NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2008 (06/09/2008)
CANTIDAD DE PAGINAS: 56
TEXTO PAGINA: 8
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 6 de setiembre de 2008 379278 foro de consulta y concertación política en asuntos de carácter económico y comercial, con miras a lograr una proyección coordinada y competitiva de los países de la Cuenca del Pacífi co Latinoamericano en el Asia - Pacífi co; Que, por tal razón, el Viceministro de Comercio Exterior ha solicitado que se autorice el viaje del señor Benjamín Chávez Núñez del Prado, quien presta servicios en dicho Viceministerio, para que participe en representación del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, en la reunión antes mencionada; Que, el MINCETUR es el organismo público responsable en materia de negociaciones comerciales internacionales, en coordinación con los demás sectores del Gobierno en el ámbito de sus respectivas competencias; Que, la Ley N° 29142, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, prohíbe los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, con excepción de los viajes que se efectúan en el marco de los acuerdos de negociación de tratados comerciales de importancia para el Perú; De conformidad con la Ley N° 29142 antes citada, la Ley N° 27790, de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, la Ley N° 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, y sus modifi catorias, y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1°.- Autorizar el viaje del señor Benjamín Chávez Núñez del Prado, profesional que presta servicios en el Viceministerio de Comercio Exterior, a la ciudad de Bogotá, República de Colombia, del 10 al 13 de setiembre de 2008, a fi n de que en representación del MINCETUR, participe en la reunión a que se refi ere la parte considerativa de la presente Resolución Suprema. Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimento de la presente Resolución estarán a cargo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes : US$ 727,75 Viáticos (US$ 200,00 x 4 días) : US$ 800,00Tarifa CÓRPAC : US$ 30,25 Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario posteriores a su retorno al país, el señor Benjamín Chávez Núñez del Prado presentará a la Titular del MINCETUR un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos en las reuniones a las que asistirá; asímismo, deberá presentar la rendición de cuentas de acuerdo a ley. Artículo 4°.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Artículo 5°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y la Ministra de Comercio Exterior y Turismo. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros MERCEDES ARAOZ FERNÁNDEZ Ministra de Comercio Exterior y Turismo 248529-8 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 138-2008-MINCETUR Lima, 5 de setiembre de 2008CONSIDERANDO:Que, la Reunión de Coordinadores de Grupos de Trabajo de la Iniciativa de la Cuenca del Pacífi co Latinoamericano (ARCO), se llevará a cabo en la ciudad de Santiago, República de Chile, el día 16 de setiembre de 2008, como parte de los trabajos y preparativos para la IV Reunión Ministerial a celebrarse en el mes de octubre próximo; Que, dicha reunión tiene como objetivos evaluar los avances registrados en los distintos grupos de trabajo, los posibles anuncios que podrían hacerse en la próxima Reunión Ministerial así como preparar el proyecto de Declaración que los Ministros deberán adoptar en esa ocasión; Que, atendiendo la invitación del Director General de Relaciones Económicas Internacionales del Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile, mediante Carta N° 2987, de fecha 18 de agosto de 2008, es necesario designar al profesional que deberá asistir a dicha Reunión, en representación del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo -MINCETUR, habida cuenta que el Perú es el Coordinador del Grupo de Trabajo sobre Cooperación Económica para la Competitividad; Que, por tal razón, el Viceministro de Comercio Exterior ha solicitado que se autorice el viaje del señor César Augusto Llona Silva, quien presta servicios en dicho Viceministerio, para que en representación del MINCETUR, participe en la mencionada Reunión; Que, la Ley N° 29142, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, prohíbe los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, con excepción de los viajes que se efectúan en el marco de los acuerdos de negociación de tratados comerciales de importancia para el Perú; De conformidad con la Ley N° 29142 antes citada, la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del MINCETUR, la Ley N° 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, y sus modifi catorias, y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1°.- Autorizar el viaje del señor César Augusto Llona Silva, profesional que presta servicios en el Viceministerio de Comercio Exterior, a la ciudad de Santiago, República de Chile, del 15 al 17 de setiembre de 2008, a fi n de que en representación del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo -MINCETUR, participe en la Reunión a que se refi ere la parte considerativa de la presente Resolución Suprema. Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución estarán a cargo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes : US$ 284,39 Viáticos (US$ 200,00 x 2 días) : US$ 400,00Tarifa CORPAC : US$ 30,25 Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario posteriores a su retorno al país, el señor César Augusto Llona Silva presentará a la Titular del MINCETUR un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos en las reuniones a las que asistirá; asimismo, deberá presentar la rendición de cuentas de acuerdo a ley. Artículo 4°.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Artículo 5°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y la Ministra de Comercio Exterior y Turismo. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros MERCEDES ARAOZ FERNÁNDEZ Ministra de Comercio Exterior y Turismo 248529-9Descargado desde www.elperuano.com.pe