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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2008 (20/09/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 17

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 20 de setiembre de 2008 379979 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DGS) Nº 994 de fecha 10 de setiembre de 2008, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de la República de Ecuador, sin armas de guerra; Que, en el marco de la V Reunión de Estados Mayores y XIX Reunión Bilateral de Inteligencia realizada entre la Armada del Ecuador y la Marina de Guerra del Perú, se acordó el intercambio de visitas profesionales a nivel de autoridades navales para el año 2008, considerándose dentro de las mismas, la ejecución de una visita a las instalaciones de los Servicios Industriales de la Marina (SIMA-PERÚ S.A.); Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27856, modi fi cado por el artículo único de la Ley Nº 28899 establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la con fi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especi fi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; Con la opinión favorable de la Marina de Guerra del Perú y de conformidad con la Ley Nº 27856 y la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República de un (01) o fi cial de la Armada Ecuatoriana, cuyo nombre se indica en el anexo que forma parte de la presente Resolución, del 22 al 24 de setiembre de 2008, para realizar una visita a los Servicios Industriales de la Marina de Guerra del Perú (SIMA). Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5º de la Ley Nº 27856, modi fi cado por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANTERO FLORES ARÁOZ E. Ministro de Defensa ANEXO A LA RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 992-2008/DE/SG 19.SET.2008 a) MOTIVOAutorizar el ingreso al territorio de la República de un (01) ofi cial de la Armada Ecuatoriana para realizar una visita a los Servicios Industriales de la Marina de Guerra del Perú (SIMA). b) IDENTIFICACIÓN DEL PERSONAL MILITAR DE LA REPÚBLICA DE ECUADOR, SIN ARMAS DE GUERRA, QUE INGRESARÁ AL TERRITORIO DE LA REPÚBLICA: 1. CPNV-EMS CARLOS JAIME JACOME c) TIEMPO DE PERMANENCIADel 22 al 24 de setiembre de 2008. 254441-1RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 993-2008-DE/SG Lima, 19 de setiembre de 2008 CONSIDERANDO:Que, con Facsímil (DGS) Nº 995 de fecha 10 de setiembre de 2008, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de América , sin armas de guerra; Que, Ofi ciales de la Marina de los Estados Unidos de América realizaran una visita a la Dirección de Salud de la Marina de Guerra del Perú y a las instalaciones del Centro Médico Naval; Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27856, modi fi cado por Ley Nº 28899, establece que “el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la con fi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especi fi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores”; y, Con la opinión favorable de la Marina de Guerra del Perú y de conformidad con la Ley Nº 27856 y la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República de tres (03) O fi ciales de la Marina de los Estados Unidos de América, cuyos nombres se indican en el Anexo que forma parte de la presente Resolución, del 22 al 26 de setiembre de 2008, para realizara una visita a la Dirección de Salud de la Marina de Guerra del Perú y a las instalaciones del Centro Médico Naval. Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que de cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5º de la Ley Nº 27856, modi fi cado por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANTERO FLORES ARÁOZ E. Ministro de Defensa ANEXO A LA RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 993-2008/DE/SG 19.SET.2008 a. MOTIVOAutorizar el ingreso al territorio de la República de tres (03) Ofi ciales de la Marina de los Estados Unidos de América para realizar una visita a la Dirección de Salud de la Marina de Guerra del Perú y a las instalaciones del Centro Médico Naval. b.- IDENTIFICACIÓN DEL PERSONAL MILITAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, SIN ARMAS DE GUERRA, QUE INGRESARÁ AL TERRITORIO DE LA REPÚBLICA: 1. VICEALMIRANTE USN ANTHONY L. WINNS 2. CAPITAN DE NAVIO USN PAUL GARST3. CAPITAN DE CORBETA USN MARK S. RIDDLEDescargado desde www.elperuano.com.pe