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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 30 de octubre de 2008 382435 Valverde, en el cargo de Director General de la Dirección General de Infraestructura, Equipamiento y Mantenimiento del Ministerio de Salud; Que, por convenir al servicio resulta conveniente aceptar la renuncia formulada, dando término a la designación antes citada y encargar las funciones de la precitada Dirección General a la arquitecta Elsa Gabriela Niño de Guzmán Chimpecam, en adición a sus funciones de Asesor II del Despacho Viceministerial de Salud; Con las visaciones del Director General de la Ofi cina General de Gestión de Recursos Humanos, de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo previsto en el Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Ley Nº 29142, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008 y Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aceptar la renuncia formulada por el ingeniero Luis Enrique SIFUENTES VALVERDE, al cargo de Director General, Nivel F-5, de la Dirección General de Infraestructura, Equipamiento y Mantenimiento del Ministerio de Salud, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Encargar a la arquitecta Elsa Gabriela NIÑO DE GUZMÁN CHIMPECAM, las funciones de Director General, Nivel F-5, de la Dirección General de Infraestructura, Equipamiento y Mantenimiento del Ministerio de Salud, en adición a sus funciones, en tanto se designe al titular. Regístrese, comuníquese y publíqueseOSCAR RAÚL UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud 271483-2 TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO Aceptan renuncia de Asesora de la Secretaría General del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 340-2008-TR Lima, 29 de octubre de 2008 VISTO: La carta de fecha 29 de octubre de 2008 de la abogada Giuliana Rocío Grimaldo Ugarriza; y, CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Ministerial Nº 066-2008- TR de 29 de febrero de 2008, se designó a la abogada Giuliana Rocío Grimaldo Ugarriza en el cargo de Asesor II (F-5) de la Secretaría General del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que mediante documento de visto la citada funcionaria ha formulado renuncia al cargo; Que es necesario expedir el acto administrativo correspondiente mediante el cual se acepte la renuncia presentada por la referida funcionaria; Con la visación del Director General de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con el artículo 25º inciso 8 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el artículo 8º de la Ley Nº 27711, Ley del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y el inciso d) del artículo 12º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Resolución Ministerial Nº 173-2002-TR y sus modifi catorias;SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aceptar, a partir de la fecha, la renuncia formulada por la abogada GIULIANA ROCÍO GRIMALDO UGARRIZA, al cargo de Asesora II (F5) de la Secretaría General del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE ELISBAN VILLASANTE ARANÍBAR Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 271157-1 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Autorizan a la empresa Vasvedol S.R.L. a operar taller de conversión a gas natural vehicular en el distrito de San Juan de Lurigancho, provincia de Lima RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 10682-2008-MTC/15 Lima, 15 de octubre de 2008 VISTOS:Los Partes Diarios registrados con Nºs. 094454 y 102759 presentados por VASVEDOL S.R.L., mediante los cuales solicita autorización como Taller de Conversión a GNV para realizar la conversión del sistema de combustión de los vehículos a GNV, para cuyo efecto dispone de personal técnico capacitado, instalaciones, equipos y herramientas para la instalación, mantenimiento y reparación de los equipos de conversión, con el propósito de asegurar que éste cumpla con las exigencias técnicas establecidas en el Reglamento Nacional de Vehículos, normas conexas y complementarias, así como en la normativa vigente en materia de límites máximos permisibles. CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC, modifi cado por los Decretos Supremos Nºs. 005-2004-MTC, 014-2004-MTC, 035-2004-MTC y 002-2005-MTC, 017-2005-MTC, 012-2006-MTC, 023-2006-MTC, 037-2006-MTC y 006-2008-MTC, se aprobó el Reglamento Nacional de Vehículos, el mismo que tiene como objeto establecer los requisitos y características técnicas que deben cumplir los vehículos para que ingresen, se registren, transiten, operen y se retiren del sistema nacional de transporte terrestre; Que, el artículo 29º del citado Reglamento establece el marco normativo que regula las conversiones de los vehículos originalmente diseñados para combustión de combustibles líquidos con la fi nalidad de instalar en ellos el equipamiento que permita su combustión a Gas Natural Vehicular (GNV), a fi n de que éstas se realicen con las máximas garantías de seguridad, por talleres debidamente califi cados y utilizando materiales de la mejor calidad, previniendo de este modo la ocurrencia de accidentes a causa del riesgo que implica su utilización sin control; Que, mediante Resolución Directoral Nº 3990-2005- MTC/15, se aprobó la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 modifi cada por las Resoluciones Directorales Nºs. 7150-2006-MTC/15 y 4284-2008-MTC/15, la misma que regula el régimen de autorización y funcionamiento de los Talleres de Conversión a GNV y establece las condiciones para operar como tal y los requisitos documentales para solicitar una autorización como Taller de Conversión a GNV ante la Dirección General de Circulación Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, del análisis de los documentos presentados por VASVEDOL S.R.L., se advierte que se ha dado cumplimiento a los requisitos documentales para solicitar autorización como Taller de Conversión a GNV establecidos Descargado desde www.elperuano.com.pe