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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 30 de octubre de 2008 382442 que fueron corroborados durante la entrevista personal, en la que el magistrado tuvo la oportunidad de referirse e intercambiar opiniones respecto a dichas resoluciones, desenvolviéndose adecuadamente y fundamentándose con criterios jurídicos acordes a su nivel y especialidad, siendo el caso que en el mismo acto, al ser consultado sobre las resoluciones que habían sido califi cadas como defi cientes, discrepó con dicha opinión, defendiendo convincentemente las decisiones a las que arribó en dichos procesos sustentando su posición en forma clara y razonable, absolviendo satisfactoriamente las interrogantes que se le plantearon en ese sentido. Décimo Sétimo: Que, respecto a la capacitación se ha podido establecer que el doctor Marroquín Mogrovejo es un magistrado que, durante el periodo de evaluación, registra constancias de asistencias a cursos de especialización, diplomados, conferencias, seminarios y otros en un promedio aproximado de cuatro participaciones por año, a lo que se debe agregar su asistencia a seis cursos organizados por la Academia de la Magistratura, lo cual se encuentra dentro de un nivel aceptable. Además, es egresado de la maestría en Derecho Civil de la Universidad Católica Santa María de Arequipa y acredita haber ejercido docencia universitaria en la Universidad Andina “Néstor Cáceres Velásquez” y en la Universidad Nacional del Altiplano, respetando las horas establecidas por ley. Asimismo, registra estudios del idioma inglés y de informática. Todo lo referido evidencia un buen nivel de preparación y actualización, así como preocupación académica e intelectual, aspecto que también ha sido corroborado a través de la entrevista personal realizada por el Pleno del Consejo en sesión pública del 2 de setiembre del año en curso, contestando con seguridad y en forma acertada las preguntas realizadas sobre temas jurídicos acordes con su función y especialidad, demostrando conocimiento de dichas materias. De otro lado, el magistrado evaluado es autor de dos artículos publicados en el diario “El Pueblo” de Arequipa denominados “Plan de Aseo con Pedagogía Social” y “El Medio Ambiente y la Necesidad de Protegerlo”, los mismos que fueron objeto de diversas preguntas y comentarios durante la entrevista personal, demostrando conocimiento y solvencia sobre los temas tratados en sus escritos, además de mostrar interés y preocupación por el desarrollo y el bienestar social. Igualmente, durante la entrevista realizada se le preguntó sobre aspectos de la problemática del servicio de justicia y su reforma, demostrando un conocimiento crítico del sistema de justicia y capacidad para identifi car problemas concretos del mismo, compartiendo algunas refl exiones para su mejoramiento referidas a la comunicación que deben tener los magistrados con la sociedad y el liderazgo que también deben mostrar tanto fuera como dentro de su entorno funcional. Décimo Octavo: Que, de lo actuado en el proceso de evaluación y ratifi cación ha quedado establecido que el doctor Nimer Roberto Marroquín Mogrovejo, durante el período sujeto a evaluación, ha satisfecho las exigencias de conducta e idoneidad acordes con la delicada función de impartir justicia, situación que se acredita con el hecho de no registrar antecedentes policiales judiciales ni penales, las medidas disciplinarias que registra son sanciones menores en asuntos jurisdiccionales no graves, las quejas formuladas ante la OCMA se encuentran archivadas y no ha tenido cuestionamiento alguno por participación ciudadana durante la presente evaluación. Respecto a su patrimonio, no se ha encontrado un incremento sustancial o injustifi cado del mismo y dicho patrimonio ha sido declarado oportunamente ante su institución. Asimismo, demuestra sólidos