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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 3 de abril de 2009 393720 Que, la participación del Ejército de Perú, en la Misión de las Naciones Unidas en la República de Liberia (UNMIL) es benefi ciosa, por cuanto contribuye a incrementar los niveles de capacitación y entrenamiento de nuestro personal de Ofi ciales, acorde con los avances doctrinarios y tecnológicos de planeamiento y conducción de las Operaciones de Paz en zonas de confl icto, como es el caso de la Misión de Observador Militar de las Naciones Unidas en la República de Liberia, la misma que permitirá que el Ofi cial adquiera valiosos conocimientos y experiencia profesional en provecho de la Seguridad Nacional, dentro del ámbito de competencia del Ejército del Perú; Que, los gastos de pasajes aéreos, alojamiento, alimentación, transporte y otros, serán cubiertos por la Organización de las Naciones Unidas (ONU); no irrogando gastos al Tesoro Público; Que, de conformidad con la Ley Nº 27619 – Ley que regula la autorización de viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, Ley Nº 29075 – Ley que establece la Naturaleza Jurídica, Función, Competencias y Estructura Orgánica Básica del Ministerio de Defensa, Ley Nº 29289 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, Decreto Supremo Nº 047-2002- PCM de fecha 05 de junio de 2002, el Decreto Supremo Nº 002-2004 DE/SG de fecha 26 de enero del 2004, su modifi catoria el Decreto Supremo Nº 008-2004 DE/SG del 30 de junio de 2004, y el Decreto Supremo Nº 004-2009- DE/SG del 03 de febrero de 2009; y, Estando a lo recomendado por el Señor General de División Jefe del Estado Mayor General del Ejército y a lo propuesto por el Señor General de Ejército Comandante General del Ejército. SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje al exterior del país en Comisión de Servicio al Cap EP Javier Fernando ROMERO ARZAPALO, para participar como Observador Militar de la Misión de Operaciones de Paz de las Naciones Unidas en la República de Liberia (UNMIL), por el período de un (01) año, a partir del 17 de abril de 2009. Artículo 2°.- La Organización de las Naciones Unidas (ONU), solventará los gastos de pasajes aéreos, alojamiento, alimentación, transporte y otros; no irrogando gastos al Tesoro Público; el costo de la Tarifa Única de Uso de Aeropuerto será asumido por el personal nombrado en el artículo precedente. Artículo 3°.- El Personal Militar autorizado deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, del 05 de junio de 2002 y Cuarta Disposición Final del Reglamento de Viajes al Exterior de Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004 DE/SG del 26 de enero de 2004, modifi cado con Decreto Supremo Nº 008-2004 DE/SG del 30 de junio de 2004 y el Decreto Supremo Nº 004-2009 del 03 de febrero de 2009. Artículo 4°.- El General de Ejército Comandante General del Ejército, queda facultado para variar la fecha de inicio y/o término de la autorización de viaje que se refi ere en el Artículo 1º, sin exceder el período total establecido. Artículo 5°.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneraciones, ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publiquese ANTERO FLORES ARÁOZ E. Ministro de Defensa 332450-1 Amplían autorización de viaje de oficial de la Marina para continuar desempeñandose como Observador Militar en la Misión de Mantenimiento de Paz de las Naciones Unidas en Sudán RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 288-2009-DE/MGP Lima, 24 de marzo de 2009 Visto el Oficio P.200-328 (R) el Director General del Personal de la Marina de fecha 3 de marzo de 2009; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 365-2008 DE/MGP de fecha 18 de abril de 2008, se autorizó el viaje al Exterior en Comisión de Servicio del Capitán de Fragata Alfredo ALBORNOZ Ocaña, para que se desempeñe como Observador Militar en la Misión de Mantenimiento de Paz de las Naciones Unidas en Sudán (UNMIS), por el período de UN (1) año, a partir del 15 de mayo de 2008; Que, con Resolución de la Comandancia General de la Marina N° 0414-2008-CGMG (R) de fecha 11 de junio de 2008, se varió la fecha de inicio de la Comisión de Servicio del Capitán de Fragata Alfredo ALBORNOZ Ocaña, para que se desempeñe como Observador Militar en la Misión de Mantenimiento de Paz de las Naciones Unidas en Sudán (UNMIS), en el sentido de considerar dicha comisión a partir del 11 de junio de 2008; Que, el periodo establecido de servicio que presta como Observador Militar en la Misión de Mantenimiento de Paz de las Naciones Unidas en Sudán (UNMIS), es de UN (1) año y que por razones del servicio se debe ampliar el periodo de la Comisión de Servicio por SEIS (6) meses adicionales; Que, en el orden de ideas antes expuesto, resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar la permanencia en Comisión de Servicio en el Extranjero a partir del 12 de junio al 8 de diciembre de 2009 del Capitán de Fragata Alfredo ALBORNOZ Ocaña, para continuar prestando servicios como Observador Militar en la Misión de Mantenimiento de Paz en las Naciones Unidas en Sudán (UNMIS), por cuanto los conocimientos y experiencias a adquirirse redundarán en beneficio de la Seguridad Nacional, dentro del ámbito de competencia de la Marina de Guerra del Perú; Que, los gastos de hospedaje y alimentación, serán solventados por la Organización de las Naciones Unidas, no irrogando gastos al Tesoro Público; De conformidad con la Ley N° 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, Ley Nº 29075 - Ley que establece la Naturaleza Jurídica, Función, Competencias y Estructura Orgánica Básica del Ministerio de Defensa, Ley Nº 29289 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002 y Cuarta Disposición Final del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004, modificado con Decreto Supremo Nº 008-2004- DE/SG de fecha 30 de junio de 2004; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Ampliar la autorización de viaje al Exterior en Comisión de Servicio del Capitán de Fragata Alfredo ALBORNOZ Ocaña, CIP. 01856364 y DNI. 43335661, para que continúe desempeñándose como Observador Militar en la Misión de Mantenimiento de Paz de las Naciones Unidas en Sudán (UNMIS), a partir del 12 de junio al 8 de diciembre de 2009. Artículo 2º.- El citado Ofi cial Superior continuará revistando en la Dirección General de Personal de la Marina por el periodo que dure la Comisión de Servicio. Artículo 3º.- La presente Resolución Ministerial, no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANTERO FLORES ARÁOZ E. Ministro de Defensa 332450-2