Norma Legal Oficial del día 06 de septiembre del año 2008 (06/09/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, sabado 6 de setiembre de 2008

el articulo 17º del Reglamento Interno de Consejo Regional, aprobado por Ordenanza Regional Nº 04-2008-GR.CAJ-CR, establece como una de las atribuciones del Consejo Regional el de "aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional". En la misma Ley, en el articulo 21º, literal j), prescribe que es atribucion del Presidente Regional "suscribir convenios o contratos con la cooperacion tecnica internacional, con el apoyo del Consejo Nacional de la Descentralizacion, y de otras entidades publicas y privadas, en el MORDAZA de su competencia"; - Que, el Reglamento Interno de Consejo Regional, aprobado por Ordenanza Regional Nº 04-2008-GR.CAJCR, en el articulo 52º, establece que los Acuerdos del Consejo Regional seran aprobados o modificados con el MORDAZA favorable de por lo menos la mitad mas uno del numero de Miembros habiles del Consejo Regional; - Que, mediante Resolucion Ejecutiva Regional Nº 2882008-GR.CAJ/P, se APRUEBA la Directiva Nº 06-2008GR.CAJ-GRPPAT/SGDI: "ESTABLECEN MECANISMOS PARA CANALIZAR LAS INICIATIVAS NORMATIVAS EN MATERIAS Y ASUNTOS DE COMPETENCIA DEL GOBIERNO REGIONAL CAJAMARCA", la cual en el punto VI referente a las disposiciones especificas establece: 6.1) Los organos estructurados del Gobierno Regional MORDAZA, para el cumplimiento de sus competencias y funciones, en casos especificos, requieren de la aprobacion normativa de sus iniciativas en asuntos y materias que les corresponde de acuerdo a ley, por parte del Consejo Regional. 6.2) Las iniciativas en asuntos y materias de competencia del Gobierno Regional MORDAZA, podran ser formuladas y sustentadas tecnica y legalmente por parte de los organos estructurados, en estricta necesidad a la naturaleza de sus funciones e interes institucional. 6.3) Las iniciativas indicadas en el parrafo precedente contaran con un Informe Tecnico Sustentatorio, elaborado por la unidad organica competente, y suscrita por el Gerente Regional o Director Regional correspondiente ademas del Informe Juridico que demuestre que estas requieren de una MORDAZA aprobatoria emitida por el Consejo Regional. Las iniciativas de las direcciones regionales sectoriales se canalizan a traves de la respectiva gerencia regional, y elevadas a la Gerencia General Regional para su tratamiento en el correspondiente Directorio de Gerentes Regionales. 6.4) El Informe Tecnico e Informe Legal, seran canalizados a traves de la Gerencia General Regional, para su tratamiento por parte del Directorio de Gerentes Regionales correspondiendo su sustentacion al Gerente o Director Regional. 6.5) Corresponde la aprobacion de la pertinencia de las iniciativas en asuntos y materias de competencia del Gobierno Regional MORDAZA al Directorio de Gerentes Regionales por mayoria de votos de los miembros titulares presentes en la respectiva sesion. 6.6) Aprobada la iniciativa, en los terminos a que se refiere el parrafo precedente, el Gerente General Regional, elevara esta, con el respectivo acuerdo, al Consejero Delegado, a fin de que se incluya en la Agenda proxima de sesion para su aprobacion. De ser necesaria la sustentacion de los informes ante el Consejo Regional, correspondera realizar esta accion, al Gerente Regional o Director Regional, de cuya dependencia se genere la iniciativa; - Que, con Informe Nº 001-2008-GR.CAJ/P, de fecha 10 de junio de 2008, el Presidente Regional, Econ. MORDAZA MORDAZA Salirrosas, solicita al Consejero Delegado, Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, la revision de documentos y reconsideracion del Acuerdo Regional Nº 035-2008-GR.CAJ-CR, a efectos de informar sobre aspectos relevantes que deberian haberse tomado en cuenta para la aprobacion del Acuerdo Regional. Es asi que se formulan las siguientes observaciones tecnicas y de merito: I) ASPECTOS GENERALES: 1.1) Por Acuerdo Regional Nº 035-2008-GR.CAJ-CR, de fecha 13 de MORDAZA del presente ano, el Consejo Regional, acordo: Primero: Aceptar la donacion de S/. 266, 997.72; Segundo: En cuanto a la contrapartida que le corresponde aportar al Gobierno Regional MORDAZA para cofinanciar el Proyecto "MONITOREO DE LA CALIDAD Y CANTIDAD DE LAS AGUAS EN LA MORDAZA DE INFLUENCIA DE YANACOCHA Y ALREDEDORES", ascendente a la suma de S/. 118, 200.00, asi como el convenio mismo entre la Empresa Minera Yanacocha S.R.L y el Gobierno Regional MORDAZA, en cuanto a su contenido de forma y fondo sera analizado, revisado, aprobado y suscrito por el Organo competente, de acuerdo a ley.1.2) Conjuntamente con el acuerdo regional referido, mediante Oficio Nº 1332008-GR.CAJ-CR/SCR, se alcanzo a este despacho para su suscripcion, el Proyecto de Convenio de Cooperacion entre el Gobierno Regional MORDAZA y Minera Yanacocha S.R.L. II) ASPECTOS TECNICOS: 2.1) El objeto del convenio

