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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2008 (22/09/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 19

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 22 de setiembre de 2008 380077 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BREÑA VISTOS: El Informe Nº 0176-2008-GATR-GM-MDB, Pase Despacho de Alcaldía; CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza N° 285-2008/MDB- CDB de fecha 25 de Junio del 2008 se aprueba la Ordenanza que otorga beneficio Especial Tributario y No Tributario para aquellos contribuyentes que mantengan obligaciones formales y sustanciales pendientes con la Municipalidad Distrital de Breña, hasta el 12 de Julio del 2008, prorrogada mediante Decreto de Alcaldía No. 017-2008-DA/MDB de fecha 15 de Julio del 2008, Decreto de Alcaldía No. 018-2008-DA/MDB de fecha 01 de Agosto del 2008 y Decreto de Alcaldía No. 021-2008-DA/MDB de fecha 01 de Setiembre del 2008; Que mediante Informe Nº 0176-2008-GATR-GM/ MDB de la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas solicita al Despacho de Alcaldía la prórroga de la Ordenanza No. 285-2008/MDB-CDB hasta el 30 de Setiembre del 2008, en virtud a que se otorga bene fi cio tributario a los contribuyentes del Distrito otorgándoles descuentos del 50%, 40%, 30%, 20% y 10% de descuentos en los arbitrios municipales desde el año 2002 al año 2008. Asimismo condona los intereses y moras del Impuesto Predial desde el año 1996 al año 2008 y los arbitrios municipales del año 2002 al año 2008. Otorga descuento en las multas administrativas del 50% y 80% de descuento. Dentro de este contexto se ha podido establecer que los contribuyentes en ambos casos han procedido a realizar los pagos oportunos de los tributos antes mencionados, a fi n de regularizar la deuda tributaria que contrae con esta Entidad, por lo que se hace necesario prorrogar dicho bene fi cio hasta el 30 de Setiembre del 2008, no habiendo más prórroga puesto que esto originaría incumplimiento de pagos en aquellos contribuyentes con el pago puntual de sus obligaciones tributarias. Que, la Primera disposición fi nal de la Ordenanza N° 285-2008/MDB-CDB autoriza al Alcalde para que mediante Decreto disponga las medidas complementarias y ampliatorias para la ejecución de la presente ordenanza. Que, de conformidad con lo establecido en el inciso 6° del Artículo 20º. de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972. DECRETA: Artículo Primero.- Ampliar la vigencia de la Ordenanza Nº 285-2008/MDB-CDB de fecha 25 de Junio del 2008, prorrogada mediante Decreto de Alcaldía No. 017-2008- DA/MDB, Decreto de Alcaldía No. 018-2008-DA/MDB, Decreto de Alcaldía No. 020-2008-DA/MDB y Decreto de Alcaldía No. 021-2008-DA/MDB, con e fi cacia a partir del 08 de Setiembre del 2008 hasta el 30 de Setiembre del 2008. Artículo Segundo.- ENCÁRGUESE a la Gerencia de Administración y Finanzas su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano bajo responsabilidad y a la Sub Gerencia de Estadística e Informática su publicación en el portal de la Municipalidad. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.JOSÉ ANTONIO GORDILLO ABAD Alcalde 254087-1PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Aprueban cambio de zonificación de residencial de densidad media a comercio distrital al área comprendida a ambos frentes de la avenida Bocanegra desde la avenida Pacasmayo hasta la avenida Dominicos, Callao ORDENANZA MUNICIPAL Nº 000058 Callao, 15 de setiembre de 2008 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO POR CUANTO: El Concejo Municipal Provincial del Callao, en Sesión de fecha 15 de setiembre de 2008; aprobó la siguiente; Ordenanza Municipal: CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 194, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, en el artículo 9 inciso 5, establece que es atribución del Concejo Municipal, aprobar el Plan de Desarrollo Urbano, el Plan de Desarrollo Rural, el Esquema de Zonificación de Áreas Urbanas, el Plan de Desarrollo de Asentamientos Humanos y demás planes específicos sobre la base del Plan de Acondicionamiento Territorial, asimismo el artículo 79, sobre la organización del espacio físico y uso del suelo, en el numeral 1.2. establece como función específica exclusiva de la Municipalidad Provincial aprobar el Plan de Desarrollo Urbano, el Plan de Desarrollo Rural, el Esquema de Zonificación de Áreas Urbanas, el Plan de Desarrollo de Asentamientos Humanos y demás planes específicos, de acuerdo con el Plan de Acondicionamiento Territorial; Que, el Decreto Supremo Nº 027-2003-VIVIENDA, Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 012-2004- VIVIENDA, en el Capítulo VII, artículos 37, 38 y 39, regula el cambio de zoni fi cación; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 000018 del 5 de octubre de 1995, se aprobó el Plan Urbano Director 1995-2010 de la Provincia Constitucional del Callao; Que, en la sesión de la fecha, el Concejo Municipal del Callao aprobó el Acuerdo de Concejo Nº 000219, el mismo que cuenta como antecedentes el Informe Nº 090-08-MPC-GGDU-GPUC-MPA de la Gerencia de Planeamiento Urbano y Catastro dependiente de la Gerencia General de Desarrollo Urbano y el Informe Nº 108-2008-MPC-GGAJC-SGAA de la Sub Gerencia de Asuntos Administrativos dependiente de la Gerencia General de Asesoría Jurídica y Conciliación que opinan favorablemente a la aprobación del cambio de zonificación que se sanciona en la presente Ordenanza; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Provincial del Callao ha dado la siguiente;Descargado desde www.elperuano.com.pe