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El Peruano Lima, sábado 4 de abril de 2009 393873 ĭ : Tasa de crecimiento del Índice de Precios al por Mayor Localidades de Yurimaguas y Requena Incremento sobre las tarifas medias por volumen (S/. / m3) para los primeros cinco años, como sigue: T1 = To (1 + 0,080) (1 + ĭ) T2 = T1 (1 + 0,000) (1 + ĭ) T3 = T2 (1 + 0,100) (1 + ĭ) T4 = T3 (1 + 0,000) (1 + ĭ) T5 = T4 (1 + 0,000) (1 + ĭ) Donde: To : Tarifa media de la estructura tarifaria vigente T1 : Tarifa media que corresponde al año 1 T2 : Tarifa media que corresponde al año 2 T3 : Tarifa media que corresponde al año 3 T4 : Tarifa media que corresponde al año 4 T5 : Tarifa media que corresponde al año 5 ĭ : Tasa de crecimiento del Índice de Precios al por Mayor c. Metas de Gestión METAS DE GESTIÓN DE SEDALORETO S.A. PARA EL SIGUIENTE QUINQUENIO A NIVEL EPS Metas de Gestión Unidad de Medida Año 0 Año 1 Año 2 Año 3 Año 4 Año 5 Incremento Anual del Número de Conexiones Domiciliarias de Agua Potable 1/ # - 5.156 6.516 6.299 5.381 3.771 Incremento Anual del Número de Conexiones Domiciliarias de Alcantarillado 1/ # - 914 2.708 12.165 15.737 14.830 Micromedición 2/ # - 5.588 7.104 7.912 6.973 8.234 Variación anual de Agua No Facturada 3/ puntos porcentuales - - - -3 -2 -2 Continuidad Hora/día Por Localidad Presión Mínima m.c.a Por Localidad Relación de Trabajo 4/ % 93% 87% 86% 82% 90% 86% Conexiones activas de Agua Potable % 89% 90% 91% 92% 93% 94% Actualización de Catastro Técnico y Comercial de Agua Potable y Alcantarillado % 0% 0% 0% 40% 60% 100% (1) Refi ere a nuevas conexiones de agua potable y de alcantarillado. (2) Refi ere a la instalación de nuevos micromedidores. (3) La Gerencia de Supervisión y Fiscalización deberá supervisar y fi scalizar la instalación de macromedidores durante los dos primeros años regulatorios y establecer el nivel de Agua No Facturada al segundo año regulatorio. (4) La relación de trabajo considera los costos operacionales totales deducidos la depreciación, amortización de intangibles y provisión por cobranza dudosa con respecto a los ingresos operacionales totales de la empresa. Cabe mencionar que los ingresos operacionales totales incluyen aquéllos percibidos por servicios de saneamiento (cargo fi jo y cargo variable) y otros ingresos. METAS DE GESTIÓN DE LA EPS SEDALORETO S.A. PARA EL SIGUIENTE QUINQUENIO A NIVEL DE LOCALIDAD Metas de Gestión Unidad de Medida Año 0 Año 1 Año 2 Año 3 Año 4 Año 5 Incremento Anual del Número de Conexiones Domiciliarias de Agua Potable Iquitos # - 4.789 4.438 4.690 4.693 3.189 Yurimaguas # - 298 1.022 1.082 405 448 Requena # - 69 1.056 527 283 134 Incremento Anual del Número de Conexiones Domiciliarias de Alcantarillado Iquitos # - 643 660 9.899 14.032 13.173 Yurimaguas # - 176 1.461 1.557 1.395 1.483 Requena # - 95 587 709 310 174 Incremento Anual de Micromedidores Iquitos # - 5.203 5.285 6.065 6.046 7.400 Yurimaguas # - 332 1.078 1.174 502 565 Requena # - 53 741 673 425 269 Continuidad 1/ Iquitos Horas/día 15 15 16 17 19 20 Yurimaguas Horas/día 18 18 18 19 20 21 Requena Horas/día 6 6 6 7 10 12 Presión Mínima 2/ Iquitos m.c.a - - - - - - Yurimaguas m.c.a - - - - - - Requena m.c.a - - - - - - Tratamiento de Aguas Servidas Iquitos % 0% 0% 0% 0% 100% 100% Yurimaguas % 0% 0% 0% 100% 100% 100% Requena % 0% 0% 0% 100% 100% 100% (1) La Gerencia de Supervisión y Fiscalización verifi cará la continuidad del año base para su establecimiento en la fórmula tarifaria fi nal. (2) La Gerencia de Supervisión y Fiscalización calculará la presión mínima del año base para su establecimiento en la fórmula tarifaria fi nal. ESTRUCTURA TARIFARIA QUE APLICARÁ SEDALORETO S.A. PARA LOS SERVICIOS DE AGUA Y ALCANTARILLADO A.- Por los Servicios de Agua Potable y Alcantarillado A.1.- Localidad de Iquitos 1.- CARGO FIJO Cargo Fijo (S/. /Mes) 1,32 El cargo fi jo se reajusta por efecto de la infl ación de acuerdo a lo establecido en la Resolución de Consejo Directivo Nº 009-2007-SUNASS-CD. 2.- CARGO POR VOLUMEN a) Cargo por Volumen de Agua Potable CLASE CATEGORÍA RANGOS m3/mes Tarifa (S/./m3) Año 1(1) Año 2 Año 3(1) Año 4 Año 5 RESIDENCIAL Social 0 a más 0,585 0,585 0,665 0,665 0,665 Doméstico 0 a 8 1,146 1,146 1,303 1,303 1,303 8 a 20 1,220 1,220 1,387 1,387 1,387 20 a más 1,926 1,926 2,190 2,190 2,190 NO RESIDENCIAL Comercial 0 a 30 1,220 1,220 1,387 1,387 1,387 30 a más 2,076 2,076 2,360 2,360 2,360 Industrial 0 a 60 1,240 1,240 1,410 1,410 1,410 60 a más 2,076 2,076 2,360 2,360 2,360 Estatal Estatal 0 a 20 1,173 1,173 1,334 1,334 1,334 20 a 100 1,220 1,220 1,387 1,387 1,387 100 a más 1,944 1,944 2,210 2,210 2,210 (1) Estas tarifas incorporan los incrementos previstos en la fórmula tarifaria de 12,0% y 13,7% correspondientes a los años 1 y 3, respectivamente. Sin embargo, los incrementos tarifarios se realizarán de acuerdo con lo establecido en el Anexo 2 de la presente Resolución referido al cumplimiento de las Metas de Gestión. PROYECTO