Norma Legal Oficial del día 18 de septiembre del año 2008 (18/09/2008)


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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, jueves 18 de setiembre de 2008

considerado que el Tribunal de Defensa de la Competencia y Propiedad Intelectual del INDECOPI se encuentre conformado por tres MORDAZA, dos encargadas de tramitar y resolver procedimientos de Defensa de la Competencia y una procedimientos relativos a Propiedad Intelectual; Que, corresponde la ratificacion y la designacion de los Vocales de las tres MORDAZA que conformaran el Tribunal de Defensa de la Competencia y Propiedad Intelectual del INDECOPI; De conformidad con lo establecido por el Decreto Legislativo Nº 1033 - Ley de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Proteccion de la Propiedad Intelectual - INDECOPI; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Ratificacion de Vocales del INDECOPI Ratificar como Vocales de las MORDAZA que conforman el Tribunal de Defensa de la Competencia y Propiedad Intelectual del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Proteccion de la Propiedad Intelectual - INDECOPI a los senores MORDAZA MORDAZA Avendano MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de la MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Ferreyros Castaneda y MORDAZA MORDAZA Mera Gomez. Articulo 2º.- Designacion de nuevos Vocales del INDECOPI Designar como Vocales de las MORDAZA que conforman el Tribunal de Defensa de la Competencia y Propiedad Intelectual del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Proteccion de la Propiedad Intelectual - INDECOPI a los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ferrero Diez Canseco, MORDAZA MORDAZA Alberti, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Arrus MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Serelle, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ferradas, MORDAZA MORDAZA Rebagliati Castanon y MORDAZA MORDAZA Rosasco Dulanto. Articulo 3º.- Conformacion de la Sala de Defensa de la Competencia Nº 1 del Tribunal de Defensa de la Competencia y de la Propiedad Intelectual La Sala de Defensa de la Competencia Nº 1 del Tribunal de Defensa de la Competencia y de la Propiedad Intelectual sera conformada por los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Avendano MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de la MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ferrero Diez Canseco y MORDAZA MORDAZA MORDAZA Garcia. Articulo 4º.- Conformacion de la Sala de Defensa de la Competencia Num. 2 del Tribunal de Defensa de la Competencia y de la Propiedad Intelectual La Sala de Defensa de la Competencia Nº 2 del Tribunal de Defensa de la Competencia y de la Propiedad Intelectual sera conformada por los senores MORDAZA MORDAZA Arrus MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Alberti, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Serelle y MORDAZA MORDAZA Cano. Articulo 5º.- Conformacion de la Sala de Propiedad Intelectual del Tribunal de Defensa de la Competencia y de la Propiedad Intelectual La Sala de Propiedad Intelectual del Tribunal de Defensa de la Competencia y de la Propiedad Intelectual sera conformada por los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ferradas, MORDAZA MORDAZA Ferreyros Castaneda, MORDAZA MORDAZA Mera MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Rebagliati Castanon y MORDAZA MORDAZA Rosasco Dulanto. Articulo 6º.- Refrendo La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros 253411-4

ENERGIA Y MINAS

Otorgan concesiones temporales a MORDAZA Kallpa S.A.C. para desarrollar estudios a nivel de factibilidad relacionados a la generacion de energia electrica en futuras centrales eolicas
RESOLUCION MINISTERIAL N° 404-2008-MEM/DM MORDAZA, 2 de setiembre de 2008

VISTO: El Expediente N° 27162208, sobre otorgamiento de concesion temporal de central de generacion para desarrollar estudios en la Central Eolica MORDAZA Union, de acuerdo con el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Electricas, presentado por MORDAZA KALLPA S.A.C., persona juridica inscrita en la Partida N° 12156702 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de Lima; CONSIDERANDO: Que, MORDAZA KALLPA S.A.C., mediante documento con registro de ingreso Nº 1792854, de fecha 20 de junio de 2008, ha presentado solicitud sobre otorgamiento de concesion temporal para realizar estudios relacionados con la actividad de generacion de energia electrica en la futura Central Eolica MORDAZA Union, al MORDAZA de lo dispuesto por el articulo 30° del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM; Que, los estudios mencionados en el considerando que antecede se desarrollaran en los distritos de MORDAZA y MORDAZA Union, provincia de Caraveli, departamento de MORDAZA, en la MORDAZA comprendida dentro de las coordenadas UTM (PSAD 56) que figuran en el Expediente; Que, el aviso de peticion de concesion temporal que se indica en el primer considerando de la presente Resolucion fue publicado en el Diario Oficial El Peruano los dias 24 y 25 de MORDAZA de 2008, en cumplimiento del articulo 31º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas; Que, en virtud de lo dispuesto en el articulo 23º de la Ley de Concesiones Electricas, el titular de la concesion temporal asume la obligacion de realizar estudios de factibilidad, de acuerdo con un cronograma de estudios; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado que el peticionario ha cumplido con los requisitos establecidos en el Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, ha emitido el Informe N° 155-2008-DGE-DCE de fecha 11 de agosto de 2008; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 23° del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Electricas, y el articulo 36° del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Vice Ministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Otorgar concesion temporal a favor de MORDAZA KALLPA S.A.C., que se identificara con el codigo N° 27162208, para desarrollar estudios a nivel de factibilidad relacionados a la actividad de generacion de energia electrica en la futura Central Eolica MORDAZA Union, para una capacidad instalada estimada de 200 MW, los cuales se realizaran en los distritos de MORDAZA y MORDAZA Union, provincia de Caraveli, departamento de MORDAZA, por un plazo de veinticuatro (24) meses contados a partir de la vigencia de la presente Resolucion. Articulo 2°.- Los estudios se realizaran al MORDAZA de la presente concesion temporal, y comprenderan las areas delimitadas por las siguientes coordenadas UTM (PSAD 56):

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