Norma Legal Oficial del día 06 de septiembre del año 2008 (06/09/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, sabado 6 de setiembre de 2008

Decreto Supremo N° 030-2007-EM, el que quedara redactado de la siguiente forma: "La Comision de Trabajo de la EITI tendra un plazo de vigencia y funcionamiento hasta el 31 diciembre del ano 2009, en que debera presentar un Plan de Accion Complementario". Articulo 2º.- Del Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, y por los Ministros de Economia y Finanzas y de Energia y Minas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los cinco dias del mes de setiembre del ano dos mil ocho. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA M. VALDIVIESO M. Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 248529-1

Articulo Unico.- Publiquese los precios CIF de referencia para la aplicacion del derecho variable adicional o rebaja arancelaria a que se refiere el Decreto Supremo N° 115-2001-EF y modificatorias: PRECIOS CIF DE REFERENCIA (DECRETO SUPREMO N° 115-2001-EF) US$ por T.M. Fecha Maiz Azucar Arroz Leche entera en polvo 429 734 4 654

Del 16/8/2008 al 31/8/2008 272

Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA BERLEY MORDAZA MORDAZA Viceministro de Hacienda Encargado del Despacho del Viceministro de Economia 247976-1

ENERGIA Y MINAS
Amplian plazo de vigencia y de funcionamiento de la Comision de Trabajo de la EITI
DECRETO SUPREMO Nº 044-2008-EM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 027-2006-EM se aprobo el "Plan de Accion para la Implementacion de la Iniciativa por la Transparencia en las Industrias Extractivas - EITI", disponiendose su implementacion y ejecucion dentro del MORDAZA de los compromisos asumidos por el Gobierno del Peru. Asimismo, se creo la Comision de Trabajo de la EITI para la ejecucion del "Plan de Accion para la Implementacion de la EITI"; Que, el articulo 11° del mencionado Decreto Supremo establece que la vigencia y funcionamiento de la Comision de Trabajo de la EITI sera hasta diciembre de 2006, momento en el cual se debera presentar un Plan de Accion Complementario; Que, mediante Decreto Supremo N° 030-2007-EM se modifico el MORDAZA parrafo del articulo 11° del Decreto Supremo Nº 027-2006-EM, de manera tal que se amplio su plazo de vigencia y de funcionamiento hasta junio del ano 2008; Que, de acuerdo al Informe N° 009-2008-MEM-OGGSERC/VAV de la Oficina General de Gestion Social del Ministerio de Energia y Minas, que ejerce las funciones de Secretaria Tecnica de la Comision de Trabajo de la EITI, se requiere contar con una ampliacion del plazo de vigencia y de funcionamiento. Todo ello a efecto de alcanzar los objetivos que se han senalado en su Plan de Trabajo; Que, en ese sentido, de acuerdo a los plazos que se requieren para la ejecucion de las actividades que se senalan en el Plan de Trabajo respectivo, desde el punto de vista administrativo, financiero y tecnico, resulta necesario ampliar la vigencia de la Comision de Trabajo hasta el 31 de diciembre de 2009; De conformidad con las atribuciones previstas en el numeral 24) del articulo 118° de la Constitucion Politica del Peru y la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; DECRETA: Articulo 1º.- Modificacion del MORDAZA parrafo del articulo 11° del Decreto Supremo Nº 027-2006-EM Modificar el MORDAZA parrafo del articulo 11° del Decreto Supremo Nº 027-2006-EM, modificado por el

Modifican autorizacion para desarrollar la actividad de generacion de energia electrica en central termica de la que es titular la Empresa de Generacion Electrica del Sur S.A.
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 388-2008-MEM/DM MORDAZA, 21 de agosto de 2008 VISTO: El Expediente Nº 33057395, organizado por la EMPRESA DE GENERACION ELECTRICA DEL SUR S.A. ­ EGESUR S.A., persona juridica inscrita en la Partida Nº 11000475 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de Tacna, sobre solicitud de modificacion de autorizacion para la generacion de energia electrica; CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolucion Ministerial Nº 554-2007MEM/DM de fecha 11 de diciembre de 2007, se aprobo la modificacion de autorizacion a favor de EMPRESA DE GENERACION ELECTRICA DEL SUR S.A. ­ EGESUR S.A., consistente en la reubicacion geografica de los grupos y equipos electricos, y el cambio de denominacion de la "Central Termica Calana" a "Central Termica IndependenciaEgesur", en aplicacion del Decreto Supremo Nº 041-2004EM, publicado el 24 de noviembre de 2004, con una capacidad instalada de 25,6 MW, ubicada en el distrito de Independencia, provincia de MORDAZA y departamento de Ica; Que, la EMPRESA DE GENERACION ELECTRICA DEL SUR S.A., mediante documento bajo el registro de ingreso Nº 1789108, de fecha 09 de junio de 2008, ha solicitado la modificacion de la autorizacion otorgada mediante Resolucion Ministerial Nº 554-2007-MEM/DM, a fin de obtener un plazo adicional de cuatro (04) meses para la culminacion de las obras de la Central Termica Independencia-Egesur hasta la puesta en servicio; Que, la peticion se ampara en las disposiciones contenidas en el articulo 38º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas, y en el articulo 67º de su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 00993-EM; Que, la titular ha presentado Declaracion Jurada en forma oportuna de cumplimiento de las normas tecnicas y de conservacion del medio ambiente y del Patrimonio Cultural de la Nacion, de acuerdo a los requisitos senalados en el articulo 38º de la Ley de Concesiones Electricas;

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