conocimientos jurídicos evidenciados en su asistencia a cursos de capacitación, la calidad de sus resoluciones y en su buen desempeño durante la entrevista personal, mostrando no sólo solvencia jurídica sino también preocupación social y conocimiento de la problemática judicial. Décimo Noveno: Que, este Consejo también tiene presente el examen psicométrico (psiquiátrico y psicológico) practicado al magistrado evaluado, cuyas conclusiones le son favorables, pero que no se hacen de conocimiento público por constituir información reservada en atención a lo dispuesto por el artículo 2°, inciso 5, de la Constitución Política del Perú y el artículo 21° del Reglamento de Evaluación y Ratifi cación vigente. Vigésimo: Que, por todo lo expuesto, tomando en cuenta únicamente aquellos elementos objetivos ya glosados para el proceso de evaluación y ratifi cación que nos ocupa, se ha determinado la convicción unánime del Pleno del Consejo Nacional de la Magistratura en el sentido de renovar la confi anza al magistrado evaluado. En consecuencia, el Consejo Nacional de la Magistratura en cumplimiento de sus funciones constitucionales, de conformidad con el inciso 2 del artículo 154° de la Constitución Política del Perú, artículo 21° inciso b) y artículo 37° inciso b) de la Ley 26397, Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura, y artículo 29° del Reglamento del Proceso de Evaluación y Ratifi cación de Jueces del Poder Judicial y Fiscales del Ministerio Público, aprobado por Resolución N° 1019-2005-CNM, y al acuerdo unánime adoptado por los señores Consejeros intervinientes en sesión del 18 de setiembre de 2008; SE RESUELVE:Primero: Renovar la confi anza al doctor Nimer Roberto Marroquín Mogrovejo y, en consecuencia, ratifi carlo en el cargo de Vocal de la Corte Superior de Justicia de Arequipa. Segundo: Notifíquese personalmente al magistrado ratifi cado y remítase copia certifi cada al señor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República, de conformidad con el artículo trigésimo segundo del Reglamento del Proceso de Evaluación y Ratifi cación de jueces del Poder Judicial y fi scales del Ministerio Público, y a la Ofi cina de Registro de Jueces y Fiscales del Consejo Nacional de la Magistratura para los fi nes consiguientes. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.LUIS EDMUNDO PELÁEZ BARDALESFRANCISCO DELGADO DE LA FLOR BADARACCOANÍBAL TORRES VÁSQUEZEFRAÍN ANAYA CÁRDENASMAXIMILIANO CARDENAS DIAZCARLOS ARTURO MANSILLA GARDELLA 270189-2 Ratifican en el cargo a Vocal Superior del Distrito Judicial de Cusco RESOLUCIÓN DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA N° 130-2008-PCNM Lima, 18 de setiembre del 2008 VISTO:El expediente de evaluación y ratifi cación del doctor OCTAVIO CONCHA MORA, Vocal Superior del Distrito Judicial de Cusco; y, CONSIDERANDO: Primero: Que, el doctor Octavio Concha Mora fue nombrado Vocal Superior del Distrito Judicial de Cusco mediante Resolución N° 021-96-CNM del Consejo Nacional de la Magistratura, habiendo prestado juramento el 06 de febrero de 1996; Segundo: Que, por Acuerdo del Pleno del Consejo Nacional de la Magistratura materializado en la Resolución N° 388-2003-CNM de 03 de setiembre de 2003, se resolvió no ratifi car en el cargo, entre otros, al doctor Octavio Concha Mora; Tercero: Que, posteriormente en mérito al Acuerdo de Solución Amistosa suscrito por el Estado peruano con magistrados no ratifi cados, por Resolución N° 124-2007-CNM de 20 de abril de 2007 el Consejo Nacional de la Magistratura procedió a rehabilitar el título de nombramiento del doctor Octavio Concha Mora, siendo reincorporado por Resolución N° 135-2007-P-CSJCU-PJ de 26 de abril de 2007; Cuarto: Que, en tal sentido corresponde al Consejo Nacional de la Magistratura comprender en un nuevo proceso de evaluación y ratifi cación al referido magistrado, Descargado desde www.elperuano.com.pe