NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2008 (23/09/2008)
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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 23 de setiembre de 2008 380093 B. IDENTIFICACIÓN DEL PERSONAL MILITAR DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA, SIN ARMAS DE GUERRA, QUE INGRESARÁ AL TERRITORIO DE LA REPÚBLICA: 1) Capitán ZUTTA REVELO CLAUDIO GERMAN 2) Técnico Segundo PELAEZ ACOSTA ELKIN 3.- TIEMPO DE PERMANENCIADel 22 al 26 de setiembre de 2008. 254888-4 Autorizan a procurador encargado de los Asuntos Judiciales relativos al Ejército del Perú iniciar acciones legales para la recuperación de terreno ubicado en el distrito Las Piedras, provincia de Tambopata, departamento de Madre de Dios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 997-2008-DE/EP Lima, 19 de setiembre de 2008Visto; los antecedentes relacionados con la gestión que viene realizando el Comando de la 5a Brigada de Montaña, orientada a lograr la expedición de la Resolución Ministerial autoritativa, para la defensa de los derechos e intereses patrimoniales del Ejército. CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Defensa - Ejército del Perú, es propietario del predio denominado “Tarapacá” de 185,600.00 m2, ubicado en el sector El Triunfo, distrito Las Piedras, provincia de Tambopata, departamento de Madre de Dios, encontrándose debidamente inscrito en la Partida Electrónica 07001843, Tomo 20, Foja 45 del Registro de Propiedad Inmueble de Madre de Dios y en el Asiento N° 3 del Libro de Predios del Departamento de Madre de Dios del Margesí de Bienes Nacionales; Que, mediante Hoja Informativa N° 001-EFSP-2008/ B ING CONST N° 4 del 10 de abril de 2008, el Batallón de Ingeniería y Construcción N° 4 hace conocer que en el año 2006, se suscitó una invasión en el predio denominado “Tarapacá” por parte del señor Edilberto ESTRELLA MOROCO y la señora Carolina VARGAS TANCHIVA, quienes posteriormente lograron obtener de la Dirección Regional Agraria de Madre de Dios, el Certifi cado de Posesión N° 030-2006-MA-DRA-MDD/AAT de una parcela agrícola con una extensión superfi cial aproximada de nueve (9.00) Has; Que, en el año 2007, el Batallón de Ingeniería y Construcción N° 4 gestionó ante la Dirección Regional Agraria de Madre de Díos la no renovación de la Constancia de Posesión, situación que permitió que la señora Carolina VARGAS TANCHIVA se retire del predio “Tarapacá”; sin embargo, la persona de Edilberto ESTRELLA MOROCO continúa, hasta la actualidad, en posesión del mencionado predio; Que, mediante Carta Notarial del 06 de junio de 2008, se requirió a Edilberto ESTRELLA MOROCO para que desocupe el área invadida del predio “Tarapacá” de propiedad del Ministerio de Defensa — Ejército del Perú, para lo cual se le otorgó el plazo de cinco (5) días, bajo apercibimiento de iniciarse las acciones legales pertinentes, sin que se haya efectuado la desocupación requerida; Que, el Art. 923° del Código Civil, señala que “La propiedad es el poder jurídico que permite usar, disfrutar, disponer y REIVINDICAR un bien”; asimismo el Art. 927° de la precitada norma legal, establece que “La acción reivindicatoria es imprescriptible”: Consecuentemente al ser la vía civil, la más idónea para solicitar la restitución del patrimonio del Estado, resulta necesario la intervención de la Procuraduría Pública del Ministerio de Defensa, encargado de los asuntos judiciales del Ejército, para que en nombre y representación del Estado, inicie prosiga y culmine las acciones legales en defensa de los derechos e intereses patrimoniales de la Institución; Que, el Art. 47° de la Constitución Política del Estado, concordante con el Decreto Ley N° 17537, modifi cado por el Decreto Ley N° 17667, señala que la defensa de los intereses y derechos del Estado está a cargo de los Procuradores Públicos conforme a Ley”, quienes para la plena representación en juicio, deberán ser autorizados por Resolución Ministerial; y, Estando a lo informado por la 5a Brigada de Montaña, a lo recomendado por la Dirección General de Logística — Servicio de Ingeniería del Ejército, a lo dictaminado por la Oficina de Asuntos Jurídicos del Ejército; y a lo propuesto por la Comandancia General del Ejército; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público del Ministerio de Defensa, encargado de los Asuntos Judiciales relativos al Ejército del Perú, para que en nombre y representación del Estado, inicie, prosiga y culmine las acciones legales pertinentes, contra la persona de Edilberto ESTRELLA MOROCO, orientadas a la recuperación del terreno de nueve (9) Has, ubicado en el sector El Triunfo, distrito Las Piedras, provincia de Tambopata, departamento de Madre de Dios, ocupado indebidamente por la persona antes mencionada. Artículo 2°.- Remítanse los antecedentes al Señor Procurador Público del Ministerio de Defensa, encargado de los Asuntos Judiciales relativos al Ejército del Perú, a fi n de que proceda de acuerdo a sus atribuciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANTERO FLORES ARÁOZ E. Ministro de Defensa 254888-2 Autorizan a procurador iniciar acciones legales contra presuntos responsables de apropiación de bien mueble de propiedad de la Marina de Guerra del Perú RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1016-2008-DE/MGP Lima, 19 de setiembre de 2008Visto el Ofi cio V.100-789 (R) del Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de Defensa relativos a la Marina de Guerra del Perú de fecha 25 de agosto de 2008, mediante el cual solicita autorización para iniciar, continuar y culminar las acciones legales correspondientes contra el Alférez de Fragata José Miguel GUZMÁN Rodríguez y el Ofi cial de Mar 2° Ima. Oliver HUANASCA Matute, por las razones que se exponen: CONSIDERANDO: Que, el Alférez de Fragata José Miguel GUZMÁN Rodríguez, Jefe de la Base Contraterrorista “ORELLANA”, manifestó que pasó inspección al Pañol de Armamento, Munición y Explosivos de la citada Base Contraterrorista en mención el día sábado 12 de enero de 2008, aproximadamente a 08.30 horas, constatando la existencia Descargado desde www.elperuano.com.pe