Norma Legal Oficial del día 18 de septiembre del año 2008 (18/09/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano MORDAZA, jueves 18 de setiembre de 2008

NORMAS LEGALES
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obtenidos; asi como la rendicion de cuentas debidamente documentada. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos de ninguna clase o denominacion. Articulo 6º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro del Interior. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro del Interior 253411-6

por el MORDAZA Juzgado Especializado en lo Penal de la Corte Superior de Justicia del Callao y declarado procedente por la MORDAZA Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, por la presunta comision del delito contra la salud publica ­ trafico ilicito de drogas en agravio del Estado; y disponer su MORDAZA por via diplomatica al Reino de Espana de conformidad con el Tratado vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por los Ministros de Justicia y de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de Justicia MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 253411-7 RESOLUCION SUPREMA N° 160-2008-JUS MORDAZA, 17 de setiembre de 2008 Visto; el Informe de la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados Nº 0902008/COE-TC del 05 de septiembre de 2008, sobre la solicitud de extradicion activa del procesado italiano ARISTIDE CANESSA, formulada por el MORDAZA Juzgado Especializado en lo Penal de la Corte Superior de Justicia del Callao. CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Consultiva de fecha 21 de agosto de 2008, la MORDAZA Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la Republica declaro procedente la solicitud de extradicion activa del procesado ARISTIDE CANESSA, por la presunta comision del delito contra la salud publica ­ trafico ilicito de drogas en agravio del Estado (Exp. N° 84-2008); Que, mediante el Informe Nº 090-2008/COE-TC del 05 de septiembre de 2008, la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados propone acceder al pedido de extradicion activa del referido procesado; Estando a lo dispuesto por el inciso 1) del articulo 514º del Codigo Procesal Penal, promulgado por el Decreto Legislativo Nº 957, el inciso 5) del articulo 34º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial aprobado por Decreto Supremo Nº 01793-JUS, el Tratado de Extradicion entre el Reino de Espana y la Republica del Peru, suscrito en MORDAZA el 28 de junio de 1989 y aprobado por Resolucion Legislativa Nº 25347 del 02 de noviembre de 1991, vigente desde el 31 de enero de 1994; y lo dispuesto en el literal "a" del articulo 28º del Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru, y; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Acceder al pedido de extradicion activa del procesado ARISTIDE CANESSA, formulado por el MORDAZA Juzgado Especializado en lo Penal de la Corte Superior de Justicia del Callao y declarado procedente por la MORDAZA Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, por la presunta comision del delito contra la salud publica ­ trafico ilicito de drogas en agravio del Estado; y disponer su MORDAZA por via

JUSTICIA
Aceptan pedidos de extradicion activa de procesados por presunta comision de delitos contra la salud publica y contra la MORDAZA y disponen su MORDAZA al Reino de Espana y a la Republica de MORDAZA
RESOLUCION SUPREMA Nº 159-2008-JUS MORDAZA, 17 de setiembre de 2008 Visto; el Informe de la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados Nº 0892008/COE-TC del 05 de septiembre de 2008, sobre la solicitud de extradicion activa del procesado italiano MORDAZA BELFIORE, formulada por el MORDAZA Juzgado Especializado en lo Penal de la Corte Superior de Justicia del Callao. CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Consultiva de fecha 26 de agosto de 2008, la MORDAZA Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la Republica declaro procedente la solicitud de extradicion activa del procesado MORDAZA BELFIORE, por la presunta comision del delito contra la salud publica ­ trafico ilicito de drogas en agravio del Estado (Exp. Nº 85-2008); Que, mediante el Informe Nº 089-2008/COE-TC del 05 de septiembre de 2008, la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados propone acceder al pedido de extradicion activa del referido procesado; Estando a lo dispuesto por el inciso 1) del articulo 514º del Codigo Procesal Penal, promulgado por el Decreto Legislativo Nº 957, el inciso 5) del articulo 34º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, el Tratado de Extradicion entre el Reino de Espana y la Republica del Peru, suscrito en MORDAZA el 28 de junio de 1989 y aprobado por Resolucion Legislativa Nº 25347 del 02 de noviembre de 1991, vigente desde el 31 de enero de 1994; y lo dispuesto en el literal "a" del articulo 28º del Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru, y; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Acceder al pedido de extradicion activa del procesado MORDAZA BELFIORE, formulado

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