Norma Legal Oficial del día 10 de septiembre del año 2008 (10/09/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano MORDAZA, miercoles 10 de setiembre de 2008

NORMAS LEGALES
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Viaticos Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ US$

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780.00 30.25

el chequeo tecnico de proficiencia en simulador de vuelo del equipo AN-24/26 en el Centro de Entrenamiento de Kiev, a su tripulante tecnico MORDAZA Rubio MORDAZA, durante los dias 21 al 25 de septiembre de 2008. Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar el viaje del referido Inspector de la Direccion General de Aeronautica Civil para que, en cumplimiento de las funciones que le asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamento, pueda realizar la inspeccion tecnica a que se contrae la Orden de Inspeccion Nº 1821-2008-MTC/12.04; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, Ley Nº 29142, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y estando a lo informado por la Direccion General de Aeronautica Civil; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje en comision de servicios del Inspector de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, que se efectuara del 21 al 25 de septiembre de 2008, de acuerdo con el detalle consignado en el anexo que forma parte integrante de la presente resolucion, sustentado en los informes Nº 281-2008-MTC/12.04 y Nº 518-2008-MTC/12. Articulo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente, ha sido integramente cubierto por la empresa MORDAZA Up S.A. a traves de los Recibos de Acotacion detallados en la parte considerativa de la presente Resolucion, incluyendose las asignaciones por concepto de viaticos y tarifa por uso de aeropuerto, de acuerdo al siguiente detalle:

Articulo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el articulo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el Inspector mencionado en el articulo 1º de la presente Resolucion Suprema, dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, debera presentar un informe al Despacho Ministerial, con MORDAZA a la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominacion. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y la Ministra de Transportes y Comunicaciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones

RELACION DE VIAJES POR COMISION DE SERVICIOS DE INSPECTORES DE LA DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL ESTABLECIDOS EN EL TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL - COMPRENDIDOS LOS DIAS DEL 21 AL 25 DE SETIEMBRE DE 2008 Y SUSTENTADO EN LOS INFORMES Nº 281-2008-MTC/12.04 Y Nº 518-2008-MTC/12.
ORDEN INSPECCION INICIO Nº 1821-2008-MTC/12.04 21-Sep FIN 25-Sep VIATICOS (US$) SOLICITANTE TUUA (US$) US$ 780.00 US$ 30.25 MORDAZA Up S.A. INSPECTOR Defilippi Brigneti, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Kiev MORDAZA Ucrania DETALLE chequeo tecnico de proficiencia en simulador de vuelo del equipo AN-24/26 RECIBOS DE ACOTACION Nºs 13336-13337

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RESOLUCION SUPREMA Nº 115-2008-MTC MORDAZA, 9 de setiembre de 2008 VISTO: El Informe Nº 510-2008-MTC/12 del 21 de agosto de 2008 emitido por la Direccion General de Aeronautica Civil; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619, en concordancia con su MORDAZA reglamentaria aprobada por Decreto Supremo Nº 0472002-PCM, regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores, funcionarios publicos o representantes del Estado; Que, el numeral 8.2 del articulo 8º de la Ley Nº 29142, Ley del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2008, establece que quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios publicos con cargo a recursos publicos, habiendose previsto excepciones las cuales seran autorizadas mediante Resolucion Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; Que, la Ley Nº 27261, Ley de Aeronautica Civil del Peru, establece que la Autoridad Aeronautica Civil es ejercida por la Direccion General de Aeronautica Civil, como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, en virtud a dicha competencia la Direccion General de Aeronautica Civil es responsable de la vigilancia de la seguridad de las operaciones aereas, seguridad que comprende la actividad de chequear las aptitudes del personal aeronautico de los explotadores aereos asi como el material aeronautico que emplean;

Que, el explotador aereo ha presentado ante la autoridad aeronautica civil su solicitud para ser atendida durante el mes de septiembre de 2008, acompanando los requisitos establecidos en el MORDAZA del Procedimiento Nº 12 correspondiente a la Direccion General de Aeronautica Civil, previstos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, asimismo, el explotador aereo ha cumplido con el pago de los derechos de tramitacion correspondiente a los Procedimientos a que se refiere el considerando anterior, ante la Oficina de Finanzas de la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. En tal sentido, los costos de los respectivos viajes de inspeccion, estan integramente cubiertos por la empresa solicitante de los servicios, incluyendo el pago de los viaticos y la Tarifa Unica por Uso de Aeropuerto; Que, dicha solicitud ha sido calificada y aprobada por la Direccion de Certificaciones y Autorizaciones de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, conforme a lo senalado por el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del citado Ministerio, segun se desprende de las respectivas ordenes de inspeccion y referidas en el Informe Nº 5102008-MTC/12 de la Direccion General de Aeronautica Civil; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, Ley Nº 29142, Decreto Supremo Nº 0472002-PCM y estando a lo informado por la Direccion General de Aeronautica Civil; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar los viajes en comision de servicios de los Inspectores de la Direccion General

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