Norma Legal Oficial del día 06 de septiembre del año 2008 (06/09/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano MORDAZA, sabado 6 de setiembre de 2008

NORMAS LEGALES
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a "Organizar y actualizar la informacion de los legajos y escalafon del personal de la Municipalidad", mediante el Informe Nº 244-2007-SGRR-HH-MDCH de fecha 27.07.2007 da cuenta a la Gerencia de Administracion y Finanzas que al revisar el legajo personal de la servidora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, se observo respecto a la fecha de su ingreso como trabajadora de la Municipalidad Distrital de Chorrillos, que no existe documentacion en dicho legajo que acredite que la trabajadora ingreso a laborar el 28 de Noviembre de 1991, corroborandose ello con el Informe Nº 038/UPER-95 de la Unidad de Personal, que igualmente obra en los actuados, en el que se consigna que desde el mes de noviembre hasta el mes de diciembre de 1991 la servidora ingreso en condicion de practicante, adquiriendo a partir del mes de marzo de 1992 el status de empleada contratada; siendo complementado con los Informes Nº 265 y 267-2007-SG.RR-HH de fechas 7 y 10 de agosto de 2007, emitidos por el mismo organo institucional. No obstante lo cual, mediante la Resolucion de Alcaldia Nº 1541/95-MDCH del 24 de agosto de 1995, se resolvio "reconocer como la fecha de ingreso al servicio de la Municipalidad Distrital de Chorrillos de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, el 28 de noviembre de 1991"; y mediante la Resolucion de Alcaldia Nº 1758-95-MDCH del 28 de setiembre de 1995, bajo las consideraciones que "mediante el Acuerdo de Concejo del 17-08-1995 se resolvio aprobar el petitorio de los trabajadores contratados que cuenten con mas de tres anos de servicio, dandose nombramiento al personal empleado y estabilidad al personal obrero; que mediante la Resolucion de Alcaldia Nº 1490-95MDCH de fecha 17.8.1995 se resuelve aplicar el Acuerdo de Concejo de fecha 17.8.1995; y que por Resolucion de Alcaldia Nº 1541/95-MDCH se resolvio reconocer como fecha de ingreso al servicio de la Municipalidad de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA el 28.11.1991"; se resolvio: "incluir en la Resolucion de Alcaldia Nº 1490-95-MDCH a la servidora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA (...)" y a otros; Que, por lo MORDAZA resumido, en ejercicio de las potestades de la autoridad municipal, por las consideraciones que la sustentan, mediante la Resolucion Sub Gerencial Nº 0232008-SG.RR.HH-MDCH del 21 de enero de 2008, se resolvio reconocer como la fecha de ingreso de la servidora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, el dia 7 del mes de marzo del ano 1992; que habiendo sido materia de recurso de apelacion fue confirmada en todos sus extremos mediante la Resolucion de Gerencia Nº 003-2008-GAyF-MDCH de fecha 27 de febrero de 2008 que declara infundado el referido recurso; Que, mediante el Informe Nº 015-2008-PPM-MDCH de fecha 4 de marzo de 2008, la Procuradora Publica Municipal, informa que entre los procesos judiciales en los que ejerce la defensa de la Municipalidad, existe el promovido en el ano 2000 por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA ante el 27º Juzgado Laboral de MORDAZA sobre Ejecucion de Resolucion Administrativa, siendo su petitorio el pago de beneficios laborales reconocidos mediante acto administrativo y sustentados en el Acta de Trato Directo de fecha 10 de MORDAZA de 1989 y Actas Complementarias de fechas 20 de noviembre y 22 de Diciembre de 1989, mas intereses legales devengados; acotando que en la referida demanda la servidora senala como el periodo de su relacion laboral el comprendido entre el 28 de Noviembre de 1991 hasta la fecha de MORDAZA de la demanda. La trabajadora con pronunciamientos favorables en Primera y MORDAZA Instancia consiguio que se le reconociera el pago de la suma de S/. 102, 965.29 (Ciento Dos Mil Novecientos Sesenta y Cinco con 29/100 Nuevos Soles), mas intereses legales basada en los beneficios de Bonificacion por Racionamiento y Movilidad y otros sobre la base de 3.5 Remuneraciones Minimas Vitales y no sobre Sueldos Minimos Vitales conforme con el Acta de Trato Directo y Actas Complementarias citadas; Que, la accion de la servidora, y la de los funcionarios podria configurar una contravencion a la ley, en el entendido que toda persona sabe que una relacion laboral se inicia cuando existe una prestacion de servicios efectiva por parte del servidor o trabajador a un empleador, siendo la contraprestacion efectivamente el pago de una remuneracion, elementos basicos en toda relacion laboral ademas de la subordinacion; que de acuerdo a lo informado hasta ahora no se habria configurado al 28 de Noviembre de 1991, porque se ha establecido por parte de la administracion que en el periodo de noviembre a diciembre de 1991, la mencionada persona tenia la calidad de practicante, es decir situacion muy distinta al de una trabajadora con relacion laboral como lo esta descrito; Que, mediante el documento Oficio Nº 135-2008-GM-

