Norma Legal Oficial del día 06 de septiembre del año 2008 (06/09/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

El Peruano MORDAZA, sabado 6 de setiembre de 2008

NORMAS LEGALES
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EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE SAN BORJA.

379315

- MDL: Municipalidad Distrital de Lince. - Declaracion Jurada: La comunicacion de la informacion solicitada en la presente MORDAZA y que tiene caracter de jurada, sin admitir prueba en contrario. - Predio: Se considera predio a los terrenos, incluyendo los terrenos ganados a los MORDAZA y a otros espejos de agua, asi como las edificaciones e instalaciones fijas y permanentes que constituyan partes integrantes de dichos predios, que no pudieran ser separadas sin alterar, deteriorar o destruir la edificacion. Articulo 2º.- Finalidad La presente MORDAZA regula la obligacion de presentar una Declaracion Jurada, a fin de contar con mayor informacion para el MORDAZA de determinacion de las tasas por arbitrios municipales. Articulo 3º.- Ambito de Aplicacion Se encuentran obligados a la MORDAZA de la Declaracion Jurada, todos los propietarios de los predios ubicados en el Distrito de Lince, y los poseedores en los casos en que la existencia del propietario no pudiera ser determinada.

VISTO; en la XVI-2008 Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 25.08.2008, el Dictamen Nº 027-2008-MSBCAL y el Dictamen Nº 007-2008-MSB-CDU, sobre la Ordenanza que aprueba el Planeamiento Integral MORDAZA MORDAZA Sector 12 - Subsector 12 A. CONSIDERANDO: Que, mediante Memorando Nº 809-2008-MSB-GM, la Gerencia Municipal remite la propuesta de Planeamiento Integral MORDAZA MORDAZA Sector 12 Subsector 12 A, presentada por la Gerencia de Desarrollo Economico y de la Ciudad. Que, el articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, senala que las Ordenanza son las normas de caracter general de mayor jerarquia en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organizacion interna, la regularizacion, administracion y supervision de los servicios publicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa. Que, el numeral 36.2) del articulo 79º de la acotada MORDAZA, establece que es funcion especifica y exclusiva de las Municipalidades Distritales, en materia de organizacion del espacio fisico y uso del suelo, el normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias y, realizar la fiscalizacion de construccion, remodelacion o demolicion de inmuebles y declaratorias de fabrica. Que, el articulo 2º de la MORDAZA GH.020 del Reglamento Nacional de Edificaciones, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 011-2006-Vivienda, establece que cuando se trate de habilitaciones urbanas que se hayan desarrollado colindantes a areas consolidadas que no esten formalmente habilitadas, debera formularse un planeamiento integral en el que se demuestre su integracion al sistema vial previsto para la zona. Que el articulo 37º de la citada MORDAZA senala que en los casos en que el area por habilitar se desarrolle en etapas o esta no colindante con zonas habilitadas o se plantee la parcelacion del predio MORDAZA, se debera elaborar un planeamiento integral que comprenda la red de vias y los usos de la totalidad del predio, asi como una propuesta de integracion a la trama MORDAZA mas cercana, en funcion de los lineamientos establecidos en el Plan de Desarrollo MORDAZA correspondiente. Que, mediante Informe Nº 099-2008-MSB-GM-GDU la Gerencia de Desarrollo MORDAZA senala que es viable la propuesta, toda vez que ello marcara el inicio de todos los procesos de habilitacion MORDAZA, los mismos que seran atendidos de acuerdo a las solicitudes de los propietarios de manera conjunta o individual, de acuerdo a lo establecido en el Decreto de Alcaldia Nº 079, emitido por la Municipalidad Metropolitana de Lima. Que, mediante Informe Nº 447-2008-MSB-GAJ, la Gerencia de Asesoria Juridica senala que la Municipalidad es competente para regular el planeamiento integral que conlleve a dar celeridad y simplificar administrativamente los tramites de consultas y habilitaciones urbanas y edificaciones, teniendo en consideracion las facultades inherentes en materia de suelos. Estando a lo expuesto, de conformidad con lo establecido en el numeral 8) del articulo 9º y articulo 40º y de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el Concejo Municipal por mayoria y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion de actas, emitio la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLANEAMIENTO INTEGRAL MORDAZA MORDAZA SECTOR 12 SUBSECTOR 12 A. Articulo Primero.- Aprobar el Planeamiento Integral MORDAZA MORDAZA Sector 12 - Subsector 12 A, el mismo que en Anexo 1 forma parte integrante de la presente Ordenanza. Articulo Segundo.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

Articulo 4º.- Contenido de la Declaracion Jurada. Los obligados consignaran en la Declaracion Jurada, la siguiente informacion: 4-1. Para los casos de predios destinados a vivienda. El numero de habitantes, sin considerar la edad de los mismos. 4-2. Para los casos de predios destinados a usos distintos al de vivienda. Aforo: El numero MORDAZA de personas que pueden admitir un predio. Giro de negocio: El MORDAZA de actividad economica que se realiza en el predio. Si un predio se encontrase destinado a mas de un uso incluido el de vivienda, se consignara el numero de habitantes asi como el aforo, de cada espacio que se ocupe por MORDAZA de actividad economica. Articulo 5º.- De la forma de MORDAZA Para registrar la Declaracion Jurada, el administrado debera exhibir el documento de identidad correspondiente. Tratandose de representacion legal, el representante solo exhibira el documento de identidad siempre que se encuentre inscrito como tal ante la Administracion, caso contrario, debera presentar poder simple y especifico que lo acredite como representante. Articulo 6º.- Lugar y fecha de MORDAZA La Declaracion Jurada se presentara en la Unidad de Registro y Orientacion Tributaria de la Oficina de Administracion Tributaria sito en Av. MORDAZA MORDAZA Zela N° 480- Lince, en el horario de Lunes a Viernes de 8:00 a 4:30 p.m. y Sabados de 09:00 a 1:00 p.m. , hasta el 15 de setiembre del 2008. DISPOSICIONES FINALES Primera.- La omision a la MORDAZA de la Declaracion Jurada ocasionara que la Administracion Tributaria utilice MORDAZA alternas de informacion para la obtencion de los datos solicitados en virtud de la presente norma. Segunda.- La MORDAZA de datos falsos constituye infraccion tributaria y sera sancionada de conformidad con el numeral 4 del articulo 176° del Texto unico ordenado del Codigo Tributario aprobado por Decreto Supremo N° 135-99/ EF - Modificatorias. Tercera.- Las actualizaciones, correcciones o rectificatorias que se realicen posterior a la fecha establecida en el Articulo 6, surtiran efectos para la determinacion de la tasa de arbitrios municipales del ejercicio 2010, salvo las que traten de una primera inscripcion o transferencia de propiedad. 247990-1

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Aprueban Planeamiento Integral MORDAZA MORDAZA Sector 12 Subsector 12 A
ORDENANZA Nº 417-MSB San MORDAZA, 25 de agosto de 2008.

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