la ECE 2008, con especial énfasis en la seguridad y confi dencialidad de los instrumentos antes, durante y después de la evaluación, en el ámbito nacional, y en la capacitación a los aplicadores. 4.2 DE LAS DIRECCIONES REGIONALES DE EDUCACIÓN 4.2.1 Las Direcciones Regionales de Educación son responsables de garantizar la aplicación de la ECE 2008, en su ámbito jurisdiccional, debiendo informar permanentemente al Ministerio de Educación - Secretaría de Planifi cación Estratégica, la ejecución de los procesos de la ECE 2008. 4.2.2 Prestan el apoyo logístico y la asistencia técnica requerida por el Operador Logístico (Instituto Nacional de Estadística e Informática, INEI), de acuerdo con sus funciones y competencia. 4.2.3 Coordinan con los Directores de las Unidades de Gestión Educativa Local de su jurisdicción las acciones que permitan desarrollar con éxito estas actividades. 4.2.4 Establecen y ponen en ejecución estrategias pertinentes de difusión para comunicar a los Directores, Docentes y Padres de Familia los objetivos y fechas de la ECE 2008, en el ámbito de su jurisdicción. 4.2.5 Establecen permanente relación con el Coordinador Regional del Operador Logístico, y apoyan a éste en la adopción de medidas de seguridad y confi dencialidad de los instrumentos que se aplicarán en su ámbito. 4.2.6 Monitorean la capacitación que realice el Operador Logístico, dirigido a los supervisores de sede. 4.2.7 Monitorean, en coordinación con las Unidades de Gestión Educativa Local, la aplicación de la ECE 2008, apoyando las acciones necesarias para dar seguridad y garantizar la confi dencialidad de los instrumentos antes, durante y después de la evaluación, en el ámbito de su Región. 4.3 DIRECTORES DE LAS UNIDADES DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL – UGEL 4.3.1 Las Unidades de Gestión Educativa Local son responsables de garantizar la aplicación de la ECE 2008, en su ámbito jurisdiccional, debiendo informar permanentemente a la Dirección Regional de Educación correspondiente, la ejecución de los procesos de la evaluación. 4.3.2 Establecen y ponen en ejecución estrategias pertinentes de difusión para comunicar a los Directores, Docentes y Padres de Familia los objetivos y fechas de la ECE 2008, en el ámbito de su jurisdicción.4.3.3 Emiten las normas necesarias para que los estudiantes de todas las secciones del segundo grado de primaria de las IE públicas y privadas, así como aquellos que serán evaluados en cuarto grado de primaria de las IE de EIB asistan en el turno que les corresponde, los días de la aplicación de la ECE 2008. 4.3.4 Prestan el apoyo logístico y la asistencia técnica requerida por el Operador Logístico, de acuerdo con sus funciones y competencia, sobre todo en lo referente a la ubicación de las IE a evaluar. 4.3.5 Monitorean la capacitación que realicen los supervisores de sede del Operador Logístico, dirigida a los aplicadores de cada una de las secciones del segundo grado de primaria de cada IE y de las secciones de cuarto grado de las IE de EIB. 4.3.6 Supervisan que los directores de las IE presten todas las facilidades a los aplicadores del Operador Logístico, para la evaluación de todas las secciones de estudiantes del segundo grado de Educación Básica Regular y de los estudiantes de cuarto grado de primaria que asisten a IE de EIB. 4.3.7 Establecen permanente comunicación con el coordinador de sede UGEL del Operador Logístico, responsable de la aplicación de los instrumentos de evaluación de estudiantes en el ámbito de la UGEL. 4.3.8 Coordinan con los directores de las IE de su ámbito las acciones que contribuirán al logro de los objetivos de esta actividad. 4.3.9 Resuelven con el coordinador del Operador Logístico, las situaciones no previstas en la presente norma. 4.3.10 Informan permanentemente a la DRE las acciones que están desarrollando, hasta la fi nalización de la actividad. 4.4. DIRECTORES DE LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS 4.4.1 Coordinan con los representantes del Operador Logístico, la aplicación de la ECE 2008 en todas las secciones de segundo grado de primaria de las IE de Educación Básica Regular o de cuarto grado de primaria, para el caso de IE que aplican el Programa de EIB. 4.4.2 Coordinan con los docentes la asistencia de todos los estudiantes de todas las secciones del segundo grado de primaria o de cuarto grado de primaria, para el caso de los estudiantes que asisten a IE de EIB, los dos días de la aplicación de la evaluación. 4.4.3 Informan a los estudiantes de segundo grado de primaria o de cuarto grado de primaria, para el caso de los estudiantes que asisten a IE de EIB, y a sus respectivos padres de familia las fechas de la ECE 2008. 4.4.4 Entregan al aplicador de cada sección la Nómina de Matrícula de estudiantes del segundo grado de primaria o de cuarto grado de primaria, según corresponda. 4.4.5 Brindan todas las facilidades para la aplicación de todos los instrumentos de evaluación de los estudiantes del segundo grado de primaria o de cuarto grado de primaria, según corresponda, y de acuerdo al Manual de Aplicación de la ECE 2008. 270925-1 ENERGIA Y MINAS Otorgan concesión temporal a favor de Trevali Perú S.A.C. para desarrollar estudios a nivel de factibilidad relacionados con la actividad de transmisión de energía eléctrica RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 496-2008-MEM/DM Lima, 21 de octubre de 2008 VISTO: El Expediente Nº 24164108, sobre otorgamiento de concesión temporal para desarrollar estudios relacionados con la transmisión de energía eléctrica, de acuerdo con el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, presentado por TREVALI PERÚ S.A.C., persona Descargado desde www.elperuano.com.pe