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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2008 (04/09/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 40

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 4 de setiembre de 2008 379194 SE RESUELVE: Artículo Primero.- DECLARAR en situación de desabastecimiento inminente del Agua Potable al Distrito de Juanjuí-Provincia de Mariscal Cáceres, en tanto la carencia de este servicio básico podría generar enfermedades en la población adulta y niñez. Artículo Segundo.- EXONÉRESE del proceso de Selección la Adquisición y Contrataciones de bienes y servicios. Artículo Tercero.- PUBLÍQUESE el presente acto administrativo. Regístrese, comuníquese, archívese.CÉSAR VILLANUEVA ARÉVALO Presidente Regional 246850-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE BREÑA Declaran en situación de desabastecimiento inminente la adquisición de leche fresca para el Programa del Vaso de Leche del distrito de Breña ACUERDO DE CONCEJO Nº 295-2008/MDB Breña, 25 de agosto del 2008EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BREÑA VISTO: En sesión Ordinaria de Concejo de fecha 25 de agosto de 2008, Informe Nº 214-2008-PVL/MDB, Informe Nº 217-2008-SGLOG-GAF/MDB, Informe Nº 218-2008-SGLOG-GAF/MDB, Informe Nº 222-2008-GPP/MDB, Informe Nº 039-2008-GAF/MDB, Informe Nº 709-2008-GAJ/MDB, Informe Nº 032-2008-GM/MDB referido a Situación de Desabastecimiento Inminente de Adquisición de Leche Fresca UHT. CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, conforme a la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680 establece que las Municipalidades Provinciales, Distritales y las delegadas conforme a Ley, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Corresponde al Concejo las funciones normativas y fi scalizadoras y a la Alcaldía las funciones ejecutivas; Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 477-2007- MDB de fecha 14 de diciembre de 2007, se aprobó el Presupuesto Institucional de la Municipalidad de Breña para el año fi scal 2008, modifi cado por Acuerdo de Concejo Nº 104-2008/MDB de fecha 14 de abril del 2008; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 023- 2008-DA/MDB de fecha 11 de enero del 2008 se aprobó el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Municipalidad de Breña para el ejercicio fi scal 2008 modifi cada por Resolución de Gerencia Municipal Nº 043-2008-GM/MDB, de fecha 08 de febrero del 2008, Resolución de Gerencia Municipal Nº 066-2008-GM/MDB de fecha 14 de febrero del 2008, Resolución de Gerencia Municipal Nº 069-2008-GM/MDB de fecha 15 de febrero del 2008, Resolución de Gerencia Municipal Nº 112-2008-GM/MDB, de fecha 13 de marzo del 2008, Resolución de Gerencia Municipal Nº 126-2008-GM/MDB de fecha 18 de marzo del 2008, Resolución de Gerencia Municipal Nº 136-2008-GM/MDB de fecha 24 de marzo del 2008, Resolución de Gerencia Municipal Nº 237-2008-GM/MDB, de fecha 15 de abril del 2008, Resolución de Gerencia Municipal Nº 249-2008-GM/MDB de fecha 23 de abril del 2008, Resolución de Gerencia Municipal Nº 320-2008-GM/MDB de fecha 27 de mayo del 2008, Resolución de Gerencia Municipal Nº 328-2008-GM/MDB, de fecha 30 de mayo del 2008; Que mediante Informe Nº 214-2008-PVL/MDB del Programa del Vaso de Leche comunica a la Gerencia de Administración y Finanzas que con fecha 18 de agosto del 2008 se procedió a la evaluación de la ADS-2-2008- CE/MDB en la cual se califi có la propuesta técnica de la Empresa Distribuciones y Producciones ANDINA S.A., logrando una puntuación de 60 puntos, la referida Empresa presentó copia del RMP en la cual se observa que la referida Empresa presentó copia del RMP en la cual se observa que la referida Empresa se encuentra habilitada para contratar con el Estado Peruano por lo que procedió a la califi cación. Con fecha 20 de agosto del 2008 procedieron a la aceptación de la Buena Pro, se consultó al Registro Único de Proveedores RPN detectando que la Empresa Distribuidora y Producciones ANDINA S.A., se encuentra suspendida, razón por la cual queda desierta la ADS-2-2008-CE/MDB para el Item Nº II Leche Fresca Pasteurizada (UHT), motivo por el cual es de suma importancia declarar en Desabastecimiento Inminente con la fi nalidad de evitar que se vean afectados los 3,088 Benefi ciarios del Programa del Vaso de Leche del distrito de Breña, cantidad aproximada de 30,214.00 bolsas de Leche Fresca UHT x 946 ml; Que mediante Informe Nº 039-2008-GAF/MDB de la Gerencia de Administración y Finanzas señala que se ha tomado conocimiento que encontrándonos próximos a quedar desabastecido del siguiente producto: Leche Fresca UHT, para el normal desempeño del Programa del Vaso de Leche motivo, con la fi nalidad de garantizar el abastecimiento de este producto por el período de Ciento Veintitrés (123) días en tanto se suscriba contrato del proceso defi nitivo. Asimismo el Programa del Vaso de Leche informa que el no abastecimiento de dicho producto afectaría directamente a los vecinos benefi ciarios del distrito de Breña, pudiendo ocasionar un malestar de carácter social. Estando el Informe del Programa del Vaso de Leche donde manifi esta las cantidades a adquirir y estando el Informe procedente Nº 217-2008-SGLOG-GAF/MDB, Informe Nº 218-2008-SGLOG-GAF/MDB de la Sub Gerencia de Logística donde manifi esta el precio y el costo total del monto a contratar sería el siguiente: PRODUCTO CANTIDADMONTO POR PRECIO UNITARIOCOSTO TOTAL Leche Entera UHT X Bolsa de 946 mn30,214 S/. 2.57 S/. 77,649.98 Ascendiendo el valor referencial de S/. 77,649.98 (Setenta y Siete Mil Seiscientos Cuarenta y Nueve con 98/100 Nuevos Soles) Incluido el IGV. Que mediante Informe Nº 709-2008-GAJ/MDB de la Gerencia de Asesoría Jurídica señala que “el inciso “c” del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, establece que se encuentran exonerados de los procesos de Licitación Pública, Concurso Público o Adjudicación Directa las adquisiciones que se realicen en Situación de Desabastecimiento Inminente declarada de conformidad con la normatividad vigente en materia de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Que, el artículo 21º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que por Situación de Desabastecimiento Inminente se considera aquella situación extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de determinado bien, servicio u obra compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo de manera esencial. Dicha situación faculta a la Entidad a la adquisición o contratación de los bienes, servicios u obras sólo por el tiempo o cantidad, según sea el caso, necesario para resolver la situación y llevar a cabo el proceso de selección que corresponda. Que el artículo 148º del Reglamento de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que la Entidad efectuará las adquisiciones o contrataciones en forma directa mediante acciones inmediatas, requiriéndose invitar a un solo proveedor, cuya propuesta cumpla con las características y condiciones establecidas en las bases, la misma que podrá ser obtenida por cualquier medio de comunicación, incluyendo el facsímil y el correo Descargado desde www.elperuano.com.pe