NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2008 (14/09/2008)
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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 14 de setiembre de 2008 379734 VISTO en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 29 de agosto de 2008, la Moción de Orden del Día presentado por el Regidor Johnny Vásquez Arana; y, CONSIDERANDO:Que, según el Art. 41º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, en la cual se establece que los Acuerdos son decisiones que toma el Concejo, referidas a asuntos de interés Público, Vecinal o Institucional que expresan la voluntad del Órgano de Gobierno para practicar un determinado Acto a sujetarse a una conducta o norma Institucional. Que, según lo establece el Art. 50º, inciso d), de la Ordenanza Nº 039/MDA que aprobó el Reglamento de Organización Interior del Concejo de la Municipalidad Distrital de Ate; las Mociones de Orden del Día son propuestas mediante las cuales los Regidores ejercen su derecho de pedir al Concejo Municipal, entre otros, se adopte Acuerdos sobre asuntos importantes para los intereses de la comunidad y asuntos de importancia Nacional, Regional o Local. Que, mediante Informe Nº 275-08-SGOP-GDU/MDA, la Sub Gerencia de Obras Privadas, pone en conocimiento el Plan Piloto de Control Urbano, llevado a cabo con la Sub Gerencia de Fiscalización Municipal en la Urbanización de Salamanca, Recaudadores, durante los días miércoles 13, jueves 14 y viernes 15 de Agosto de 2008, en el cual se advierte la existencia de Obras de construcciones detectadas, en proceso de construcción, a medio construir y con rasgos de término de reciente construcción, lo cual representa un 86% de obras ejecutadas sin Licencia de Obra. Que, en la actualidad se vienen presentando quejas y denuncias de los vecinos de la Zona 1 y 2 del Distrito de Ate, ante las molestias ocasionadas con las construcciones llevadas a cabo de manera irresponsable sin considerar los parámetros Urbanísticos y Edifi catorios imperantes en las referidas Zonas y sin contar con Licencia de Obra de la Municipalidad Distrital, lo que ha provocado un caos en los sistemas de desagüe y alcantarillado en cuanto a la densifi cación de la población, lo cual trae consigo a su vez el aumento del parque automotor y el défi cit de estacionamientos, generando con ello un prejuicio a la comunidad y los vecinos. Que, conforme se establece en el Art. 10º, inciso 2) de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades son atribuciones y obligaciones de los Regidores formular pedidos y Mociones de Orden del día. Que, en Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Regidor Johnny Vásquez Arana, presenta la Moción de Orden del Día, ante el Concejo Municipal, solicitando Declarar de Necesidad Pública, la Suspensión Temporal por espacio de 90 días, el otorgamiento de Certifi cados de Parámetros Urbanísticos y Edifi catorios, en la Zona 1 y 2 del Distrito de Ate, con la fi nalidad de evaluar técnicamente la Zonifi cación y Parámetros Edifi catorios, en aras del interés general de la comunidad y los vecinos. Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y de acuerdo a lo establecido en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, contando con el voto por mayoría de los señores Regidores y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación de actas; SE ACUERDA:Artículo 1º.- APROBAR LA MOCIÓN DE ORDEN DEL DÍA presentado por el Regidor Johnny Walker Vásquez Arana, que DECLARA de Necesidad Pública la Suspensión Temporal por espacio de 90 días, el otorgamiento de Certifi cados de Parámetros Urbanísticos Edifi catorios en la Zona 1 y 2 del Distrito de Ate, con la fi nalidad de evaluar técnicamente la Zonifi cación y Parámetros Edifi catorios en aras del interés general de la comunidad y los vecinos del Distrito. Artículo 2º.- DISPÓNGASE a la Gerencia Municipal para que a través de la Gerencia de Desarrollo Urbano y la Sub Gerencia de Obras Privadas, se elabore el marco normativo para dar cumplimiento al presente Acuerdo y realice el Estudio y Evaluación de la Zonifi cación vigente para la Zona 1 y 2, por consiguiente de los Parámetros Urbanísticos y Edifi catorios imperantes, con la fi nalidad de efectuar las coordinaciones con el Instituto Metropolitano de Planifi cación de la Municipalidad Metropolitana de Lima, para de ser necesario se reestructure o modifi que la Zonifi cación vigente en las referidas zonas. Artículo 3º.- DISPÓNGASE la Transcripción y Publicación del presente Acuerdo en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Artículo 4º.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Acuerdo de Concejo a la Gerencia Municipal, Gerencia de Desarrollo Urbano, Sub Gerencia de Obras Privadas, Secretaría General y Secretaría de Imagen Institucional. Regístrese, comuníquese y cúmplase.JUAN ENRIQUE DUPUY GARCÍA Alcalde 251324-4 Designan funcionarios responsables de entregar información y de la actualización del Portal de Transparencia de la Municipalidad RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 0402 Ate, 29 de agosto 2008EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE; VISTO la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, el Decreto Supremo N° 043-2003-PCM que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806 Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, Decreto Supremo N° 072-2003-PCM que aprueba el Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública; y, CONSIDERANDO:Que, mediante la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, se promueve la transparencia de los actos del Estado y se regula el derecho fundamental del acceso a la información consagrado en el numeral 5) del artículo 2° de la Constitución Política del Estado. Que, conforme lo establece el artículo 3° del Decreto Supremo N° 043-2003-PCM que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, bajo el principio de Publicidad se desprende que todas las actividades y disposiciones de las Entidades de la Administración Pública a las que hace referencia el Título Preliminar de la Ley N° 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General, están sometidas al principio de Publicidad. Además los funcionarios responsables de brindar la información correspondiente al área de su competencia deberán prever una adecuada infraestructura, así como la organización, sistematización y publicación de la información a la que se refi ere esta Ley; en consecuencia toda información que posea el Estado se presume pública, salvo las excepciones expresamente previstas en el artículo 15° del Decreto Supremo N° 043-2003-PCM que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, adoptando las medidas básicas que garanticen y promuevan la transparencia en la actuación de las Entidades de la Administración Pública; teniendo el Estado la obligación de entregar la información solicitada. Que, conforme lo establece el Decreto Supremo N° 072-2003-PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, en su artículo 3° establece entre otras, que constituyen obligaciones de la máxima autoridad de la Entidad, designar al funcionario responsable de entregar la información de acceso público y designar al funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia, mediante Resolución que será publicada en el Diario Ofi cial El Peruano. Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas en el inciso 6) del Artículo 20° de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972; Descargado desde www.elperuano.com.pe