Norma Legal Oficial del día 23 de septiembre del año 2008 (23/09/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

El Peruano MORDAZA, martes 23 de setiembre de 2008

NORMAS LEGALES
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380085

SE RESUELVE: Articulo Primero.- Exonerar del MORDAZA de seleccion, por la causal de situacion de desabastecimiento inminente, la contratacion del SERVICIO DE ALQUILER DE EQUIPOS DE FOTOCOPIADO DE ALTO VOLUMEN, por un plazo aproximado de cuatro meses y quince dias, por un valor referencial de S/. 139,444.20 nuevos soles, con cargo a los recursos ordinarios. Articulo Segundo.- Autorizar a la Direccion de Logistica para llevar a cabo la contratacion del referido servicios mediante acciones inmediatas, conforme a lo dispuesto en el articulo 148° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Articulo Tercero.- Disponer el inicio de las acciones administrativas a que hubiere lugar, de conformidad con lo previsto en los articulos 21º y 47º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Articulo Cuarto.- Disponer que dentro del plazo legalmente establecido, la Direccion General de Administracion envie MORDAZA autenticada de la presente Resolucion, del Informe N° 352-2008-DL-DGA/CR, complementado por el Informe de Investigacion de MORDAZA Nº 073-2008-JMA/ACDA-DL/CR, y del Informe Nº 064(VI)-2008-OAJP-OM/CR, a la Contraloria General de la Republica y adicionalmente publicar la Resolucion en el Diario Oficial El Peruano y a traves del SEACE de CONSUCODE. Registrese, comuniquese, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA QUESQUEN Presidente 255297-1

Que, teniendo en cuenta que es de interes nacional atender la modernizacion de la gestion del Estado que comprende la gestion de los recursos humanos y la promocion de la gerencia publica, resulta necesaria la aprobacion de medidas economicas y financieras a favor del Pliego Autoridad Nacional del Servicio Civil; En uso de las atribuciones que confieren el numeral 19 del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; y Con cargo de dar cuenta al Congreso de la Republica; DECRETA: Articulo 1º.- Autorizacion de Transferencias de Partidas Autorizase una transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2008, hasta por la suma de UN MILLON NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL CIENTO CUARENTA Y OCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 997 148,00) de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA FUNCION PROGRAMA : : : : : GOBIERNO CENTRAL 011 MINISTERIO DE SALUD 001 ADMINISTRACION CENTRAL 14 SALUD Y SANEAMIENTO 003 ADMINISTRACION (En nuevos soles) FUENTE DE FINANCIAMIENTO : Recursos Ordinarios CATEGORIA DEL GASTO 5 GASTOS CORRIENTES 1. Personal y Obligaciones Sociales TOTAL EGRESOS A LA: SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA FUNCION PROGRAMA : GOBIERNO CENTRAL : 023 AUTORIDAD NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL : 001 AUTORIDAD NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL : 03 ADMINISTRACION Y PLANEAMIENTO : 003 ADMINISTRACION (En nuevos soles) FUENTE DE FINANCIAMIENTO : Recursos Ordinarios CATEGORIA DEL GASTO 5 GASTOS CORRIENTES 1. Personal y Obligaciones Sociales 3. Bienes y Servicios 6 GASTOS DE CAPITAL 7. Otros Gastos de Capital TOTAL EGRESOS 580 255,00 1 316 893,00 100 000,00 ----------------1 997 148,00 ==========

PODER EJECUTIVO DECRETOS DE URGENCIA
DECRETO DE URGENCIA Nº 041-2008 DICTAN MEDIDAS URGENTES EN MATERIA ECONOMICA Y FINANCIERA A FAVOR DE LA AUTORIDAD NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, la Autoridad Nacional del Servicio Civil fue creada por el Decreto Legislativo Nº 1023 como Pliego Presupuestario, con el objeto de planificar y formular las politicas nacionales del Sistema en materia de recursos humanos, organizacion del trabajo y su distribucion, gestion del empleo, rendimiento, evaluacion, compensacion, desarrollo y capacitacion, y relaciones humanas en el servicio civil; normar y gestionar el Cuerpo de Gerentes Publicos; y, administrar el Registro Nacional de Personal, entre otros; Que, la MORDAZA Disposicion Complementaria Transitoria del Decreto Legislativo Nº 1023, establece que la Autoridad esta facultada para dictar normas relativas a su funcionamiento y organizacion, asi como para la organizacion del Tribunal del Servicio Civil, garantizando la seleccion y contratacion de los vocales, sus instrumentos de gestion, su funcionamiento, la provision de recursos y su funcionamiento, con tal objeto, el Consejo de Ministros en un plazo de treinta (30) dias calendario contados a partir de la vigencia de dicho Decreto Legislativo, debia aprobar la propuesta de credito suplementario en el presupuesto del Sector Publico para el ano fiscal 2008 a favor de la Autoridad Nacional del Servicio Civil; Que, debido a circunstancias imprevisibles, entre ellas, el nombramiento de nuevas autoridades, han impedido que la propuesta sea aprobada dentro del plazo establecido, imposibilitando iniciar la implementacion del referido organismo publico, lo que refleja una situacion extraordinaria que debe ser atendida con la celeridad y urgencia del caso; Que, asimismo, es urgente dotar a la administracion publica en los tres niveles de gobierno, de un mayor nivel de gerencia publica que permita optimizar la administracion de los recursos publicos y mejorar sustancialmente el servicio al ciudadano, tarea que esta a cargo de la Autoridad Nacional del Servicio Civil a traves del cuerpo de gerentes publicos y de la capacitacion de funcionarios, entre otras medidas;

1 997 148,00 ----------------1 997 148,00 ==========

Articulo 2º.- Procedimientos para la aprobacion institucional 2.1 Los Titulares de los Pliegos habilitador y habilitado aprobaran mediante Resolucion, la desagregacion de los recursos a que se refiere el articulo 1º, a nivel de funcion, programa, actividad o proyecto, dentro de los cinco (5) dias calendario de vigencia del presente dispositivo legal. MORDAZA de las resoluciones se remite dentro de los cinco (5) dias calendario de aprobada, a los organismos senalados en el articulo 23º, numeral 23.2 de la Ley Nº 28411 ­ Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 2.2 Excepcionalmente, la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces del Pliego Presidencia del Consejo de Ministros solicita a la Direccion Nacional del Presupuesto Publico las codificaciones que requiera el Pliego Autoridad Nacional del Servicio Civil como consecuencia de la incorporacion de nuevos Componentes, Finalidades de Metas y Unidades de Medida. 2.3 Por excepcion, la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego Presidencia del Consejo de Ministros, instruye a la Unidad Ejecutora respectiva, para que elabore las correspondientes "Notas para Modificacion Presupuestaria" que se requieran como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Articulo 3º.- Encargatura de la Titularidad de Pliego Encarguese al Titular del Pliego Presidencia del Consejo de Ministros o a quien este delegue, la titularidad del Pliego

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