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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 3 de abril de 2009 393719 inscrito en la Ficha 14784 del Registro de Propiedad de Inmuebles de San Martín, que continúa en la Partida Nº 05008893 del Registro de Predios de San Martín e inscrito además en el Registro Nº 473 del Sistema de Información Nacional de Bienes de Propiedad Estatal – SINABIP del departamento de San Martín; Que, mediante el documento del Visto, el Gobierno Regional de San Martín solicita la transferencia patrimonial predial interestatal del referido inmueble, en el cual tiene proyectado realizar el Centro de Operaciones de Emergencia Regional, proyecto de gran importancia para el departamento de San Martín, para lo cual acompaña la documentación sustentatoria, entre ellos, el Estudio de Pre Inversión a Nivel de Perfi l denominado: “Construcción e Implementación del Centro de Operaciones de Emergencia Regional – COER de la Región de San Martín”, con Código SNIP del Proyecto de Inversión Pública Nº 79885; Que, el artículo 65º del Reglamento de la Ley Nº 29151 – Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA, establece que la solicitud para la transferencia entre entidades deberá ser presentada ante la entidad propietaria del bien, el Gobierno Regional o la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales – SBN, según sea el caso, indicando el uso que se otorgará al predio, y además el programa de desarrollo o inversión, acreditando los respectivos planes y estudios técnico-legales para la ejecución del programa correspondiente; añade que la aprobación se efectuará previa opinión técnica de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales – SBN, por resolución del titular del Pliego o de la máxima autoridad administrativa de la entidad propietaria del bien, el Gobierno Regional, o la SBN, de acuerdo a sus competencias; Que, con el Ofi cio Nº 1107-2009/SBN-GO, de fecha 29 de enero de 2009, el Gerente de Operaciones de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales ha alcanzado copia del Informe Nº 025-2009/SBN- GO-JAD, emitido por la Jefatura de Adjudicaciones de esa Superintendencia, en el que se expresa la opinión técnica favorable para que se lleve a cabo la transferencia patrimonial a favor del Gobierno Regional de San Martín; Que, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 34º del Reglamento de la Ley N° 29151, el Jefe del Área de Control Patrimonial de la Unidad de Logística de la Oficina de Administración de este Ministerio, a través del Informe Técnico Legal Nº 002- 2009-AG-OA-UL/ACP, de fecha 26 de febrero de 2009, ha dado conformidad al procedimiento de transferencia propuesto; Que, de conformidad con el artículo 63° del referido Reglamento, la transferencia de predios a título gratuito entre entidades del Estado puede efectuarse siempre y cuando el bien sea destinado para programas o proyectos de desarrollo o inversión de acuerdo con sus respectivas competencias; De conformidad con la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, aprobado por Decreto Legislativo Nº 997 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2008-AG; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar la transferencia, a titulo gratuito, a favor del Gobierno Regional de San Martín, del inmueble de propiedad del Ministerio de Agricultura de 43,792.00 m2 de extensión, denominado “Camal Frigorífi co Tarapoto”, ubicado en el distrito de Tarapoto, provincia y departamento de San Martín, inscrito en la Ficha 14784 del Registro de Propiedad de Inmuebles de San Martín, que continúa en la Partida Nº 05008893 del Registro de Predios de San Martín, inscrito además en el Registro Nº 473 del Sistema de Información Nacional de Bienes de Propiedad Estatal – SINABIP del departamento de San Martín, para la ejecución del Proyecto denominado “Construcción e Implementación del Centro de Operaciones de Emergencia Regional – COER de la Región de San Martín”, con Código SNIP del Proyecto de Inversión Pública Nº 79885. Artículo 2°.- La Ofi cina Registral Regional de San Martín de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente Resolución, inscribirá en el Registro de Predios de San Martín, la transferencia de propiedad del predio descrito en el artículo anterior a favor del Gobierno Regional de San Martín. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS LEYTON MUÑOZ Ministro de Agricultura 331242-1 DEFENSA Autorizan viaje de oficial del Ejército para participar como Observador Militar de la Misión de Operaciones de Paz de las Naciones Unidas en la República de Liberia RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 287-2009-DE/EP Lima, 24 de marzo de 2009 Visto, la Hoja de Recomendación Nº 008 JEMGE/ OAIE/d del 26 de febrero de 2009, y el Ofi cio Nº 116 JEMGE/OAIE/d del 27 de febrero de 2009. CONSIDERANDO: Que, es conveniente para los intereses Institucionales autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Cap EP Javier Fernando ROMERO ARZAPALO, para participar como Observador Militar de la Misión de Operaciones de Paz de las Naciones Unidas en la República de Liberia (UNMIL), por el período de un (01) año, a partir del 17 de abril de 2009;