Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2008 (10/09/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 10

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 10 de setiembre de 2008 379404 extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la con fi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especi fi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores”; y, Con la opinión favorable de la Dirección General de Relaciones Internacionales del Ministerio de Defensa del Perú y de conformidad con la Ley N° 27856 y la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República de cuarenta y dos (42) efectivos de las Fuerzas Armadas de la República Federativa de Brasil, cuyos nombres se indican en el Anexo que forma parte de la presente Resolución, del 09 al 11 de setiembre de 2008, para realizar una visita de estudios. Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5° de la Ley N° 27856, modi fi cado por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANTERO FLORES ARÁOZ E. Ministro de Defensa ANEXO A LA RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 954-2008/DE/SG 8 de setiembre de 2008 a. MOTIVOAutorizar el ingreso al territorio de la República de cuarenta y dos (42) efectivos de las Fuerzas Armadas de la República Federativa de Brasil para realizar una visita de estudios. b. IDENTIFICACIÓN DEL PERSONAL MILITAR DE LA REPÚBLICA FEDERATIVA DE BRASIL, SIN ARMAS DE GUERRA, QUE INGRESARÁ AL TERRITORIO DE LA REPÚBLICA: 1. BRIG DO AR LUCIO ALVES ANGELO;2. CEL AV HELIO RODRIGUES SANTOS FILHO;3. CEL AV MAURICIO RIBEIRO GONÇALVES;4. CEL AV LUIZ GUSTAVO SCHENK;5. CEL AV OSWALDO MACHADO CARLOS DE SOUZA; 6 CEL AV VERNER MENNA BARRETO STOCK;7. CEL INF RICARDO JOSÉ RODRIGUES SANTOS; 8. CEL AV JOSE CARLOS DA SILVA JUNIOR;9. CEL AV JORGE ESTEVES;10. CEL AV AYRTON JOSÉ SCHULTZE;11. CEL AV ANTONIO HENRIQUE GHIZZI;12. CEL MED ARMANDO CELENTE SOARES;13. CEL MED FLAVIO JOSÉ MORICI DE PAULA XAVIER; 14. CEL AV ALEX PICCHI IZMAILOV;15. CEL AV RICARDO AUGUSTO RIBEIRO DE SOUZA; 16. CEL AV FABIO SAHM PAGGIARO;17. CEL AV MANOEL ANTONIO BARREIRA;18. CEL MED AVELINO MACEDO OTTONI DE CARVALHO; 19. CEL AV HÉLIO JOSÉ RODRIGUES PIRES DE MORAES;20. CEL AV FABIO ROGÉRIO DUTRA SUCENA;21. CEL AV MARCOS ANTONIO DE MELO FERREIRA; 22. CEL AV ALEXANDRE FERNANDES RAMOS;23. CEL AV ANTONIO CARLOS PRADO RODRIGUES; 24. CEL AV IVO RODCZ FILHO;25. CEL INT JORGE ROBERTO DE MENDONÇA FERRAZ; 26. CEL AV MANOEL LUIZ GUEDES DA SILVA;27. CEL AV CARLOS JOSÉ RODRIGUES DE ALENCASTRO; 28. CEL AV ALMIR COELHO SANTOS FILHO;29. CEL AV JOÃO TADEU FIORENTINI;30. CEL AV CARLOS MINELLI DE SÁ;31. CEL INT SEBASTIÃO ELDER CAMINHA DE AVELLAR; 32. CEL ENG OLAVO LUIZ BASTOS JUNIOR;33. TCEL INF ROBERTO TORRES ALPINO;34. TCEL AV DOMINGO JORGE DE CARVALHO GONÇALVES; 35. MAJ PED VERA DE SOUZA LINO ARNALDO;36. MAJ PED MARIA REGINA DA SILVA MOREIRA;37. SO BMA JOSE ROBERTO GALLI MANSO;38. SO BSP CREÚNANDO CARDOSO LOBO; 39. 2S SDE ALEXANDRE XAVIER RODRIGUES;40. CMG MARCO AURELIO GOMES BITTENCOURT; 41. CEL INF NICANOR MARQUES NETO;42. CEL CAV PEDRO PAULO DE MELLO BRAGA. c. TIEMPO DE PERMANENCIA Del 09 al 11 de setiembre de 2008 249296-1 ECONOMIA Y FINANZAS Normas Reglamentarias del Artículo 76º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF y Normas Modificatorias DECRETO SUPREMO Nº 107-2008-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO:Que, el primer párrafo del artículo 76º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF y modi fi catorias, señala que el Impuesto de Promoción Municipal grava con una tasa del 2% las operaciones afectas al régimen del Impuesto General a las Venas y se rige por sus mismas normas; Que, el tercer párrafo del referido artículo 76º señala que tratándose de devoluciones del Impuesto de Promoción Municipal que hayan sido ordenadas por mandato administrativo o jurisdiccional que tenga la calidad de cosa juzgada, el Ministerio de Economía y Finanzas está autorizado a detraer del Fondo de Compensación Municipal (FONCOMUN), el monto correspondiente a la devolución, la cual se efectuará de acuerdo a las normas que regulan al Impuesto General a las Ventas. Asimismo, el citado párrafo indica que mediante Decreto Supremo se establecerá, entre otros, el monto a detraer, plazos así como los requisitos y procedimientos para efectuar dicha detracción; De conformidad con lo dispuesto en el tercer párrafo del artículo 76º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF y modi fi catorias, y con lo dispuesto por el numeral 8) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú; DECRETA: Artículo 1º.- De las defi niciones Para efecto de la presente norma, se entenderá por:Descargado desde www.elperuano.com.pe