es, "MONITOREO DE LA CALIDAD Y CANTIDAD DE LAS AGUAS EN LA MORDAZA DE INFLUENCIA DE YANACOCHA Y ALREDEDORES", lo que significa que, este MORDAZA de monitoreo esta orientado a evaluar los efectos de la actividad minera en las aguas de su jurisdiccion; es decir, se va a desarrollar una actividad que es inherente a la operacion minera ejecutada por la Empresa Minera Yanacocha. Segun el convenio seria asumida y de responsabilidad del Gobierno Regional. 2.2) Para realizar la actividad que se comenta, el Gobierno Regional, recibira una donacion por parte de Minera Yanacocha y aportara otra parte de sus recursos financieros. La donacion que realiza la Empresa Minera Yanacocha, estara sujeta a un reconocimiento tributario por parte de la SUNAT, siendo este punto un aspecto de fondo que no puede aceptarse, dado que la Empresa Minera Yanacocha debe asumir estos gastos como parte de sus propias actividades y no esperar un credito fiscal. 2.3) En todo caso, y de llevarse a cabo la suscripcion del convenio, este debe explicitar lo siguiente: a) Que, la Empresa Minera Yanacocha en el MORDAZA de monitoreo no tiene ninguna injerencia sobre el manejo administrativo ni tecnico, pudiendo participar como observador. b) Que, la Empresa Minera Yanacocha aceptara totalmente los resultados que devienen del MORDAZA de monitoreo de la calidad y cantidad de las aguas en la MORDAZA de su influencia. c) Debera establecerse claramente el rol de la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente frente a convenios como el que se pretende suscribir. d) Que, dentro del Gobierno Regional existe un organismo especializado para temas a fines a lo que es materia de este convenio, en el caso es la DESA MORDAZA, organo cuyas competencias son ineludibles para casos como este, y este ente quien debe evaluar y proponer al Gobierno Regional el laboratorio certificado que debe hacer los analisis correspondientes. e) Asimismo, debe definirse la relacion entre DESA MORDAZA y la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente. III) ASPECTOS SOCIALES: 3.1) Teniendo en cuenta la politica del Gobierno Regional respecto a impulsar la consolidacion de una cultura favorable a la gestion sostenible del medio ambiente y sus recursos; y a la defensa contra todo MORDAZA de contaminacion especialmente del agua, es importante que las acciones que desarrolle el Gobierno Regional garanticen la credibilidad de los resultados en la colectividad, en ese sentido aun cuando las actividades que promueve el convenio MORDAZA financiadas por la Empresa Minera, debe quedar perfectamente establecido que los resultados del monitoreo no son influenciados por dicho financiamiento; - Que, mediante Oficio Nº 648-2008-GR.CAJ/DRAJ, de fecha 5 de agosto de 2008, el Director Regional de Asesoria Juridica, Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, remite al presidente de la Comision Ordinaria de Asuntos Juridicos, senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, el Informe Nº 016-2008-GR.CAJ-DRAJ/NRR, respecto a la Reconsideracion del Acuerdo Regional Nº 0352008-GR.CAJ-CR. En este sentido el informante Abog. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, senala que el articulo 15º (Atribuciones del Consejo Regional) literal a) de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, senala: "Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional ", en tal razon, es atribucion del Consejo Regional en sesion ordinaria determinar la posibilidad de modificacion del acuerdo regional, atendiendo a que existen razones justificantes descritas en el Informe Nº 001-2008-GR.CAJ/ P; en consecuencia, el suscrito opino por que la peticion realizada por el Presidente Regional sea tratada en sesion ordinaria de Consejo Regional. Estando a las atribuciones conferidas por la Ley de Bases de la Descentralizacion Nº 27783; Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867, modificada por las Leyes Nºs. 27902, 28013, 28961, 28968 y 29053; Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional MORDAZA, aprobado por Ordenanza Regional Nº 0042008-GRCAJ-CR; el Pleno del Consejo Regional acordo: Primero.- DEJAR SIN EFECTO, el Acuerdo Regional Nº 035-2008-GR.CAJ-CR, de fecha 13 de MORDAZA de 2008, por el que se ACEPTA la donacion de DOSCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE CON 72/100 NUEVOS SOLES (S/. 266 997.72) por parte de la Empresa Minera Yanacocha S.R.L para cofinanciar el Proyecto "MONITOREO DE LA CALIDAD Y CANTIDAD DE LAS AGUAS EN LA MORDAZA DE INFLUENCIA DE YANACOCHA Y ALREDEDORES", HASTA QUE MORDAZA LEVANTADAS LAS OBSERVACIONES, realizadas por el

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