MDCH del 25 de marzo de 2008, se hace de conocimiento de la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios los Informes Nº 004 y 005-2008-CPPADMDCH, que senala supuestas responsabilidades de los ex funcionarios de esta municipalidad, senores: MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por asignar y/o asentir a favor de la ex servidora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, una fecha de ingreso como servidora de esta municipalidad que no le corresponde; Que, mediante la Resolucion Gerencial Nº 5052008-GM-MDCH de fecha 15 de MORDAZA de 2008, por los considerandos que la sustentan se resolvio destituir a la servidora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y asimismo remitir los antecedentes del caso a la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios, para la investigacion de las responsabilidades de los funcionarios y ex funcionarios de la Municipalidad de Chorrillos; Que, del Memorandum de la Sub. Gerencia de Recursos Humanos Nº 270-2008-SGRR-HH-MDCH de fecha 12 de MORDAZA de 2008 y la documentacion que se adjunta se aprecia que la expedicion de la Resolucion de Alcaldia Nº 1541/95MDCH del 24 de agosto de 1995 cuenta con la aprobacion MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y Resolucion de Alcaldia Nº 1758-95MDCH del 28 de setiembre de 1995 cuenta con la aprobacion MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA Millan; Que, los ex funcionarios de la Municipalidad de Chorrillos, senores: MORDAZA MORDAZA MORDAZA (ex Jefe de la Unidad de Personal) y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA (ex Director de Asesoria Legal), para el ejercicio de sus funciones se encontraban sujetos al Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, y su Reglamento, D. S. Nº 005-90-PCM. Que, existen indicios razonables que llevan a la presuncion de que los hechos descritos transgreden la normatividad dispuesta en el inciso d) del articulo 3º, e incisos a) y b) del articulo 21º del Decreto Legislativo 276 -Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y Remuneraciones del Sector Publico-, y articulos 126º y 127º del Reglamento de la Ley de MORDAZA Administrativa -Decreto Supremo Nº 005-90-PCM. Que, las supuestas transgresiones citadas, a cargo de ex funcionarios de la Municipalidad de Chorrillos, configura en el actual contexto la transgresion de los principios y deberes eticos del empleado publico, como son el desempeno con probidad, eficiencia, lealtad y obediencia, establecidos en el articulo 6º de la Ley Nº 27815, Ley del Codigo de Etica de la Funcion Publica, asi como la transgresion de los deberes de funcion publica establecidos en el articulo 7º del mismo texto legal. Que, mediante Informe Nº 009-2008-CEPAD-MDCH, la Comision Especial de ProcesosAdministrativos Disciplinarios, luego analizar el caso en materia ha encontrando indicios razonables que motivan una investigacion para determinar la responsabilidad administrativa y recomienda la apertura de MORDAZA Administrativo Disciplinario a los ex funcionarios de la Municipalidad de Chorrillos, senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, tipificada como falta grave de caracter disciplinario en los incisos a) y d) del articulo 28º del Decreto Legislativo 276 -Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, y el Articulo 150º del Reglamento de la Ley de MORDAZA Administrativa -Decreto Supremo Nº 005-90-PCM. Que, de conformidad con el Art. 167º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico en concordancia con el inciso 6) del Art. 20º de la Ley Organica de Municipalidades Ley Nº 27972. SE RESUELVE: Articulo Primero.- APERTURAR MORDAZA Administrativo Disciplinario a los ex funcionarios Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA y Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Secretaria General del Concejo la notificacion respectiva en forma personal o mediante el Diario Oficial El Peruano derivado luego a la Comision correspondiente de acuerdo al caso para continuacion del MORDAZA Administrativo. Registrese, cumplase y comuniquese. MORDAZA MIYASHIRO YAMASHIRO MORDAZA 247683-1

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